EMPRESAS NO SERÁN SANCIONADAS POR ACTOS
PROPIOS DE SUS SUBORDINADOS DURANTE UNA INSPECCIÓN LABORAL
Mediante la reciente Resolución No. 069-2008-MTPE, la Subdirección de Inspección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo desestimó la sanción administrativa impuesta a una empresa cuyo contador se negó a atender una inspección laboral. De acuerdo a la Subdirección, el artículo 36º de la Ley General de Inspección señala expresamente que la infracción sólo se configura cuando las acciones u omisiones que dificultan o impiden la labor de inspección provengan del empleador, ya sea directa o indirectamente.
Al respecto, la Subdirección enfatizó que: “(...) del análisis de las verificaciones efectuadas por el Inspector Auxiliar del Trabajo comisionado y de los argumentos esgrimidos en el recurso de descargo se puede apreciar que los actos descritos por el referido Inspector Auxiliar no constituyen infracción a la labor inspectiva, toda vez que, si bien hubo negativa por parte del (…) contador del sujeto inspeccionado, para que el comisionado lleve a cabo las respectivas actuaciones primero en el centro de trabajo y posteriormente en el domicilio fiscal, no ha quedado fehacientemente acreditado que la negativa para atender al Inspector Auxiliar haya sido realizada por órdenes o directivas del sujeto inspeccionado, conforme lo requiere el numeral 1 del artículo 36º de la Ley 28806, de manera que pueda afirmarse su responsabilidad por tal actitud, y en consecuencia, ser pasible de sanción.”
Fuente: remlaboralinforma- 15 octubre 2009
36 comentarios:
La noticia indica que no se puede amonestar a las empresas que no deseen abrir sus puertas al ministerio de trabajo, siempre y cuando no se demuestre que la inspección ha sido negada por orden del representante legal de la empresa.
Considero que las empresas son libres de abrir sus puertas a cualquier miembro del ministerio, pero que se deben buscar maneras más efectivas de realizar estas inspecciones ya que es probable que las empresas que no abran sus puertas estén infringiendo normas legales.
Por otro lado, muchas veces los representantes legales no laboran en las empresas y por esta razón es muy difícil que siempre encuentren al representante, por ende es difícil que se den las inspecciones.
En conclusión, considero importante la búsqueda de medidas más efectivas para realizar inspecciones laborales que garanticen la legalidad de las empresas, así como también los derechos de las personas.
La noticia da a entender que si va alguien del Ministerio de Trabajo a inspeccionar a la empresa y algún trabajador por voluntad propia, no porque el empleador le haya dicho, le niega la entrada, la empresa no será sancionada.
Se sabe que frente a una falta que cometa el trabajador, la empresa se hace cargo y asume la responsabilidad.
Pienso que sí deberían sancionarla, puesto que todos los empleados de la empresa deben saber que cuando llegue alguien del ministerio de trabajo con una orden para inspeccionar a la empresa, ellos deben dejarlos pasar; trabajar a puertas abiertas.
Marina Costa Montani
seccion 603
La noticia enfatiza el hecho que a partir de ahora las empresas no podran ser sancionadas si es que se le niega la entrada a algun miembro del ministerio de trabajo, siempre y cuando la responsabiliadad recaiga en algun empleado.
Considero que si bien es una medida algo justa ya que hay veces en que los empleados por conveniecia prefieren negar la entrada sibn pensar en las responsabilidades que pueda asumir la empresa posteriormente.
Por otro lado, ya es responsabilidad de las empresas, del tipo de capacitación que den y el tipo de personal que contraten para que este no niegue la entrada,mas aun tratandose de una entidad como esta, de esta forma se podran ahorrar problemas y malos entendidos.
Maria Fernanda Lopez Arias
Sec 603
Según la noticia no se puede amonestar a las empresas que no abran sus puertas a inspecciones del Ministerio de Trabajo. Creo que una alternativa de solución sería que las empresas podrian incluir en su Reglamento Interno de Trabajo un artículo sobre este tema indicando al trabajador que deje libre acceso a los encargados de la inspección siempre y cuando ellos cuenten con la certificación respectiva.
