miércoles, 19 de enero de 2011

Relaciones Laborales

Tres años de prisión por robar y revelar información de su empresa- expansión.com- 18 enero 2011

Un juzgado de lo Penal acaba de condenar a tres años de prisión y a una multa de 6.000 euros a un ingeniero que robó información confidencial de su empresa para utilizarla en una compañía de la competencia a la que se incorporó después. El tribunal ha considerado al condenado como autor de un delito de revelación de secretos de empresa por el que deberá indemnizar a su antigua compañía por los daños y perjuicios que le causó con una cantidad equivalente al valor de mercado de la información sustraída.

La Justicia ha dado la razón a la consultora de proyectos de ingeniería Alten, que denunció a un exempleado tras comprobar que justo antes de abandonar de forma voluntaria la compañía, envió desde su correo corporativo al suyo particular y al de una antigua compañera de trabajo información confidencial de la empresa. Sólo unos días después, el trabajador se incorporó a Kxiop, una empresa nueva creada por exempleados de Alten, dedicada también a la consultoría de ingeniería.

Confidencialidad

El acusado accedió de forma masiva a ficheros que no estaban almacenados en su ordenador, sino en el servidor de la compañía. Y ello, a pesar de que en su contrato había firmado una cláusula de confidencialidad. La misma le obligaba a guardar total discreción sobre los datos técnicos y comerciales relativos a empresas y clientes a los que tuviera acceso por sus funciones de manager.

Se trataba de listados de clientes, currículos de trabajadores u ofertas de proyectos de ejecución, y contenían datos relacionados con las necesidades de los clientes, precios pactados, duración del proyecto o personas de contacto con los que concretar aspectos de la contratación.

La juez califica toda esta documentación sustraída de “vital importancia para la mercantil y, por tanto, de secreto de empresa, pues resulta de gran utilidad para las empresas de la competencia y, sobre todo, para una de nueva creación”. La magistrada recuerda que el Tribunal Supremo, en una sentencia de diciembre de 2008, ya dejó claro que las listas de clientes se han de considerar secreto de empresa. “Máxime, en este caso, cuando la información también comprendía currículos de ingenieros de Alten, las ofertas y los datos personales de los clientes con quien contactar en caso necesario”, argumenta.

El acusado alegó que envió la información a sus cuentas para “cubrirse las espaldas” puesto que creía que le iban a echar de la consultora y temía que no le pagaran. También señaló que le era útil cuando trabajaba desde su domicilio. Sin embargo, la sentencia califica estos argumentos de “insostenibles e inconsistentes”, pues, según dice, no se “comprende para qué la necesitaba para trabajar en casa, si se hizo con ella cuando ya había comunicado su baja voluntaria”.

También ha quedado probado que el ingeniero, vigente aún su relación laboral, envió correos a la empresa Kxiop, negociando sus condiciones salariales como Business Development Associate Manager, firma en la que empezó a trabajar poco después. Por ello, la magistrada considera que “el acusado recopiló de manera masiva información confidencial y de un alto valor económico para Alten, con el propósito de servirse de ella en la nueva empresa”. Y, concluye, señalando que “esta información resultaba de gran utilidad” para el desarrollo de la nueva actividad de Kxiop, que “nacería perfectamente situada en el sector”, es decir, “con suficiente información para instalarse con fuerza en el mercado en clara competencia con Alten”.

Fuga de información

Eduardo Ortega Figueiral, socio de Ortega-Raich Abogados, señala que sentencias como ésta revelan claramente “cómo, en ocasiones, las irregularidades laborales se convierten en verdaderos ilícitos penales generando relevantes consecuencias para los sujetos que las causan”. Advierte, además, de que “muchas veces el productor de tales hechos no valora o no es consciente de la gravedad de sus actos y de las responsabilidades en que puede incurrir”.

