lunes, 11 de octubre de 2010

Relaciones Laborales

IGUALDAD DE TRATO

Publicado por Mónica Ceberio Belaza, El País, 26 de Setiembre del 2010. Incluido en el Boletín Nº 195 de factorhuma

El Gobierno ultima un proyecto de Ley de Igualdad de Trato que contempla sanciones para particulares, empresas y administraciones que la infrinjan. Uno de los puntos más novedosos que recogerá es que será el demandado quien deba probar que actuó bien.

"Extranjero, gordo, morenete. Parece Pancho Villa". "No, por gitana y fea". "Vive en Parla y es fea". "Sudamericano, color oscuro sin ser negro, café con leche, largo de café". "Barrios bajos".

Un empleado de recursos humanos de la empresa Sánchez Romero añadió frases como estas a las solicitudes de empleo de varios aspirantes a trabajar en la cadena de supermercados. Los expedientes aparecieron en la vía pública en junio de 2002. El Ministerio de Trabajo examinó el caso, y determinó que no se había producido discriminación por parte de la empresa porque el entrevistador ya había sido despedido. La Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación que prepara el Gobierno, y que quiere llevar al Parlamento antes de fin de año, establecerá un sistema propio para sancionar conductas como esta. Algunas, especialmente las que tienen que ver con el empleo, ya pueden llevarse ante los tribunales en virtud de la legislación laboral, pero muchas veces es complicado hacer que prosperen. La norma facilitará también que se impongan sanciones a los particulares que discriminan, que se enfrentarán, al igual que las empresas y administraciones públicas, a multas de elevada cuantía que aún está fijando el Gobierno.

Uno de los puntos más novedosos que recogerá la ley es que será el demandado quien deba probar que actuó bien. Cuando alguien presente "indicios de discriminación o represalias" y pida que se sancione al presunto discriminador, será este el que tendrá que probar, aportando una "justificación objetiva y razonable" de su actuación, que lo que a priori parecía una discriminación era en realidad necesario.

Por ejemplo, un banco que no conceda un préstamo a un inmigrante con condiciones objetivas para obtenerlo -contrato fijo, nómina alta, cantidad razonable solicitada de acuerdo a sus ingresos- tendrá que demostrar ante los tribunales, si el inmigrante sospecha que se trata de un trato discriminatorio, que había motivos objetivos para no dar el visto bueno al crédito.

Es lo que en términos jurídicos se llama "inversión de la carga de la prueba". En principio, el que alega algo en un tribunal tiene la obligación de demostrarlo. Solo en algunos casos, en los que se entiende que las partes en conflicto no tienen las mismas armas para defender sus posiciones y que el que presenta la demanda está en clara desventaja, se le exime de la obligación de probar su acusación. Es lo que ocurre por ejemplo, en el ámbito del derecho civil, con los conductores de vehículos de motor: se presume que son los responsables de los daños que hayan provocado mientras conducían y, para no pagar la indemnización, tienen que probar que no tuvieron la culpa. Se hace así por el riesgo que asumen al conducir. Ocurre lo mismo en el caso de algunas negligencias médicas: si el juez decide que el daño que ha sufrido una persona después de recibir un determinado tratamiento es desproporcionado, será el médico el que tenga que probar que la causa de lo que le ha pasado al paciente fue otra.

La norma, según el borrador que maneja el Gobierno, castigará todo tipo de discriminaciones directas e indirectas, las inducciones, órdenes o instrucciones de discriminar, la discriminación por asociación (la que puede sufrir la madre de un discapacitado o de tres hijos, por ejemplo, en el acceso al trabajo porque la empresa considere que va a rendir menos), por error (como golpear a alguien creyendo que es homosexual aunque no lo sea) o el acoso discriminatorio. Los motivos pueden ser el sexo, la religión, el estado de salud... y también cuestiones que en estos momentos son difíciles de probar ante los tribunales como la edad o el aspecto físico. Este último no se cita expresamente pero podría entrar dentro de "otra condición o circunstancia personal o social". Se sancionará con mayor gravedad la discriminación múltiple, como la que se desprende de la frase del entrevistador de Sánchez Romero "extranjero, gordo, morenete".

La ley creará una Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato que tendrá que prestar asistencia a los discriminados y promover la mediación entre las partes en conflicto, entre otras atribuciones, para lograr que el daño sea reparado. Este órgano no tendrá capacidad para sancionar, de forma que si no se llega a una solución a través de la mediación, el ciudadano tendrá que presentar una denuncia y pedir se tramite un expediente sancionador si quiere exigir que se cumpla la ley.