La empresa debe ser sancionada, puesto que si seguimos lo que dice el caso, el empleador puede dar la orden general para que no entren a realizar la inspección y así poder decir que fue un empleado el que denegó la inspección. todos los empleados deberían saber qué pasos seguir si viene el ministerio de trabajo, llamar por teléfono al dueño o al representante legal para que los asesore durante la visita y no pues decir que no entran y así de fácil justifican que no fue el empleador quien dio la orden sino un simple empleado.
Sección 606
Lo que deberian hacer para evitar este tipo de situaciones es que las empresas tengan en su reglamento que se podra realizar la inspeccion a cargo del Ministerio de Trabajo, siempre y cuando, este tenga un certificado. Por este tipo de problemas es que no se puede realizar adecuadamente las inspecciones lo cual estal mal ya que estas seran para que las empresas en la pais se manejen con orden y sobretodo respetando los derechos en general.
Paola Gamero Davelouis
Seccion 603
De acuerdo a la noticia publicada, que hace referencia a que la responsabilidad de atender o permitirle el ingreso a un represenante de inspección del ministerio de trabajo recae en cualquier empleado o subordinado de la empresa, y por ello no merece sanción esta última; me parec injusta ya que todas las empresas tiene una deber con las autoridades y por ello estan obligadas recibir las visitas del inspector para ser inspeccionadas, y controladas; de otro modo se pensaría que no estan trabajando correctamente o estan incumpliendo alguna norma. Por último, creo que las empresas deben ser mas responsabels con las visitas del inspector y abrir als puertas de sus centros de trabajo , asimismo, deben capacitar a sus empleados para que reciban atentamente a los inspectores del ministerio de Trabajo, y de este modo estas empresas puedan ser inspeccionadas.
Karen Cáceres Romero
20070176
sección: 603
debe haber una mejor organización en toda la empresa en general, ya que no le peuden cerrar las puertas a organismos del estado encargados del buen funcionamiento y manejo de las empresas, debe haber una orden dentro de la empresa que sea conocida para todos los empleados de que hacer en caso de una inspección, y el area de relaciones laborales fomentar la buena doctrina ante organismos heteronomos en caso de delitos o no de los mismos en tema de inspección.
Carlos Zerpa
secc 606
Segun lo que dice el caso, solamente si el representante de la empresa niega una inspeccion se considera una falta.
Considero que esta bien si una empresa decide no abir sus puertas si no lo desean, pero al tratarse de una entidad del gobierno que hace una inspeccion para regular que todo este bien, eso no me parece del todo correcto.
Lamentablemente no hay metodos para saber si realmente el contador, empleado de la empresa, nego la inspeccion por voluntad propia o por orden del representante, entonces, ¿porque el no querer una inspeccion si todo esta en orden? lo mas probable es que algo mal este ocurriendo dentro de la empresa. Yo creo que deberian de tener mejores metodos para investigar las empresas, ya que por lo general en nuestro pais muchas de ellas hacen cosas por lo bajo.
Felipe Valdez
Seccion: 606
Los Inspectores de Trabajo con prescindencia del número de trabajadores del empleador, centro o lugar de trabajo, se encuentran facultados para realizar actuaciones inspectivas con la finalidad de verificar el despido arbitrario por negativa injustificada del empleador de permitir el ingreso al centro de trabajo o de labores, así como realizar actuaciones para el otorgamiento de la constancia de cese.
En conclusión la empresa si debería ser sancionada, puesto que estaría dando la orden a sus trabajadores de no abrir las puertas a los inspectores de trabajo, lo cual impediría identificar las irregularidades cometidas por las empresas con respecto a sus trabajadores.
Sección: 606
Considero que todo tipo de reglamento o ley tiene un vacio legal del cual los empleadores se aprovechan en este caso puede no haber sido la excepcion ya que posiblemente pudo indirectamente dar ordenes explicitas a sus subordinados para no aceptar las inspecciones del ministerio de trabajo , amparandose en leyes que no pueden sancioanrlos porque no fueron ellos quienes se negaron, tendria que relaizarse un control mucho mas minucioso a los empleadores para que estos no se aprovechen de normas ambiguas
La noticia trata el tema de las inspecciones laborales por parte del Ministerio de Trabajo a las empresas. Específicamente de que no se sancionará a estas últimas, en el caso de que algún trabajador no permita que el Inspector Auxiliar del Trabajo Comisionado realice su labor de observar y verificar garantizando el cumplimiento de las normas laborales, de seguridad y salud en el trabajo. Siendo la decisión del trabajador, de no atender o permitir el curso de acción por parte del Inspector, no influida directa o indirectamente por el empleador.