Para Ortega, resulta trascendente que se condene al autor del delito a indemnizar a su exempleadora en la cantidad que se determine en la ejecución de sentencia por el valor de mercado de la información sustraída. En su opinión, esta indemnización “podría llegar a alcanzar cifras millonarias”, ya que la consultora “ha sufrido una fuga de información trascendental para su negocio”.

Finalmente, Luis Dívar, director del área Procesal de Deloitte, cree que “los delitos enjuiciados en esta sentencia no son habituales en el panorama procesal”, pero prevé que “el desarrollo de las nuevas tecnologías los convertirán en unos habituales de la jurisdicción penal”. A su juicio, las compañías “poco pueden hacer contra estas prácticas”, por lo que recomienda que “pidan a su empleados firmar cláusulas de confidencialidad”.

Las compañías deben actuar con más cautela

Los expertos advierten de que si el delito enjuiciado por el juzgado de Barcelona –juicio nº 256/2009- se hubiera producido tras el 23 de diciembre, fecha en la que entró en vigor la reforma del Código Penal, la empresa que recibió la información robada podía haber sido imputada penalmente. Luis Dívar, socio de Deloitte, indica que “si la compañía se hubiera visto beneficiada por la información revelada por su nuevo empleado, ésta podría haber sido imputada e incluso condenada” y recomienda que “el nuevo trabajador firme un documento en el que se le obligue a no traer información confidencial de su anterior empleadora”.

La traición

1. Las represalias de los exempleados son la gran ‘ciberamenaza’ para las empresas, según un estudio de Ernst & Young

2. Pese a ello, sólo un 26% de las compañías afirma tener medidas implantadas para mitigar este riesgo

3. La informática forense es crucial para probar que tras la salida del directivo hay un caso de competencia desleal y fuga de información.

23 comentarios:

Marden Paolo Rodriguez Trigoso dijo...

A mi parecer este trabajador está recibiendo las sanciones merecidas, ya que en el momento que esta persona es contratada para brindar sus servicios en esta entidad, se tuvo que firmar un contrato a través del cual se le daba a conocer todos sus obligaciones para con la empresa, y a las consecuencias que este tenía que afrontar si llega a incumplir con lo que este contrato especifica; pero, a pesar de esto siempre van a existir en una organización personas que no cumplen a su cabalidad con los acuerdos pactados entre empleado y empleador y es a través de esto como surgen los problemas en diferentes organizaciones.

Marden Paolo Rodriguez Trigoso
20072563
Seccion:602

Jorge Tello dijo...

Si bien solo un 26% de las compañías cuenta con medidas para evitar la filtración de información, estos actos son cometidos muy seguido por sus trabajadores o aquellos que van en camino a ser ex trabajadores. A pesar de las clausulas o contratos que puedan ser firmados, existen altas probabilidades de extraer información sin ser percibido por el empleador. Es por este motivo que me parece una medida legalmente útil, como lo fue en el caso, gracias a que en su contrato estaba estipulado el deber de guardar total confidencialidad. Sin embargo, no ofrece un adecuado control. En este caso el condenado fue poco hábil en utilizar su correo corporativo y así fue fácilmente descubierto, pero dado el avance tecnológico existen diversas formas que evaden los controles y van más allá de la percepción de la empresa.
Por otro lado, tenemos las empresas que se benefician de estos actos. Por las condiciones de mercado y la alta competencia, no creo que ninguna entidad cuente con la suficiente ética y moral para rechazar información que ayude a liderar o establecerse en el mercado. La información que se filtró en el caso expuesto fue de gran utilidad para consolidar una consultora con experiencia, y con la capacidad de tomar decisiones según los movimientos de la competencia en cuanto a clientes, precios, proyectos, etc.
Finalmente tenemos al trabajador que realiza este tipo de actos. Si se presenta a una empresa para ofrecer información de la competencia, es la primera señal de peligro. En el caso, Kxiop contaba con ex trabajadores de Alten que probablemente mantenían amistad con el condenado por lo que fue muy fácil ser aceptado en la nueva empresa. Sin embargo, al recibir un empleado que tenía historial de este tipo de actos, cometió un error pues nada le asegura que ese empleado no le haga lo mismo. Estas situaciones a mi parecer se dan por el descontento del trabajador de la mano con el dinero que le ofrecen. Existen herramientas que fomentan buen clima laboral, generan bienestar en el trabajador y que inculcan valores a los trabajadores de una empresa, asegurando en cierto grado la lealtad del empleado.