Habrá tres tipos de infracciones: leves, graves y muy graves (una de estas últimas será, por ejemplo, el acoso discriminatorio), que acarrearán distintas sanciones. Estas se decidirán en función de unas cuantías máximas y mínimas ún por fijar.

El Gobierno pensó en un principio incluir modificaciones en el Código Penal para castigar más severamente conductas discriminatorias, pero finalmente estas referencias se han eliminado. La norma penal se queda como está y seguirá castigando solo a los particulares y funcionarios que por motivos discriminatorios denieguen a una persona (o asociación, fundación o empresa) una prestación a la que tenga derecho, tanto cuando se trata de un servicio público como privado. Las sanciones de la Ley de Igualdad de Trato no se aplicarán si ha habido ya un castigo penal o administrativo para ese mismo hecho.

Más igualdad

- Ante "indicios de discriminación" la ley que prepara el Gobierno establece que será el demandado quien tenga que probar que actuó bien y que su conducta no quebró el principio de igualdad.

- Una Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato hará labores de mediación y conciliación entre los afectados por la discriminación y los acusados de haberla ejercido.

- Si la mediación no funciona, los discriminados podrán presentar una denuncia para que se incoe un expediente sancionador y se haga efectivo el sistema de infracciones y sanciones que prevé la normativa para los distintos tipos de discriminación.

- Se prohíben las edades máximas para el acceso a empleo público salvo que haya una justificación objetiva para establecer el límite.

29 comentarios:

Diana dijo...

Personalmente, me encuentro en una situación disyuntiva entre si es bueno o no que el empleador pruebe que no es responsable de las faltas que se le acusa.
Por un lado, es importante reconocer que en algunas ocasiones existe un abuso de poder de las empresas sobre sus trabajadores, lo cual bajo mi opinión, es causa de que para los empleadores resulta mucho más fácil buscarle un reemplazo al trabajador que no esté de acuerdo con alguna condición y decida irse, que para éste encontrar otro trabajo en un mercado tan escaso de él.
Por otro lado, me parece cuestionable pues al aplicarlo se cae bajo el supuesto de que el acusado será culpable a menos que pueda demostrar su inocencia; y que por más favorable que pueda resultar lo contrario al ya mencionado abuso de poder, es justamente lo opuesto a lo que cualquier corte, ley o derecho humano pueda decir respecto a ello.
Pensando con cabeza fría en lo que respecta a los calificativos que el entrevistador de la empresa Sánchez Romero aplico al momento de sus entrevistas, el no haber sancionado a la empresa por haber procedido con el despido del mismo, no debería descartar una nueva oportunidad de entrevista a los rechazados, pues no resultan motivos justificables de calificación a las aptitudes y actitudes de dichas personas. De no brindárseles, me parecería adecuada la aplicación de la correspondiente sanción.
Por último, creo que resultaría adecuado pactar procedimientos pre-establecidos en el caso de la discriminación justificada, pues considero que sí existen casos en los que, por ejemplo, una empresa de manufactura no va a poder contratar a un manco para realizar dicho trabajo; y que para situaciones no tan obvias, ya que el discriminador será acusado culpable a menos que puedan probar lo contrario podrá utilizar dichos procedimientos como recurso de defensa. Si el rechazo ha sido completamente injustificado, me encuentro completamente de acuerdo con que se apliquen sanciones severas pues todos tenemos derecho al trabajo para el que somos aptos.

Maria Luisa Lopez Carrera dijo...

En primer lugar, me parece bien que se proponga una ley que además de defender a los trabajadores contemple sanciones para las empresas que no respeten el derecho de la igualdad de trato.

El caso del empleado de la empresa Sánchez Romero a mi parecer fue llevado de una manera errónea porque fue despedido por la empresa para cubrirse la espalda y también debería existir una sanción esta, una solución o indemnización puede ser que retribuya de alguna manera a los trabajadores que fueron discriminados. Por lo que me parece idónea la Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación ya que establece un sistema para multar las conductas como la antes mencionada, no solo para las empresas sino también para los trabajadores particulares que infringen la Ley. Además esta Ley va a facilitar la capacidad de llevar a tribunales los casos con más rapidez y eficiencia.

