Fuente: www.expansion.com- 14-01-2010 , por Ramón Lavín. Bruselas
El Tribunal de Justicia de la UE (TdJ) ha estimado en dos sentencias, que para el ejercicio de algunas profesiones, se pueden imponer límites de edad, a condición de que esas limitaciones sean coherentes con el objetivo de proteger la salud o respeten ciertas políticas de empleo.
Los dos casos que tenía que elucidar el Tribunal de Luxemburgo procedían de sendas demandas prejudiciales de tribunales alemanes. El primero concernía la demanda sobre si se podía establecer como edad máxima, 30 años, para ejercer el oficio de bombero, cuando está directamente implicado en la extinción de incendios. El segundo caso concernía una demanda sobre el régimen legal alemán del seguro de enfermedad, que fija en 68 años la edad máxima par el ejercicio de la profesión de dentista dentro del seguro médico nacional convencionado.
En los dos casos, el TdJ de la UE interpreta la directiva 200/78, que prohíbe la discriminación basada en la edad para obtener un empleo. El Tribunal considera que esta directiva no se opone a que existan medidas nacionales para la protección de la salud, al mismo tiempo que permite al legislador nacional prever en algunos casos una diferencia de trato, fundada en la edad o en una característica ligada a la edad, lo que no constituye una discriminación y por lo tanto no esta prohibida.
El Lander de Hesse establece el límite de 30 años para los bomberos en contacto con el fuego, para asegurar el buen funcionamiento de los bomberos profesionales. El TdJ estima que esta limitación de edad cumple las condiciones previstas en la directiva. Además esa condición asegura el buen funcionamiento de ese servicio de bomberos, lo que constituye un objetivo legítimo. Disponer de capacidades físicas adecuadas es importante para el ejercicio de esa profesión.
Respecto al limite de edad para los dentistas convencionados, el TdJ precisa que no seria aceptable si el objetivo fuera solo proteger la salud de los clientes, al disminuir la capacidad de los dentistas por la edad, si ese limite no se establece también para los dentistas no covencionados. Por otro lado, el régimen alemán permite a los dentistas continuar a ejercer la profesión fuera del régimen convencionado, más allá de los 68 años. La directiva no se opone tampoco, si ese límite tiene como objetivo repartir el empleo entre generaciones.
64 comentarios:
Es conveniente las medidas tomadas por el TdJ respecto al personal de los diversos trabajos como los bomberos porque lo que se busca en esta profesión es la eficiencia máxima respecto a los incendios y establecer un límite de edad máxima de 30 años permite un buen funcionamiento de ese servicio y también es de suma importancia disponer de las capacidades físicas necesarias para la profesión. Por otro lado si el Tdj establece como límite de edad los 68 años para los dentistas convencionados basándose en proteger la salud de los clientes al disminuir la capacidad de los dentistas por la edad entonces esta política también debería aplicarse para los dentistas no convencionados.
Opino que es muy conveniente que el TdJ establezca una edad limite, tal es el caso de los bomberos, pues de esa manera tratan de proteger la salud de dichas personas y que mejor si es hasta los 30 anos, ya que asi estaran mas prevenidos contra cualquier problema (Es decir, en mejores condiciones fisicas: Punto importante en esta profesion) a comparacion de contar con mas anos de edad. De la misma manera, la fijacion de 68 anos como edad maxima para la profesion de dentista tambien es conveniente, pues como ya se menciono, el objetivo es cuidar la salud.
Rosario Ramirez Medina
Seccion: 505
Segun lo que hemos comentado en clase creo que el limite de edad es una discriminación que no se debe dar en el trabajo pero como se puede observar en estos casos tambien puede ser un impedimento para lograr un buen desempeño a la hora de realizarlo. En el caso de los bomberos, estos se encuentran en un trabajo donde hay mucha actividad y tienen que tener un determinado estado fisico para poder hacer bien el trabajo, entonces alguien mayor de 30 años impediria que se realice bien y se podria convertir en una carga en vez e una suma. En el caso de los dentistas se establece el limite de edad para garantizar un buen servicio al cliente pero en mi opinion un dentista va a ser bueno a cualquier edad y no por tener 68 años significa que va a ser un peligro para el paciente. Ahora si el dentista tiene alguna enfermedad o algo que le pueda ocasionar problemas a la hora de atender o que le ocasione algun mal al paciente ahi si deberia retirarse. En todo caso se deberia evaluar a los dentistas de 68 años en adelante para asegurarse que todavia desempeñan bien su tarea.
Gonzalo Ansola
Sec- 605
Para mi, es totalmente responsable, que en el caso de los bomberos, se ponga como limite de edad 30 años, ya que para este tipo de cargo, se necesita disponer de todas las capacidades fisicas necesarias, ya que es un trabajo riesgoso. En el caso de los dentistas, como bien se establece en el articulo que el limite de edad es los 68 años convencionados, pero tambien debe aplicarse para los no convencionados, ya que siempre se debe tener por encima siempre la salud de las personas, y creo que a estos dentistas que cumplen los 68 años hacerles una evaluacion si es que aun desempeñan bien su tarea.