Jorge Luis Tello Arbaiza
20071894
Sección 602

Alonso Cuellar dijo...

Lo que yo creo es que el Ex trabajador que Robo dicha información no tiene de conciencia de lo que es ser un trabajador de una empresa el sentirse uno con ella , o como se dice llevar la empresa donde laboras en tu corazón yo creo esta persona busco una forma de poder adelantárseles y así poder dejarlas relegadas en ese mercado tan competitivo y la cereza del pastel es que lo logro por medio de su correo de trabajo es decir dejo su huella digital en todos lados .
Alonso Cuellar Sec 602

Fernando Acosta Gamboa dijo...

Creo que la empresa esta en todo su derecho de tomar acciones en este caso, si bien es cierto que el trabajador infringió el contrato laboral, carece de ética y moral, me parecería un exceso demandar por un reparación millonaria, ya que lo mas probable es que no cuente con el dinero para pagar. Por otro lado es una falla del área de recursos humanos,en el proceso de captación, ya que el sujeto no fue suficientemente analizado en valores; seria bueno tener en cuenta cual era el bienestar del trabajador y su satisfacción antes de salir de la empresa ya que para el futuro debería tomarse en cuenta, aunque esto no excusa la acción de robo de información.


Fernando Acosta seccion 602
20072101

Anónimo dijo...

LA SANCIÓN QUE SE LE ESTA DANDO A ESTE EX-EMPLEADO ES JUSTA Y ADEMÁS SIRVE COMO UN ANTECEDENTE PARA AQUELLAS PERSONAS QUE EN EL FUTURO TENGAN LA "TENTACIÓN" DE FILTRAR INFORMACÓON DE SU EMPRESA HACIA OTRA. EN ESTE CASO, A PESAR DE HABER FIRMADO UN ACUERDO DE CONFINDENCIALIDAD, NO SE TUVO RESPETO POR EL CONTRATO CELEBRADO AL INICIAR SUS LABORES, EL EX-EMPLEADO NO CONSIDERO QUE ESTE ACTO LE PODRIA TRAER CONSECUENCIAS NEGATIVAS EN EL FUTURO, YA QUE NO SOLO TIENE LA SANCIÓN DADA POR UN JUZGADO SINO QUE TAMBIÉN SOCIALMENTE,ÉSTE SEÑOR SE VERA COMO UN EMPLEADO POCO CONFIABLE, POR ENDE, NO MUY RECOMENDABLE PARA PASAR UN PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL Y MUCHO MENOS PARA EL MANEJO DE INFORMACION.

ES RECOMENDABLE QUE LAS EMPRESAS PUEDAN TENER UN MAYOR CONTROL DE LA INFORMACION Y DE LOS MEDIOS ELECTRONICOS, PERO SABEMOS QUE ESTO PUEDE RESULTAR COSTOSO, POR LO QUE ES RECOMENRDABLE QUE EL PROCESO DE SELECCIÓN SEA CADA VEZ MEJOR Y NOS SIRVA COMO UN EXCELENTE FILTRO PARA SEPARAR A ESTE TIPO DE PERSONAS ANTES DE QUE PERJUDIQUEN A LA ORGANIZACIÓN.

YOLANDA RECOBA
RELACIONES LABORALES
SECCIÓN 602

Anónimo dijo...