Particularmente, estoy de acuerdo con que el demandado tenga la oportunidad de probar que actuó bien o mal. Ya que la persona tiene derecho a defenderse y nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario, pero pienso que deben haber parámetros bien establecidos con respecto a la “justificación objetiva y razonable” ya que se puede prestar a otras interpretaciones y que estos sirvan para guiar a los jueces en sus sanciones. Lo mejor es dividir los tres tipos de discriminaciones, ya que esto proporciona una visión más amplia de lo que sucede y de cómo se debe proceder. Lo mejor es que se castigue todo tipo de discriminaciones, ya que muchas personas pueden salirse con la suya en este tipo de comportamientos o los jueces quizá no lo tomen en cuenta a la hora de sancionar.

Siempre es bueno que exista una autoridad que represente y brinde una ayuda en estos casos, además de promover una mediación entre las partes para llegar a una solución. Si bien no sanciona es un paso importante para poder solucionar los problemas que existan sin que se tenga que llevar el caso a una denuncia o a un juicio. Y finalmente, no me parece necesario que se incluyan modificaciones en el Código penal, ya que con la nueva Ley es más que suficiente, ambas se complementan y abarcan todo lo que se necesita para posibles situaciones de discriminación.

María Luisa López Carrera
20080574

Karelle Cayo dijo...

Me parece bien que se sancione a particulares, empresas y administraciones públicas que discriminan con multas de grandes cantidades ya que uno de los principios de trabajo es "Igualdad de Trato y No Discriminación", y se estaría rompiendo.

También el hecho que el empleador tenga que justificar si actuó bien o no en discriminar,me parece bien hasta cierto punto, ya que depende del caso en que se haya discriminado. Por ejemplo, como se ha mencionado en clase, si es el caso de un director de cine y busca actores para interpretar el papel de Martin Luther King, en el aviso tiene derecho a poner "afroamericano" o "de piel oscura", ya que se vería mal que una persona con piel clara interprete el papel de un personaje como este. Así como este caso, pueden haber otros diferentes, en los cuales se justifique el hecho de discriminar.

A demás, está el caso de la edad y el sexo, en la cual se podría considerar discriminatorio, pero también depende del trabajo. No se podría poner a una persona vieja, trabajando en algo que requiera levantar mucho peso.

Por otro lado, está el hecho que el empleador pude buscar razones para poder justificar su discriminación para poder salvarse de la sanción merecida. Es así como muchos empleadores que discriminan, pueden terminar saliendo se con la suya. Es por esta razón, que se tendría que investigar bien lo sucedido, para que se cree justicia.


Karelle Cayo
Sección: 604

Lia dijo...

Me parece importante lo que se está haciendo en el país porque se busca cumplir y de mejor manera el principio constitucional de no discriminación.

Primero que la norma también se pueda imponer sanciones a los particulares que discriminan poniendoles multas para que no solo las empresas sean castigadas sino tambien la persona titular de la discriminación.

Otra cosa importante, es que el presunto discriminador tiene que probar aportando una "justificación objetiva y razonable" de su actuación, para observar si en verdad se estaba discriminando o era algo necesario para el trabajo.

Porque si analizamos bien un trabajador puede confundir como discriminación algún requisito indispensable para el trabajo y se estaría acusando a la empresa de algo injusto.

Por último, es bueno saber que primero se promueve la mediación entre las partes en conflicto para resolver está clase de problemas mucho más rápido.

Lia Alarco
secc.604

Mirella Barandiarán C. dijo...

En primer lugar, me parece correcto que se establezca la Ley ¨Igualdad de Trato¨, sancionando a empresas que hayan realizado un acto discriminatorio a sus trabajadores, ya que sería una buena manera de poder defenderlos.
Además, vemos que con esta ley se cumple el principio de Igualdad de oportunidades sin discriminación, lo cual aún es mejor.

Por otro lado, gracias a esta ley que se reconocerá, los casos que son llevados al tribunal se realizaran de manera mas rapida llegando a sancionar a las empresas que han realizado actos de discriminación.

Así mismo, estoy de acuerdo que el demandado tenga derecho y la oportunidad de probar si es responsable o no de las faltas que se le acusa, pero yo creo que deben establecerse parametros y limites para que tampoco se salgan con la suya...y asi se castigue de manera justa.

Finalmente, me parece una buena idea que exista un tercero que ayude a solucionar los conflictos entre las partes llegando a una solución justa y correcta para estos casos, ademas de reducir los actos discriminatorios de las empresas estableciendo multas que deben ser divididas respecto al nivel de falta que cometan, asi los jueces sabran como proceder en cada caso.

Mirella Barandiarán C.
20080098
Sección: 604

Katherine Ruiz Chanduvi dijo...