Por un lado, me parece que está bien que se de esta resolución, ya que en algunas empresas los trabajadores no tienen una buena capacitación acerca de cómo actuar al momento en el que se le presenten este tipo de situaciones.
Por otro lado, creo que las empresas deberían capacitar a sus trabajadores para saber actuar en caso de que un inspector demande entrar a estas para observar el funcionamiento de las mismas. Ya que es un tema, que todos los trabajadores deben conocer debido al tiempo que este procedimiento lleva en vigencia.
En mi opinión, esta resolución debería ser solo por un intervalo de tiempo, ya que algunos empleadores pueden hacer mal uso de esta, evitando ser inspeccionados, ya que no se podría saber con certeza si el empleador ha influido en el trabajador para que este no permita ingresar al encargado de realizar la inspección. Además, esto haría que las empresas tomen medidas para que se conozca el tema de las inspecciones laborales por todos los trabajadores y que estas a su vez cumplan correctamente con las normas de seguridad y salud en el trabajo.
Roxana Montoya Salas
Seccion: 603
20071659
En mi opinion los empleadores pueden hacer mal uso de esta nrma haciendo que sustrabajadores le niegen la entrada a las inspecciones siempre que les sea conveniente, por otro lado esoyde acuerdo porque no se puede ser responsable de la actitud de cada persona que labora en la empresa, y en todo caso podria sancionarse alos trabajadores que no tengan una uena justificacion para haber neGADO QUE SE les realize la inspeccion
KATLYN PINEDA DIAZ
20070832
Según la noticia no se puede sancionar a una empresa que no permita el ingreso de un trabajador del ministerio siempre y cuando la negativa sea de parte de un trabajador de la empresa y no del representante legal, esta ley me parece un poco “injusta” para el ministerio ya que no puede cumplir con su misión, y tampoco puede sancionar a la empresa que no le abra las puertas, por lo cual se puede deducir que si no abren las puertas es que pueden estar infringiendo alguna norma legal, por lo cual me parece incorrecto no poder sancionarlas solo porque un trabajador niege la entrada de los inspectores, ya que el representante no siempre se va a encontrar en la empresa y además puede que el empleador les ordene a sus empleados negarse a cualquier inspección.
Pero por otro lado creo que las inspecciones son indispensables por lo cual la empresa debería capacitar a sus trabajadores para que estén en condiciones de recibir las inspecciones en cualquier momento y en caso de que se niegen se podría sancionar al trabajador que se negó
La noticia señala, que las labores inspectivas del comisionado delegado por el Ministerio de trabajo destinado a esta empresa, fueron obstaculizadas por un subordinado, no recayendo de esta manera la responsabilidad en el empleador debido que las ordenes de no atender la inspección no fue hecha por el empleador, aunque cabe la duda de la veracidad de las afirmaciones del empleador no se podrían probar estas, por lo tanto el sujeto que actuó de una manera no justificada fue el subordinado tal vez por desconocimiento como también pudo haber sido por no querer ser el principal sujeto responsable por ser en ese momento el que actúa como representante de la empresa y tener que dar explicaciones sobre quizás algunos” trapos sucios” que tenga esta empresa, quizás por eso opto por lo mas fácil y se negó a que se desarrolle esta inspección.
En consecuencia lo que se debe de hacer para evitar este incorrecto actuar,la empresa debe ir por lo legal, como se señala en la Ley general de inspección de trabajo, las inspecciones se pueden dar a cualquier hora sin previo aviso; eso por un lado por otro para evitar este desconocimiento de parte de los subordinados, se deberá dar normas o parámetros de acción donde se desarrollen temas relativos a lo que se debe hacer ante una inspección de trabajo como a la par dar charlas de capitación a todo el personal que labora en la empresa.
Diana Lecaros
sec: 606
La noticia señala que las labores inspectivas fueron entorpecidas por un empleado. La Ley General de Inspección señala expresamente que la infracción sólo se configura cuando las acciones u omisiones que dificultan o impiden la labor de inspección provengan del empleador, ya sea directa o indirectamente.
En mi opinión lo que se debe hacer para evitar este tipo de situación, la empresa deberá aceptar cualquier inspección ya que como dice la Ley general se puede dar en cualquier hora sin previo aviso e informar a los trabajadores que en cualquier momento puede realizarse dicha inspección para que estén preparados ante cualquier adversidad.