El empleado recibió las sanciones correctas, lo que este empleado hizo es un delito, robó información de gran importancia para usarla en su contra al brinda dicha información a la competencia.
No se podría pedir menos, me parece correcto tanto la prisión como la reparación monetaria.
Este empleado, es una persona que carece de ética moral, este acto lo ha marcado de por vida, porque no creo que ninguna empresa quiera contar con los servicios de este empleado sabiendo lo que hizo anteriormente.
La empresa, a mi parecer, tendrá que buscar algún mecanismo de protección, de seguridad para sus documentos mas importantes, o mejorar su proceso de selección de su personal, ya que al parecen fallaron al contratar a este ladrón, no creo equivocarme al llamar al empleado de esa manera.

Jean Pierre Bertozzi sec.602

Anónimo dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Mauricio Fossa dijo...

El trabajador esta siendo justamente sancionado, ya que, como se especifica en la lectura, el tenia un pacto de confidencialidad con la empresa, el cual al ser violado, es decir al infringir las normas pre-establecidas, deben de ser contundentes y severas.

Pero caso aparte, es importa analizar como la empresa no pudo fidelizar o inculcar sus valores a su trabajador.

Yo como empresa debo, mediante diferentes herramientas, hacer que mi empleado se sienta identificado conmigo, que se sienta a gusto y contento. Su un empleado comete esa grado de traicion hacia mi, es ovbio que mi estructura y manejo de relaciones laborales no esta llendo por buen camino.

Con esto no justifico la accion del trabajador, la cual es totalmente condenable, solo que, mediante este caso, se pone a la luz algunos errores o deficiencias de la propia empresa.

Seccion: 602

Gonzalo Ramos dijo...

Casos como el de este empleado, que filtra informacion en beneficio propio y en el de la futura empresa a la que brindara sus servicios, sobran en el mundo.

Me parece que deberia ser una obligacion en las empresas, en pro de su seguridad y confidencialidad, hacer firmar a los trabajadores un acuerdo de confidencialidad, ya que con la tecnologia de hoy en dia es muy facil filtrar cualquier informacion y "quebrar" cualquier secreto desde una pequeña empresa hasta la mas poderosa nacion en el mundo (EEUU), como el caso de Wikileaks.

Tambien me parece muy importante trabajar en la fidelizacion de los empleados y en actividades que identifiquen al trabajador con la empresa.

Gonzalo Ramos
20072543 Sec 602

Anónimo dijo...

La presente noticia es un claro ejemplo de que una empresa nunca debe confiar plenamente en sus empleados. La traición de los mismos es algo que no depende de la empresa al 100%, pero sí está en manos de esta poder evitarla mediante distintos mecanismos.

Si bien; uno de los subsistemas de Recusos Humanos, el Reclutamiento y Selección pudo haber fallado en la selección del empleado por no haber detectado la falta de ética y valores; esta no es la responsable de lo ocurrido porque es un aspecto que facilmente un candidato puede ocultar o disimular.

A mi parecer, lo que abarca el subsistema de "Relaciones Laborales" mucho tuvo que intervenir. Ya que dentro de sus funciones abarca lo que es propiciar la armonía laboral de manera que se eviten conflictos o fallas como la presente en la noticia. Fallas o conflictos que no hayan logrado fidelizar al empleado, su compromiso y lealtad hacia la empresa.

Y como precaución rutinaria, las empresas deben incorporar dentro de sus procesos, que los empleados firmen una claúsula de confidencialidad. Sobretodo aquellos con acceso a información que por más simple parezca, es clave tanto para la misma como para la competencia. Al igual que las posteriores en contratar, hacer firmar una claúsula que prohiba traer información de otra empresa.

Se recomienda que siempre un empleado disconforme y resentido es punto de observación ante posibles traiciones.

María Au Liu
Sección 602

Anónimo dijo...

Está claro que la información en una empresa debe de ser protegida tanto como el dinero. La información es dinero, sino no existirian empresas como infocorp que la venden.