En mi punto de vista es buena la ley que quieren aprobar pero, tiene dos caras opuestas, debido a que estamos todos de acuerdo que en las empresas los empleadores ejercen un poder sobre los trabajadores, a veces de discriminación y en otros no.
Pero veámoslo desde otro punto de vista la persona que fue acusada de haber ejercido la discriminación, tiene que probar su inocencia ante los tribunales, siendo en todo el proceso el culpable, pero aquí podemos ver que se de el caso que el empleador no sea el culpable y que tal vez el trabajador en un intento de represaría inculpe al empleador, esto se puede suscitar por varios motivos, entre ellos “venganza”.

Bueno regresando al caso incial del empleado de Sanchez Romero, en mi opinión no fue llevado con objetividad porque al despedirlo la empresa se respaldo ante alguna sanción asi que esto no le afecto en nada. Yo creo que esto debe seguir su curso en cuanto a que se le imponga una sanción para que asi se llegue a una solución para los damnificados, y si tiene que haber una sanción, como lo va haber que se haga efectiva.

Lo que si apoyo en todo es que se sancione a todos por igual, sea sector privado o publico.

Anónimo dijo...

Me parece muy oportuna la adecuación de nuevas leyes para la protección de los trabajadores, ya que el aumento del empleo hace que el abuso al personal sea mayor como en el momento de contratar y en el momento que los empleados realizan sus labores; gracias a leyes de igualdad, los empleados tendrán mayor protección ante el estado.

Pero por otro lado la ley “Igualdad de trato” esta siendo algo injusta en el caso de que los empleadores deban justificar su inocencia, ya dándoles desde un principio como culpables. Yo creo que los empleados también deberían de tener pruebas contundentes para denunciar ya que estos pueden actuar inescrupulosamente, teniendo como ventaja esta ley. Se debería añadir sanciones contra los empleados que quieren atentar por problemas personales ya sea contra sus jefes o la empresa.

Pero de una o otra forma se esta avanzando y las empresas deben de darse cuenta que tienen que brindar oportunidades a todos y no establecer parámetros discriminantes contra los trabajadores.

Finalmente, la adecuación de nuevas leyes harán que surjan menos maltratos y que la igualdad llegue a todos y no a pocas personas, esto hará que avancemos no solo económicamente sino como sociedad.

Richard Chaiña De la Cruz
20072220
Sección: 604

Anónimo dijo...

Desde mi punto de vista esta ley si bien va a evitar que se produzcan actos de discriminación hay que tomar en cuenta que dicha ley tiene sus pros y sus contras

Por un lado que se sancione a la persona que discrimino y a la empresa en la que este labora me parece una buena idea, ya que con esto las empresas van a tener que seleccionar de una mejor manera a las personas que van a contratar y se van hacer responsables si es que alguno de sus trabajadores comete algún acto discriminatorio.
Por otro lado si una empresa toma alguna decisión de no contratar o no brindar un servicio alguna persona justificadamente, el supuesto perjudicado para poder demandar a la empresa por discriminación sin ninguna prueba que lo respalde ya que el que va tener que probar que no existió la discriminación es la empresa demandada.

Andres Perez-Wicht Picardo
20080786

Unknown dijo...

Según mi parecer, esta Ley de Igualdad de Trato es correcta, ya que toda empresa debe de tratar con respeto e igualdad de derechos a sus trabajadores para llevar un buen clima laboral.

Pero por otro lado, esta Ley dice que el demandado, es decir, la empresa, tendrá que probar su inocencia, por este fragmento puedo entender que la empresa hará todo lo posible por salir libre de culpa teniendo o no la culpa, para ello todo empleado desde su contratación debe de tener todos los papeles en orden para cualquier acontecimiento como este u otro, y se sancione al culpable sea el empleador que se quiere pasar de vivo o la empresa, según el derecho toda persona tiene el derecho a defenderse y ya queda en manos de la justicia.

Para ello el que iría a poner la denuncia, en este caso el empleado, debe de saber sus obligaciones tanto como sus derechos como trabajador para poder poner una denuncia bien justificada.

Johana Pajuelo
Sección: 604

Jaime Zubiaur Alvarez dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Jaime Zubiaur Alvarez dijo...

A mi parecer esta noticia refleja una gran iniciativa por parte del Estado para brindar mayor seguridad al trabajador en temas discriminatorios. La formulacion y la ejecucion de este nuevo sistema me deja dudas, si sera efectivo lo que tratan de hacer, y otro punto importante es que si se llega a cumplir y aplicar correctamente, ya que el Perú se caracteriza por crear normas y normas de las cuales la minoría se aplican.