Natalia Bardales Sec. 606
Considero que la resolución impuesta por el Ministerio y Promoción del empleo en desestimar la sanción administrativa impuesta a una empresa cuyo contador se negó a atender una inspección laboral es positiva, ya que como dicen en el caso no ha quedado fehacientemente acreditado que la negativa para atender al Inspector Auxiliar haya sido realizada por órdenes o directivas del sujeto inspeccionado. Si es que se comprueba que las órdenes fueron dadas por el empleador en ese caso si podrían sancionar a la empresa, pero no es así. Considero que esta ley protege de forma positiva a la empresa ya que en varias oportunidades los trabajadores cumplen muchas faltas de cuales las empresas tienen que hacerse responsables y no es justo.
Antonella Brazzini
seccion: 603
En mi opinion la empresa deberia ser sancionada, apesar de la resolucion del articulo 36, donde expresa que solo deberia tomarse como una infraccion si el mismo empleador impide la labor de inspeccion.
Pero como lo expresa el articulo el empleador tambien puede hacerlo de forma INDIRECTA y no solo por el mismo, por lo que existiria la duda de que posiblemente el contador hubiera recibido ordenes del mismo empleador de impedir las inspecciones.
Ademas creo que si a una empresa se le van a realizar las inspecciones, deberian permitirle el paso a los inspectores, apesar de que el empleador no se encuentre,en todo caso siempre hay un representante o responsable a cargo, ya que la labor del inspector auxiliar es INSPECCIONAR que todo se realize de manera transparente, segura y que se cumplan las normas laborales,asi que el que nada debe, nada teme.
Por otro lado deberian implementarse nuevos mecanismos de inspecciones y que la resolucion sea modificada ya que ha mi parecer es muy subjetiva y amplia dando lugar a multiples situaciones como lo sucedido en este caso.
Yo pienso que si en una empresa se cumplen los derechos constitucionales de los trabajadores y se trabajaba de manera tranparente, no tendria porque negarse a atender a los funcionarios del ministerio del trabajo, yo considero que si deberia ser sancionada, ya que al negarse esta dando a entener de que no se estan cumpliendo con las normas de nuestra constitucion.
fabio nicolini
seccion 606
En relacion a la noticia leida pienso que se debe cumplir la Resolución No. 069-2008-MTPE, es decir que las sanciones se deben aplicar cuando el empleador se niegue a la inspeccion laboral. En este caso fue el contador quien tuvo una posicion negativa frente a la inpeccion de trabajo. Pero, por otro lado pienso que esto debe haber una integridad entre los trabajadores y empleadores dando facilidades a los inspectores para que realizen su labor. Por ultimo, si la empresa no se hace responsable por los actos de sus subordinados nadie lo va hacer, creo la empresa deberia preocuparse mas por organizar su reglamente y abrir sus piensas a estas inspecciones.
Roberto Cuadros
sec:603
Ante todo buenas noches, a mi entender sobre la noticia se pueden estar presentando dos casos:
-El primero es que pueda ser que el empleador haya dado ordenes expresas al trabajador para que se negase a una inspeccion, en lo cual estaria usando su poder de direccion, y en ese caso el trabajador pudo oponerse a dicha orden por ser un acto que puede ser considerado como delito al no querer aceptarla inspeccion, que pone en aviso varios escenarios entre los cuales pienso que son mas resaltantes la falta de conocimiento del tema por parte del trabajador o tal vez un acto que haya ido contra su voluntad.
- Y en segundo es que el trabajador se haya negado por decision propia, es decir, que la empresa no tuvo que ver en esta oposicion a la inspeccion. Entendiendose asi que el trabajador puede ser ocultando cierta informacion que no quiere sea revelada, por lo tanto hay que control y monitorear en que situacion contable se encuentra la empresa.
Finalmente considero que se debe hacer una investigacion cual de los casos que plantie se presenta o tal vez pueda ser otro diferente. El hecho es hacer que entiendan que este es un acto legal y estipulado por la ley, que no pueden negarse porque hace entender que posiblemente algo oculta la empresa o el contador.
Sección:606
En mi opinion las Empresas que trabajan de manera formal y organizada cumpliendo toda las normas pre establecidas por el Ministerio de trabajo, no tendrian por que negarse una inspeccion.