Partiendo que la información es dinero, esta debe de ser protegida por sistemas de seguridad que impidan que se filtra al exterior o que algún empleado la pueda extraer sin previa autorización. Es también importante que todos los empleados que van a estar expuestos a información importante de la empresa tengan que de todas maneras firmar una cláusula de confidencialidad y que también se les explique lo que podría pasar si filtran información vital de la empresa al exterior.

Simplemente no es justo que una empresa cree, con mucho trabajo, por ejemplo su cartera de clientes y un empleado, sin ética, hurte esta información en beneficio de la competencia perjudicando seriamente a la empresa que para colmo le pago un salario por un tiempo determinado.

Marco Antonio Kahn
20040611
Sección 602

Anónimo dijo...

Robo es robo, y a nadie le gusta que le roben. Si alguien ha sido víctima de alguno pueden dar fe de la sensación de impotencia que nos deja. Da cólera. Por lo tanto, en mi opinión, pienso que es correcto que se sancionen severamente estos actos delictivos, que para el caso son a nivel corporativo. Las empresas importantes tienen bien ganado su lugar en el mercado como consecuencia del esfuerzo, dedicación y trabajo de sus líderes, los mismos que le brindan oportunidades a sus trabajadores y luego para qué? para que la información y experiencia adquirida a lo largo del tiempo se filtre nada más y nada menos que a la competencia y encima, los traidores se le unen. Aquí se hizo justicia.

Eduardo Egusquiza Reyes
20080342
Sección: 602

Giovanna alarcón dijo...

La sanción que está recibiendo el ex-trabajador de Alten, a tres años de prisión y a una multa de 6.000 euros, por filtrar información son bien merecidas; por que en su contrato había firmado una cláusula de confidencialidad. Entonces el trabajador sabia cuales eran sus obligaciones que debía desempeñar en la empresa y cuales no, por lo que todo incumplimiento merece una debida sanción.

Las empresas deben ser más cautelosos con la información que manejan los empleados,ya que solo existe un 26% de empresas tienem medidas implantadas para mitigar este riesgo.

Por otro lado, está traición del trabajador es derrepente por causas de incumplimiento de beneficios, no tener un buen clima laboral, mejora salarial y otras que afectaron tomar dicha decisión; por ello siempre el empleador tiene que estar en constante comunicación con el trabajo para ver el desempeño de su labor.

Finalmente, las empresas deben saber a quién contratan y saber a que empleados van a darle información, además pidan a su empleados firmar cláusulas de confidencialidad.

Anónimo dijo...

La sanción que está recibiendo el ex-trabajador de Alten, a tres años de prisión y a una multa de 6.000 euros, por filtrar información son bien merecidas; porque en su contrato había firmado una cláusula de confidencialidad. Entonces el trabajador sabia cuáles eran sus obligaciones que debía desempeñar en la empresa y cuáles no, por lo que todo incumplimiento merece una debida sanción.

Las empresas deben ser más cautelosos con la información que manejan los empleados, ya que solo existe un 26% de empresas tienen medidas implantadas para mitigar este riesgo.

Por otro lado, está traición del trabajador es de repente por causas de incumplimiento de beneficios, no tener un buen clima laboral, mejora salarial y otras que afectaron tomar dicha decisión; por ello siempre el empleador tiene que estar en constante comunicación con el trabajo para ver el desempeño de su labor.

Finalmente, las empresas deben saber a quién contratan y saber a qué empleados van a darle información, además pidan a sus empleados firmar cláusulas de confidencialidad.

Giovanna Alarcón
20071238
sec. 602

Anónimo dijo...