Por otro lado si se desea que marche bien las cosas la Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato debera ser bien implementada y lo que se acuerde se deba manejar con suma imparcialidad.

En conclusión las sanciones que se deban aplicar deberán ser investigadas minuciociosamente antes de aplicar alguna de éstas, para que así ningún particular, empresa y administración se libre de pasar por encima del otro.

Jaime Zubiaur Alvarez
Sec: 604

Anónimo dijo...

Estoy de acuerdo con lo que está sucediendo en el país, ya que a través de esta norma se está permitiendo que el principio de igualdad de oportunidades sin discriminación se cumpla. Este principio es muy importante, puesto que permite que los empleados se sientan de manera igual con los demás integrantes de la incorporación.

Por un lado, podría afirmar que al sancionar a la persona que discrimino y a la empresa en la que este trabaja es una muy buena idea, ya que esto va permitir que las empresas tengan más cuidado cuando contratan a las personas.

Por otro lado, al cumplir este principio vamos a ver que todas las personas van a tener las mismas oportunidades en los trabajos, y aquellas personas que no sean contratadas por discriminación, van a poder demandar a la empresa demostrando que está habiendo una discriminación. Esto se puede presentar cuando por ejemplos a un empleado no se le contrato porque se han enterado que tiene VIH o que es homosexual etc.

Para finalizar puedo afirmar que es bueno saber que primero está la igualdad de las oportunidades en las personas que cualquier otra cosa, y que este principio se tiene que respetar por todas las empresas.

Carolina Dacal
20081335
seccion 604

monicapendergast dijo...

Yo creo que la “Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación” es una buena iniciativa que está dando el gobierno para frenar este tipo conductas inapropiadas que muchas empresas suelen cometer.
Además, la creación de una Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato será un soporte para que las personas que sufran de este tipo de experiencias sientan que pueden valer sus derechos. Así mismo, esto representa que Ministerio de Trabajo y el Gobierno está tomando conciencia de los abusos que se cometen y creo que este sería un buen proyecto que será de ejemplo y será reconocido antes otro países. También, creo que la ley debería de ser más flexible con los demandantes ya que, en mucho de los casos es difícil probar este tipo de situaciones y sobre todo actuar de la mejor forma al ser víctima. Por último, espero que este proyecto se lleve a cabo y no se quede en solo iniciativas y que si es así se manejo con mucha formalidad para evitar arreglos con las empresas, como suelen pasar en muchos de los organismos gubernamentales.

Mónica Pendergast
Sección 710

Mariella Diaz dijo...

Me parece una buena iniciativa el crear la Autoridad Estatal mediadora de conflictos entre las partes.

Facilitaría, a llegar a soluciones más justas, es decir que se pruebe que realmente el empleador es el responsable de actos discriminatorios o en caso contrario que se haga efectivo lo dispuesto en la norma legal.

Por otra parte, me parece bien que para que haya más igualdad en el acceso de empleos se prohíba las edades máximas a menos que haya una justificación objetiva. Muchas personas se autodiscriminan, por decirlo asi, ya que sienten que las empresas solamente solicitan personal joven. Muchas empresas pierden conocimientos y experiencias de gente de más edad por excluirlo y esto, algunas veces se ve en los anuncios que publican en el periódico indicando topes mínimos y máximos de edad.

Finalmente, es bueno que el gobierno se preocupe por el bienestar de sus ciudadanos brindadoles más normas, agentes(como la Autoridad Estatal) y soliuciones para que haya más igualdad al acceder a un empleo.

Mariella Diaz
20081361
Seccion 604

Anónimo dijo...

Creo que el implantar una ley que sea más severa a la que hay en la actualidad, sobre el trato discriminatorio para contratar nuevos empleados, no sería tan efectivo si es que esta nueva ley trate de ser muy especifico en cuanto al tipo de discriminaciones y las sanciones correspondientes que se le debería dar, porque existe ciertos argumentos que la defensa de las empresas empleadoras podrían utilizar a favor de estas si es que la ley presenta ambigüedades o pretende ser muy amplia su definición sobre algún problema de desigualdad laboral.
Yo pienso que mientras sea más clara, menos ambigua y directa la ley de discriminación laboral, se tendrá los mejores resultados para que las empresas contraten de la manera más voluntaria y de buena fe en sus actos, con respeto y dignidad para todos sin excluir a nadie que tenga derecho a un puesto laboral.
Definitivamente habrá excepciones en cuanto al tipo de personal que se quiera contratar y que podría pensarse que se está violando la ley de discriminación. Para eso las empresas deben asesorarse legalmente antes de tomar decisiones que impliquen una sanción por parte del Estado.