Estoy en desacuerdo con la postura planteada por el limite de edad de las personas en el ambito de trabajos como bomberos y dentistas , ya que en estos casos particulares no necesariamente se puede jugzar ni medir el desempeño solo por su edad.
Por ejemplo, si un bombero tiene 40 años y siempre esta en constante entrenamiento y condiciones optimas para ejercer su labor sin inconvenientes , se le debe tomar en cuenta pese a que sea mayor a 30 años .
en el caso de los dentistas igual ya que el desempeño que ejercen se basa mas en la experiencia con los pacientes y si se encuentra en condiciones optimas para realizar sus actividades eficientemente no creo que haya algun problema con la edad.
el TDj debe ver algunos casos particulares o dar opción a que las personas que pasen esas edades tengan un certificado que acredite sus condiciones optimas para el trabajo.
DIEGO SIERRA SÁNCHEZ
SECCIÓN 604
Mi opinion con respecto al articulo y según lo tratado en clase al tema de discriminacion laboral, vemos dos casos muy particulares que a fijado el Tdj(U.E)en relacion a la edad para ejercer una profesión.El primero señala con respecto a la edad máxima de 30 años para ejercer el oficio de bombero, aqui vemos un caso de discriminacion al fijar una limite para el ejercicio de dicha actividad, pero por otra parte lo que se busca es que la persona que trabaje en esto, se encuentre en buenas condiciones fisicas para realizar labores arriesgadas durante un incendio. Ahora con respecto al otro tema tema de la edad limite de 68 años para la profesion de un dentista me parece que no es necesario fijar una edad determinada para el ejercicio de dicha actividad pues si bien un dentista puede trabajar muy bien sin importar si tiene mas de 68 años , pero ahora si este presenta alguna enfermedad que perjudique su salud y al de los pacientes deberia darse cuenta que ya es hora de retirarse o en todo caso se tendria que hacer una evaluación que permita determinar si es que aún esta en capacidad de ejercer su profesión y pueda seguir trabajando sin ningun inconveniente.
Hector Calixto
Sección : 605
Según los principios laborales vistos en clase, y analizando esta noticia, se ve que se está incumpliendo con el principio de igualdad de oportunidades sin discriminación. Las dos sentencias emitidas no me parecen convenientes, si bien se busca el beneficio de la sociedad en conjunto, se debe tener en cuenta que se están perjudicando a algunos.
En el caso de el límite de 30 años aplicado a los bomberos, sería más beneficioso realizar pruebas físicas y así determinar el nivel de desempeño.
Con respecto al límite de edad aplicado a los dentistas, a lo que a mi concierne, se debe dar prioridad a las destrezas que presenta y no a la edad que esta persona pueda tener. Además, esta medida que tomó el Tribunal de Justicia si bien se aplica a los dentistas, por qué no a otros profesionales orientados a la salud.
Flavia Moromizato
Sección: 605
Estoy en desacuerdo, yo considero que la decisión del TdJ ha sido excesiva para ambos casos, creo que han debido de hacer un estudio preliminar para saber si una persona de 30 o 68 años tiene o no la capacidad suficiente para hacer esta clase de trabajos, sin que su desempeño signifique una carga hacia sus compañeros o signifique una mala práctica para el cliente, sino se estaría cayendo en discriminación o se estaría menguando la dignidad de empleado.
Estoy en desacuerdo, yo considero que la decisión del TdJ ha sido excesiva para ambos casos, creo que han debido de hacer un estudio preliminar para saber si una persona de 30 o 68 años tiene o no la capacidad suficiente para hacer esta clase de trabajos, sin que su desempeño signifique una carga hacia sus compañeros o signifique una mala práctica para el cliente, sino se estaría cayendo en discriminación o se estaría menguando la dignidad de empleado.
Marco Sausa
Sec 604
Me parece correcta, las medidas tomadas por el TJD de Alemania respecto a las dos profesiones, ya que estas requieren en el caso de los bomberos ciertas condiciones fisicas que se van perdiendo con la edad misma por lo que esa edad maxima no solo es en pro del ciudadano para obtener un mejor servicio sino tambien para proteger el trabajador que no se vea expuesto a peligros por no estar a la par con sus colegas, y en el caso de los dentistas tambien me parece acertada la decision ya que esta profesion tambien requiere cierta destreza con las manos y el pulso el cual tambien se pierde a tan avanzada edad por lo que estas medidas no son discriminatorias en cuanto edad sino que se toman para el beneficio de la comunidad y de los profesionales que la forman para siempre brindar un excelente servicio
Si bien es cierto, existen trabajos específicos en los cuales es conveniente establecer un rango promedio de edad para poder laborar, como en el caso de los bomberos ya que se busca lograr cumplir con los objetivos; sin embargo, creo que no se debe fijar una edad específica, creo que se podría establecer un rango, pero sobre todo realizar evaluaciones físicas para medir el desempeño de los postulantes.