Es mas deberian abrir toda sus puertas para dichas revisiones ya que asi darian una buena imagen de la misma y no especular que tengan algo oculto.
Como conclucion esta empresa deberia ser sancionada y multada ya que se niega atender a los inspectores del ministerio de trabajo.
Fracon Rodiguez, Henrry
secc: 606
En relación a la noticia, estoy de acuerdo que no se haya aplicado una sanción a la empresa por parte del Ministerio dado que según la ley se sancionará siempre y cuando existan acciones u omisiones que dificulten o impidan la labor de inspección que provengan del empleador de manera directa o indirecta. Según el caso, no existieron pruebas suficientes que sustenten que el trabajador se negó a la inspección por órdenes del empleador. Sin embargo, considero que el empleador debería de sancionar a dicho trabajador dado que no está mostrando un buen comportamiento, el empleador debería de aplicar su facultad normativa, directriz y disciplinaria en función a su poder de dirección, dictando normas o reglas básicas reguladoras del comportamiento de la empresa y sancionando a los trabajadores que incumplen las normas reglamentarios dentro de los límites establecidos.
Diana Escobar Aguila
Sección: 606
La medida se sanción que se está tomando en cuanto al tema de las inspecciones me parece justa por un lado pero tambien creo que se tendría que tomar en cuenta otro punto.
me parece razonable porque muchas veces los empleados se remiten a actuar estrictamente de acuerdo a lo que su empleador indique, aun asi dichas medidas sean autoritarias o tal vez injustas, por lo que sería injusto también que fueran sancionados por cumplir órdenes.
Por otro lado, existe un pricipio que indica que el empleador debe asumir la responsabilidad por lo que hagan sus empleados durante las horas de jornada laboral, y bajo esa premisa lo que haya hecho el contador debería ser sancionado pues se encontraba dentro de lugar y las horas de trabajo.
Creo que las sanciones deben ser puestas a la empresas a las empresas que se nieguen a la inspección por dos cuasas básicas: la primera porque es un desacato a las autoridades y en segundo lugar, porque muchas veces de esta forma, lo que buscan los empleadores es cubrir las infracciones que tienen o rectificarse en los días que alargar por el tema de inspecciones laborales.
En mi opinión, el ministerio debe ser mucho mas drástico para ver otras formas de inspección efectiva y la sanción apropiada para las empresas que se nieguen o prolonguen los plazos de inspección
Nathalie Gambini
Secc 603
Considerando el numeral 1 del artículo 36º de la Ley 28806:
"La negativa injustificada o el impedimento a que se realice una inspección en un centro de trabajo o en determinadas áreas del mismo, efectuado por el empleador, su representante o dependientes, trabajadores o no de la empresa, por órdenes o directivas de aquél. El impedimento puede ser directo o indirecto, perjudicando o dilatando la labor del Inspector del Trabajo de manera tal que no permita el cumplimiento de la fiscalización, o negándose a prestarle el apoyo necesario. Constituye acto de obstrucción, obstaculizar la participación del trabajador o su representante o de los trabajadores o la organización sindical."
Aunque se especifica que no hay pruebas fehacientes de que existió obstaculización por parte del contador, personalmente creo que siendo más realistas muchísimas empresas no se encuentran aptas para pasar por una inspección laboral y éstas no se arriesgarían a ser sancionadas por el incumplimiento de alguna norma laboral, sanitaria, de seguridad, etc es por ello que "indirectamente" tratan de evadirlas por algún medio; pero cómo probar que el empleador tuvo que ver en tal evasión, creo que investigar dichos detalles es totalmente innecesario.
A mi parecer la inspección de trabajo debe ser sorpresiva y sin previo aviso, además se ha de suponer que la empresa que se encuentra en regla nada ha de impedir ni temer a las autoridades fiscalizadoras.
Considero una noticia bastante interesante y que podría llevar a una larga discusión.
En primer lugar, es cierto que hay veces en la que los empleados actuan o pueden actuar de un modo incorrecto y los que salen perjudicados serian las mismas empresas.
En segundo lugar, tambien es importante que los empleados reciban una capacitación, sepan tomar decisiones y realizar actos buenos a favor de la misma.
Me parece que si la empresa tiene todo en regla no tiene porque negar el pase a las personas encargadas de las inspecciones. Creo que a estas alturas los empleados de las empresas son lo bastante responsables y no necesitan de alguien como el empleador para participar de la inspección.