Fredy E. Peña Mayhua.
Codigo: 20061866
Sección: 604

Anónimo dijo...

Me parece que esta bien que se este aplicando normas de caracter mas estricto para detectar de manera mas eficiente actuaciones discriminatorias dentro de empresas,fundaciones,etc. El hecho de estar aplicando estos nuevos procesos reducira sustancialmente los actos discriminatorios dando cabida a que cualquiera pueda competir de manera justa para obtener o mantener un puesto. Por otro lado tenemos que crear conciencia en las personas, en lo personal pienso que mientras exista discriminaciòn nos encontraremos inhabilitados de desarrollar el maximo potencial de las personas ya que nos estariamos negando entre nosotros la posibilidad de demostrar nuestras capacidades. En cuanto a lo de que los empleadores tienen que mostrar pruebas para certificar que no existiò discriminaciòn, no me parece que sea una decision muy acertada ya que estas pruebas pueden manipuladas a beneficio de ellos, sè que se tomaria la seriedad para analizar la situacion pero tambièn se que que el trabajador siempre es la parte màs dèbil de esta relaciòn por tanto me parece que èl tambièn debe realizar un reporte que le permita explicar lo sucedido, este reporte podrìa constar de un formato pre-establecido. Lo que seria bueno, es que los casos sean divididos, ya que habràn unos que sean de mayor urgencia y otros en los que se visualice de manera inmediata que no van a proceder porque tambièn tenemos que tener en cuenta que hay ciertos factores por los cuales un empleador puede negar el ingreso a un trabajador como el consumo de drogas, por tanto no todos los casos pueden ser tomados de la misma manera, ademas que se debe lograr la eficiencia y de ser tomados todos estos como urgentes no se lograria la resolucion de ninguno de manera inmediata y se tildarian a estos procesos como inùtiles cuando en verdad se busca que la discriminaciòn desaparesca. El fin de estas normas es bueno, pero es importante establecer una forma de trabajo que permita detectar los casos discriminatorios que se presenten y darles solucion.
Por ultimo, yo si creo que la discriminacion es el origen de muchos problemas que no permiten el desarrollo optimo de nuestra sociedad y el hecho de que se este implementando normas que busquen erradicarla ya es un paso hacia el progreso.
Ana Lucia Chumpitasi Barùa
Secciòn 604

Andrea Cabello dijo...

A mi parecer, el Gobierno está tomando una excelente medida para evitar cualquier tipo de discriminación al sancionar de una forma u otra a aquellas empresas que no respeten el Principio de Igualdad de oportunidades y no discriminación, ya que ésta no va a desaparecer por sí sola, es bueno que el Estado se encomiende la tarea de establecer leyes y políticas que estén destinadas a promover la igualdad de oportunidades.
Por otra parte, me parece buena la idea de que sea el demandado quien pruebe que no cometió un acto discriminatorio; aunque a mi parecer, creo que no hay justificación alguna para un acto como éste, a menos de que sea realmente necesario para el trabajo que se va a llevar a cabo. Es por esto que deben de establecerse claramente ciertos estándares para evitar que se cometa una injusticia al momento de tomar y absolver el caso de quien realmente si cometió una discriminación.
También, el hecho de que el caso sea visto por una persona ajena al problema, considero que es una manera eficaz de inducir al trabajador y al empleador a un arreglo satisfactorio para ambos, ya que cada vez son mayores los casos que se ven de falta de trato igualitario en lo que respecta a materia laboral; sin embargo, con la creación de una Autoridad Estatal que regule este tipo de comportamientos esperamos que estos problemas sociales puedan disminuir, reparando los daños que pueden ser causados más que todo a la integridad de la persona.

Andrea Cabello Gutiérrez
20080163
Sec. 604

Lorena Astete dijo...

La nueva ley de igualdad de trato propuesta por el gobierno, me parece que está bien, ya que muchas veces existe discriminación hacia los trabajadores y esta no se da a conocer y por esto mismo se debe sancionar porque todos tienes los mismo derechos de pertenecer a una empresa.
Obviamente muchas veces las personas exageran si es que no los contrataron por otro motivo, entonces también está bien que ellos tengan que comprobar que ha sido por discriminación y no por otro motivo. Las sanciones que se les dare deberán ser bien especificadas para que se puedan entender y que no existan mal interpretaciones.
También se deberá investigar bien antes de actuar, y las empresas deberán pensar antes de discriminar para no ser sancionadas.

Lorena Astete
20080079
sec: 604

Mariana Zapata Abanto dijo...