Con respecto al otro caso, el de los dentistas, a mi parecer tampoco se debería establecer una edad límite, sino más bien basarse en la capacidad que tienen para realizar su profesión. Así también, es importante que los dentistas estén en excelentes condiciones de salud para poder brindar un buen servicio a sus pacientes y de esa manera, evitar probables accidentes.
Claudia Meiggs M.
Sec: 604
Yo estoy de acuerdo con el TDJ que establezca un limite de edad en cuanto carreras como la de bombero y dentista ya que tiene como función proteger no solo la salud de los demás como la suya. Al establecer un limite de edad en el la carrera de bombero podemos observar que una persona joven de alto rendimiento físico logra un trabajo superior a la de un trabajador que pase los 30 años. Para que esta ley no sea vista como discriminación aquellas persona que cumplen la edad máxima de trabajo se les podría otorgar otros cargos y así aprovechar su experiencia de trabajo para asesorar a los novatos y también podríamos decir lo mismo con los dentistas.
Francisco Wakabayashi
Sección: 604
En mi opinión, el tribunal de justicia está yendo en contra de de lo promulgado que es discriminación por edad y además está privando a algunos trabajadores de un principio fundamental el cual es la igualdad de oportunidades para todos. Sin embargo, vemos que ambos casos son similares y en los dos se está despidiendo personal pero no por las mismas razones. En el caso de los bomberos, a mi parecer está bien que tengan un límite de edad pues en su campo laboral no solo deben primar sus conocimientos sino también su habilidades físicas y sabemos que las personas, con el paso de los años, ya no tienen la misma destreza física que tenían anteriormente por lo tanto no rendirán tan bien como lo hacían y esto podría ocasionar accidentes lamentables, no solo que los dificulte a ellos sino a las personas de la sociedad, es por esto que los encargados y el tribunal de justicia vela por la seguridad de los trabajadores y el beneficio social y promulga lo dicho en la noticia. Pero en el caso del dentista, estamos hablando de otro campo laboral y considero que la experiencia hace el éxito, y creo que mientras más años en el campo laboral tenga un profesional, mejor ejercerá su trabajo, por lo tanto no deberían despedir los dentistas basándose en el año que tengan.
Claudia Villanueva
seccion 605
No estoy de acuerdo con el caso del límite de edad para los bomberos ya que se estaría incurriendo en un tipo de discriminación.
Si bien sostienen que en el caso de los bomberos la medida de una edad máxima de 30 años es para garantizar un buen desempeño en sus funciones, no hay forma de que la edad cronológica de una persona sea un índice de buen desempeño en cualquier profesión, puede ser que facilite el desarrollo de ciertos trabajos, pero la edad no debería ser un determinante, y en todo caso lo más conveniente sería realizar una evaluación exhaustiva para comprobar si es que el postulante tiene o no las condiciones necesarias para ser un buen bombero, por lo que sí sería admisible que se fije un perfil con ciertas características que no se tomen como discriminatorias a la hora de evaluar al postulante.
En el caso del límite de edad aceptado para la jubilación de los dentistas, tiene en mi opinión cierta validez siempre que se trate del ejercicio público y no para el ejercicio privado de la profesión, sin embargo esta medida debería ser extensiva a todas las profesiones, más que nada por un tema de derechos laborales al jubilarse, pero no porque a cierta edad ya no pueda desempeñarse bien en su profesión necesariamente, ya que cómo lo mencioné antes la edad no es un indicador de buen o mal desempeño.
Rocío Cubas
Sección 605
Interpretando la noticia se presenta cierto tipo de dicriminación con respecto al ejercicio, derecho e igualdad de trabajo para las personas fijando cierto límite de edad, basado en lo enseñado en el curso.
Apesar de ello, yo estoy de acuerdo con lo promulgado por el tribunal (Tdj) debido a que en el caso de los bomberos se necesita personas que tengan capacidades y habilidades fisicas adecuadas y en buenas condiciones para ejercer esta profesión debido a que las personas con mayor edad no se desempeñaran en forma igualitaria que aquellas de menor edad, por lo que se prevee para cualquier error a futuro debido a que la vidas que se salvan no están en juego. Con respecto al caso de los dentistas, en mi opinión se debería aplicar este límite para ambos, convencionados y no convencionados, además de evaluar a aquellos que tengan los 68 años de edad para cersiorarse si todabía pueden ejercer en forma adecuada y que están en buenas condiciones de salud para seguir ejerciendo su profesión para el bienestar de la sociedad.