El tema es muy interesante con respecto al curso de relaciones laborales, se puede leer mucho con respecto a las formas de sancionar a un personal que ha sido desleal a su empleador a través del hurto de información confidencial e importante para la empresa con la finalidad de llevarla a otra. Podemos ver cómo en España (el lugar donde se desarrolló este suceso) las empresas están protegidas por la ley cuando son violadas sus derechos como cualquier persona natural, es este tipo de leyes y las transparencia que representan lo que da credibilidad a un estado y promueve la inversión. Creo que está bien que la empresa beneficiada con esta fuga de información pague su parte ya que está actuando como un cómplice del delito.
Creo que la empresa Alten ha actuado con gran regularidad con respecto a las relaciones laborales ya que al parecer primero ha investigado el hecho antes de lanzar una acusación, esto es correcto para la sanción de un ex o actual colaborador.
Un motivo también resaltante son las cláusulas que se nombran en el texto, las empresas deben de protegerse y apoyarse en la legislación para desarrollar sus relaciones laborales con normalidad.
Creo que un punto importante que se debería ver en este caso y no está en el texto son los motivos que llevan a los trabajadores a ser desleales a sus empleadores, las compañías deberían interesarse en los motivos que conllevan a tales actos para evitar las fugas de información que son valorizados en millonarias sumas monetarias y pérdida de tiempo y esfuerzo conjunto.
Oscar Montenegro Pajares
20082347
Sección: 602

Anónimo dijo...

Este artículo nos informa acerca de las irregularidades laborales que se pueden dar actualmente.

El trabajador robó información crucial para el negocio de su antigua empresa, a pesar de que en su contrato había una cláusula en la que claramente se le pedía y exigía confidencialidad con datos a los que tenia acceso en su labor diaria.

Siempre existe el riesgo de que algún trabajador robe información confidencial y de suma importancia para la empresa como pueden ser listados de clientes, información de proyectos próximos a ejecutarse, costos de algunos proyectos pasados, información de contacto con los mejores proveedores, etc.

A mi parecer el trabajador pudo cometer este crimen con facilidad debido al constante avance de las nuevas tecnologías, que podrían traer nuevas maneras de sustraer información y de una forma no tan perceptible o díficil de comprobar.

Lo que las compañias tendrán que hacer es modernizar y mejorar sus sistemas de seguridad de información corporativa para que así si algún trabajador trata de hacer lo mismo se detecte a tiempo esta acción y se pueda impedir la fuga de información.


Karen Agreda
Sección 602
20080015

Katherine Hidalgo dijo...

Estoy totalmente de acuerdo con la sanción al empleado por el contrabando de informacion, ya que al firmar un acuerdo de confidencialidad se comprometio con la empresa a la no fuga de datos que pudieran servirle despues para fines económicos. El robo de información es una de las amenazas mas crecientes en los ultimos años y uno de los que peores consecuencias trae para la compañia, por eso tanto gerentes como accionistas deben implementar mecanismos que le permitan prevenir este tipo de situaciones que despues acarrean en serias pérdidas para la misma empresa. Una constante interacción y retroalimentación entre empleador y colaboradores pueden evitarle a la compañia ahorrarse momentos incomodos y amargos en el futuro.

Katherine Hidalgo Ruiz
Seccion:602

Claudia Paredes dijo...

Me parece que es lo correcto sancionar al ex trabajador ya que actuo de mala manera, pero al mismo tiempo creo que las empresas deberian tener de alguna manera un poco mas de cuidado con la informacion que guardan y con quien la maneja ya que no seria la primera vez que esto suceda.


Claudia Paredes Montaño
Sec 602

Claudia Paredes dijo...

Me parece que es lo correcto sancionar al ex trabajador ya que actuo de mala manera, pero al mismo tiempo creo que las empresas deberian tener de alguna manera un poco mas de cuidado con la informacion que guardan y con quien la maneja ya que no seria la primera vez que esto suceda.


Claudia Paredes Montaño
Sec 602

Leslia Matheus Vasquez dijo...

Como podemos ver en el caso el hecho de firmar una clausula de confidencialidad en el contrato, no protege totalmente a la empresa del la filtración de información.

Aun existe una carencia en la implantación de un adecuado sistema de control para minimizar estos riesgos latentes, muchas veces las empresas no se dan cuenta que valiosa información que esta siendo sustraida por el propio personal para luego ser vendida al mejor postor.