Me parece muy bien que el estado se preocupe por los trabajadores de las empresas y de este modo proponga una ley de tipo que se dé una igualdad de trato ya que todas las personas merecen las mismas oportunidades y respeten sus derechos.
A mi parecer está bien que esta ley pida que el demandado es decir la empresa sea quien debe probar que actuó bien.
Para mí está bien que con esta ley se impongan sanciones a los particulares que discriminan a sean leves, graves o muy graves; de este modo las empresas ya no se atreverán a discriminar ya sea por sexo, religión, edad, etc. Y lo bueno que para estos problemas el estado entre para poder poner limites y las empresas aprendan y no vuelvan a realizar estos actos.

Mariana Zapata
codigo : 20081934

Anónimo dijo...

El principal recurso de las empresas es el capital humano, este sera eficiente si es que se siente parte de un clima laboral adecuado.

A mi parecer todos los colaboradores de las empresas se sentiran protegidos por esta nueva norma, al saber que tienen un respaldo contra cualquier trato discriminatorio.

Es importante que sean ellos los que puedan demostrar que han recibido un trato discriminatorio y que lo tengan que sustentar con pruebas válidas para que tampoco sea fácil perjudicar a las empresas a cambio de recibir ciertas indemnizaciones por parte de los colaboradores acusándolas de malos tratos cuando en realidad no ha sido asi.

Por último, me parece correcto que una autoridad regulo este tipo de tratos y que los "clasifique" en distintas categorias ya que las sanciones serán iguales para todos los casos similares que se presenten, sería interesante que se cuente con los medios para difundir esta nueva norma y que las mismas organizaciones sean las que difundan y promuevan este tipo de prácticas que apoye las buenas relaciones laborales y brinden seguridad y respaldo a cada uno de sus colaboradores.

María Cecilia Ego-Aguirre
Relaciones Laborales
Secc. 604
cod. 20080339

Anónimo dijo...

Es una gran medida la que se espera aplicar ya que se cumple con uno de los principios constitucionales la cual es la no discriminacion ya sea directa o indirecta.
sin embargo, la opcion de que el demandado debe demostrar su inocencia es, de cierta manera desfavorable, debido a que en el caso de que un empleado demande a una empresa por discriminacion, la empresa debera demostar que esta no ocurrio y tiene todos los medios necesarios para hacer de que "asi sea" debido a que es la parte fuerte de un contrato y el empleado no.
de esta manera si la empresa "convence" de que no hubo discrimancion, podria denunciar al empleado de difamacion con lo cual se perjudicaria bastante
sin embargo, la medida a aplicar es recibida de buena manera por todos debido a que ahora habra igualdad para todos

JOSEPH CARRILLO IBARRA
SECCION: 604

Julio Campodónico dijo...

Esta ley de igualdad de trato es muy importante que se cree, aunque ya se manejan leyes contra la discriminación, era necesario que se cree una bien fundamentada, que se cumpla en todos los casos y de la misma manera para todas las personas y todas las empresas.
La importancia de esta ley radica en que la no discriminación de los aspirantes a un trabajo y de los mismos empleados de una organización es un principio laboral y además de eso es un derecho fundamental de los trabajadores.
A partir de ahora solo queda esperar que esta ley no quede solo en eso, sino que sea cumplida como debe ser y traiga beneficios a todos las personas que quieren conseguir un trabajo y a las personas que actualmente laboral en una empresa.

Julio Campodónico
Sección: 604

Fernando Castro dijo...

A mí parecer es una medida muy buena, ya que todavia existe evidencia clara de que algunas instituciones privadas y públicas, usan para procesos de selección, trato e inclusión de trabajadores, otorgamiento de créditos, demás tramites, entre otros, criterios discriminatorios donde no se cumple con la igualdad de trato a todas las personas.

Está medida puede ser una de las soluciones para minimizar y en un futuro esperemo no muy lejano terminar por extinguir la discriminación como práctica cotidiana e incluso como criterios para evaluación, procesos, entre otros en diferentes compañias.

Finalmente, creo que el estado debe apresurar estos trámites administrativo - legales, para que la ley se apruebe llo antes posible y se implemente de la manera mas eficaz, de tal forma que se alcancen todos los resultados esperados y porque no que se superen.


Fernando Castro.
Codigo: 20080216
Sección: 604

Andrea Morales Puch dijo...

h

Stephanie Lozada Machado dijo...