Considero que esta noticia muestra un problema que afecta a todas las empresas del país, ya que todas se ven sometidas a visitas de representantes del Ministerio de Trabajo para la revisión de procesos y practicas laborales. Considero que la decisión del Ministerio es correcta, ya que muchas veces el personal de recursos humanos no se encuentra "habilitado" dentro de su conocimiento para recibir sorpresivamente individuos extraños a la empresa, por lo que el empleador (el representante legal) debería capacitarlo y hacerle saber que pueden existir visitar inesperadas y que, obviamente, todo debe estar en regla. Es posible que el trabajador mencionado en la noticia se opuso a la visita porque no quería que se descubriera algo, pero no se puede corroborar. Lo ideal es la capacitación y llevar las cosas de manera correcta dentro de la empresa, en especifico en lo que concierne a los temas laborales.
Maria del Pilar Lopez Carrera
20040671
La noticia comprende que debido a una respuesta negativa por parte de un empleado de la empresa referida en el articulo frente a la peticion de inspeccionar la empresa por parte de un encargado de la Subdirección de Inspección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la empresa no debe asumir en terminos legales la sancion referida a este acto, ya que por si, la empresa pueda asumir responsabilidades por parte de sus colaboradores pero no llegar al punto de amonestar generalmente a la empresa.
Si bien se debe tener claro que la sancion no deberia ser impuesta a la empresa, ya que el problema viene dado por parte de un colaborador interno, las medidas a tomar tendrian que ser dentro de la empresa y no fuera de ellas.
Fabriccio Sanchez V.
Secc. 340
Se nota una vez mas como la burocracia exagerada que existe en nuestro país, hace que las normas, reglamentos etc no se cumplan ni halla una buena organización, para ponerlas en orden "cuando puede que hallan faltas" por parte de las empresas. Es incoherente que el ministerio tenga problemas para hacer su trabajo siendo una maxima autoridad. Nuñez Sifuentes Erick 20062714
En este caso, la sancion no procede, puesto que quien se nego a atender la inspeccion fue el Contador de la empresa, y no se sabe con certeza si esta accion proviene del empleador.De haer sido comprobado que dicha accion ue por ordne del empleador, si ubiera sido justa la sancion sobre esta empresa por parte del Ministerioe trabajo, por negarse a ser inspeccionada.
En mi opinión, me parece que se debería sancionar a las empresas dado que los empleadores deberían capacitar a su personal con respecto a qué hacer cuando hay un inspección laboral. Además los empleadores podrían aprovecharse de esta resolución evitando que se haga una inspección.
Alexamdra Lukac
El caso nos dice que solo se sanciona a la empresa siempre y cuando el que niegue abrir las puertas de la empresa para la inspección sea el empleador; en este caso no se conoce si el empleador le dio órdenes al contador de poner trabas para evitar la inspección por lo que no se salva de que se le aplique la sanción ya que no se conoce de quien vino la orden directamente.
Por otro lado, el hecho de que le hayan puesto trabas o no hayan permitido la inspección da muchas cosas que pensar ya que puede ser que existan malos manejos dentro de la empresa los cuales no quieren que descubran, ya que si todo estuviera en orden y cumplieran con todo lo que exige la ley no habría ningun motivo de negar abrir sus puertas a dichas inspecciones para verificar que todo marche correctamente.
Miguel Acuña
Sección 703
Considero que del artículo explicado, se puede concluir que es necesario que las leyes de nuestro país cambien, y que existan algunas más justas, ya que las empresas están evadiendo las inspecciones utilizando esta excusa. Por lo tanto, deben hacerse algunas modificaciones que permitan el ingreso sin que haya un representante legal de la empresa u alguien encargado, ya que dificulta el proceso y evita sanciones. El ministerio tiene la obligacion de realizar esas inspecciones para proteger a los trabajadores y que las condiciones de trabajo sean justas.
Rebeca Torres
Sección 606
Considero que esta empresa merece una sancion, pues la empresa debe de dejar que los inspectores calificados del ministerio de trabajo realizen su trabajo y comprueben que todo marche de manera correcta y se cumpla con los requerimentos del ministerio.
ademas creo que las empresas deberian estar listas para estas inspecciones pues, en caso de no estarlo es porque algo estan haciendo mal y se presta para malas interpretaciones.
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