En un mercado donde la competencia entre las empresas se esta volviendo cada vez mas desleal, todas buscan la manera de obtener información valiosa para el beneficio propio utilizando muchas veces medios poco éticos, para poder consegirla en el momento oportuno.

Con respecto a la empresa, me parece que actuó de la mejor manera buscó protegerse y aplicar las sanciones respectivas, por el dolo cometido por el trabajador. Si bien existía una clausula firmada, al parecer el trabajardor no estaba al tanto de las consecuencias legales y perjudiciales que podrian acarrear sus acciones.

Finalmente este caso nos invita a revisar el plan de selección del personal y ajustar el procedimiento para tratar de filtran este tipo de personas, evitanto que formen parte de la organización.

Leslia Matheus Vasquez
20091681
Sección: 602

Vanessa Alarcón Gallardo dijo...

La noticia es un claro ejemplo de la falta de control en la información que los trabajadores disponen.Lamentablemente los acuerdos que la empresa adquiere con el trabajador no implica lealtad hacia el empleador.
Es entendible y de esperarse que la empresa perjudicada reciba una recompensa económica por los daños causados; sin embargo, es vital que tanto el trabajador en falta como la empresa beneficiada ilicitamente reciba una sanción ejemplar.
Al leer la noticia pude valorar el trabajo que se realiza en el área de Recursos Humanos ya que muestra claramente lo importante de las relaciones laborales que permite crear claúsulas de confidencialidad.
La única manera que la empresa asegure su información es fomentando en sus trabajadores una cultura organizacional adecuada para crear un clima laboral confiable.

Cristofer Salazar dijo...

En mi opinión, creo que las empresas deben tener mucho cuidado y deben ponerle más atención en el aspecto de las contrataciones de trabajado, ya que actualmente como el mundo se mueve rápidamente gracias a los diferentes medios de comunicación, hay personas que utilizan estos medios para actuar mal y cometer delitos. Por eso el Are de RR.HH debe tener mucho cuidado y debe tomar buenas decisiones sobre el reclutamiento de los nuevos trabajadores de las empresas. Además de esto, sería recomendable, como dice el artículo, que cada trabajador firme un clausula de confiabilidad, y así por lo menos la empresa va estar segura que sus trabajadores no darán información valiosa a la competencia, y por lo tanto tendrá trabajadores leales.
Por el último, el robo y la revelación de información de una empresa a otra es un tema muy delicado y muy decepcionante, ya que para mi punto de vista todas las empresas deberían competir limpiamente y no robar o querer robar información de la competencia.
Además no sería dable que castiguen solamente a la persona que ultrajo la información, sino también a la empresa que recibe la información robada, para que ya no vuelvan a comerte el mismo delito.
“Hoy en día las empresas cuidan bastante y confían mucho en su RR.HH, pero hay muchas personas que se aprovechan de eso para cometer delitos contra su propia empresa. Por eso debe corta de raíz este problema, para que ya no existan estas personas en el mundo de los negocios.”

Cristofer Salazar
Sección: 506

Anónimo dijo...

Tal como lo dice el articulo, el ex-empleado firmo un contrato donde la cláusula de confidencialidad estaba dada, la compañía estaba en todo su deber de denunciarlo y que se le tenga que pagar una suma por el daño causado a pesar que este ya este hecho y sea lo mas probable irrecuperable.
Aunque una compañía haga firmar contratos de confidencialidad o llegue a proteger sus archivos siempre se darán casos como este. La condena me parece bien al ex-empleado pero también se debería de buscar una condena a la empresa Kxiop por recibir información de su competencia de una manera desleal a pesar que la ley se pusiera vigente después de lo sucedido.
Por ultimo la compañía tiene parte de la culpa por contratar personas con ese tipo de actitudes aunque sean difíciles de detectar, esto queda de ejemplo para otros trabajadores y otras compañías busquen que no ocurra y se llegue a aumentar ese 26%.

Gianfranco Fontana Portella
Seccion: 602