Primero que todo, me parece excelente que se este dando estos pasos en las leyes; así se podrán reducir bastantes actos discriminatorios en el ámbito laboral y el país se estará encaminando al progreso. Me parece algo cuestionable la parte en la que el acusado será culpable hasta que se verifique lo contrario; pues existe abuso de poder, manipulación, entonces no creo, yo, personalmente que sea una decisión acertada.

Cabe resaltar que es importante saber manejar un buen clima y ambiente laboral en los centros de trabajo, pues si el capital humano no esta satisfecho, no se trabajara bien y lo mas probable es que la empresa no pueda desarrollarse correctamente como se espera.

M e parece correcto que se clasifiquen en distintas categorías, pues es una forma de ser ordenados y poder aplicar de manera correcta las sanciones, pues no todos los casos pueden ser tratados de la misma manera.

Stephanie Lozada

Anónimo dijo...

Esta ley de Igualdad de Trato siempre ha existido, pero el gobierno no le ha prestado mucha atención, la cual me parece bien que ahora le tome más importancia a este tema y establezca mejores sanciones frente a estos casos de discriminación.

En cuanto la creación de una Autoridad Estatal para la igualdad de Trato, estoy totalmente de acuerdo en la creación de esta institución porque va a permitir que las partes involucradas lleguen a alguna conciliación sin necesidad de llegar a un juicio, ya que esto traería como consecuencia perder el tiempo y gastar dinero, la cual no es conveniente para ninguna de las dos partes.

Con respecto al demandado por algún acto de discriminación, me parece bien que explique o aclare los motivos por los cuales no contrato a la persona, ya que muchas veces los postulantes piensan que son discriminados por alguna razon y en verdad no se los acepta debido a que no cumplen con las características o condiciones que se requiere en el puesto de trabajo; si así no fuera el caso, estaría bien que se le sancione a los involucrados porque nadie tienen derecho a discriminar a una persona.

Jesús Malasquez Dulanto
Sección: 604

Anónimo dijo...

El principio de igualdad de trato prohibe al empleador el trato desfavorable arbitrario o sin causa justificada, de un trabajador o de un grupo de trabajadores frente a otros trabajadores que se encuentran en situación comparable; este principio de igualdad de trato no confiere un derecho subjetivo a recibir un trato igual y por lo tanto no confiere una obligación específica para el empleador, cuyo cumplimiento pueda reclamarse en forma independiente a las demás obligaciones derivadas de una relación laboral.

SECCION 604
20062645
Cristhian Medina B.

Anónimo dijo...

La aplicación de esta ley me parece bastante conveniente ya que nadie esta en potestad de minimizar la capacidad de otra persona solo por la raza, religion, aspecto, sexo.
Si las empresas discriminaran a los aspirantes o trabajadores continuamente estarían limitándose demasiado y dejarían ir el posible talento humano potencial.
Estoy de acuerdo en que ambas partes afectadas en el asunto tengan la libertad de defender su posición porque no se puede acusar a una persona sin tener todos los puntos de vista. Claro está que lo ideal será tomar en cuenta el sezgo que se va a presentár ya que el empleador puede acomodar los hechos de acuerdo a como le convenga.
Uno de los principios constitucionales aprendidos en clase fue la No Discriminación, que es esta ley en el presente artículo que considero muy importante porque lo que busca o debería buscar una empresa es la rentabilidad, y esto no se logra porque su capital humano sea hombre o mujer, blanco o negro; se logra por qué tan eficientes son los trabajadores en conjunto.
Además considerando que la raza más marcada en nuestro país es mestiza, si las empresas se rigen en ese tipo de prácticas de selección, es probable que el desempleo en lugar de disminuir, aumente.

Valeria García Cárdenas
20070435

Anónimo dijo...

Desde mi punto de vista, la ley de defender a los trabajadores es una manera de sanción a la empresa ya que debe existir igualdad de trato para todos.
Estoy de acuerdo que allá una autoridad que represente y brinde una ayuda en estos casos, de promover una mediación entre las partes para llegar a una solución justa y concreta, Si bien no sanciona es un paso importante para poder solucionar los problemas que existan sin que se tenga que llevar el caso a una denuncia o a un juicio.
Y así los trabajadores se sentirán protegidos por esta nueva norma, al saber que tienen un respaldo contra cualquier trato discriminatorio.
Y para esto los empleados también deberían de tener pruebas contundentes para denunciar ya que estos pueden actuar inescrupulosamente, teniendo como ventaja esta ley. Se debería añadir sanciones contra los empleados que quieren atentar por problemas personales ya sea contra sus jefes o la empresa.

Joel Esaul Palma Leyton

20081650

seccion 604