VANESSA TAPIA
20082552
SECCION 604
Me parece que esta bien que el Tdj haya impuesto un limite de edad sobre todo en el caso de los bomberos que es hasta los 30 años como máximo, ya que de esta manera ello podrán hacer un trabajo mas eficiente y podrán ofrecer mejores resultados ya que es un trabajo con mucho riesgo.
En el caso de los dentistas se debería evaluar si todavía tiene las condiciones para trabajar mas de los 68 años de edad.
susana cruz salvador
sección:605
No estoy de acuerdo con las medidas tomadas por el TdJ, ya que, según lo visto en clase si se está discriminando a personas que podrían realizar perfectamente los trabajos requeridos.
En ningún caso me parece correcto que se coloque una edad máxima como requerimiento, pues de ésta manera se quitan oportunidades de empleo a personas basándose únicamente en su edad, sin tomar en cuenta su estado físico, en el caso de los bomberos, ni su experiencia, en el caso de los dentistas.
En mi opinión la edad no es un criterio adecuado para hacer una selección rápida.
Andrea Mas Amorós
Relaciones Laborales
sección 605
Como hace mención en el artículo, es necesario que se tome medidas de seguridad , o sea protección de los clientes y de los trabajadores; es por eso que es adecuado que el Tribunal de Justicia de UE, haya tomado estas decisiones, imponiendo límites de edad a los trabajadores.
En algunas excepciones, siempre y cuando estas limitaciones que se le pongan a los trabajadores o colaboradores sean coherentes y debidamente explicadas, no solo ante la ley sino también a los trabajadores mismos.
Porque lo que una de las funciones principales de RRLL en las empresas de fomentar y propiciar la armonía en el área laboral, cumpliendo con las normas legales y convencionales de la empresa.
Kevin Andre Santa Cruz Yactayo
Secc: 605
Establecer límites de edad en ambas profesiones me parece absurdo. En el caso de los bomberos antes de fijarse en la edad de los postulantes a este tipo de trabajo, deben preocuparse por la condiciones fisicas de estos. En el caso de los dentistas llegada la edad de 68 años se les tendria que hacer algunas evaluaciones si pueden seguir ejerciendo la profesión, ya que se trata de un tema de salud.
Jorge Barreto Meléndez
sección 605
En mi opinión, en cuanto al caso de los bomberos estoy parcialmente de acuerdo con que les ponga como limite de edad los 30 años;sin embargo, en vez de despedirlos a esa edad creo que tal vez podrían hacerles ciertas pruebas de destreza física que es lo que los bomberos necesitan principalmente para poder desempeñar las labores de recate ya que pueden existir muchos que a los 30 años aun conserven muy bien su estado físico y pueden seguir aportando mucho a la institución. Ademas cabe resaltar que en todos los años que estos han venido trabajando tienen mucha experiencia y son mas eficientes y rapidez al realizar los rescates cosa que los que se incorporen les tomara tiempo coger el ritmo para los rescates y necesitan convivir con aquellos buenos bomberos para poder aprender y ser como ellos o mejores.
Por otro lado, considero que en el caso de los dentistas creo que si seria prudente que estos se retiraran a la edad de 68 años ya que conforme van pasando los años puede que se le presenten problemas en la vista que es lo mas común en personas de esa edad y ellos cuentan con esta como una de sus principales armas. También pueden tener ya dificultades con la precisión de sus manos y esto puede perjudicar a sus pacientes de manera irreparable ya que estos trabajan en una zona muy importante y vital para nosotros pero opino que se les podrida ofrecer que dejaran de ejercer como dentistas pero se les de algún lugar en alguna institución para que puedan compartir todos sus conocimientos y experiencia en el campo.
Karen de Osambela moscoso.
sección: 604
Estoy en desacuerdo con las medidas tomadas por el TdJ por distintos aspectos. En primer lugar, me parece ilógico discriminar basándose solamente en la edad de los trabajadores. Si un bombero de 35 años sigue contando con todas sus capacidades para servir a la comunidad, debería seguir trabajando sin ningún problema. En el caso de los dentistas, también deberían seguir trabajando si es que siguen contando con todas sus capacidades. En mi opinión, lo que se debería de hacer es que al llegar a cierto límite de edad, los bomberos o dentistas deben de pasar por ciertas pruebas que confirmen su plena capacidad para realizar sus tareas y en base a los resultados, se debe decidir si deben seguir su trabajo o no. No me parece justo para las personas que estan en capacidad de realizar sus labores que simplemente por un límite de edad, no lo puedan hacer.
Juan Pablo Taboada
Sec. 604
Con respecto al limite de edad que se impondria por el Tribunal de justicia de la UE a los bomberos me parece que se estaria dando un caso de discriminacion, ya que si bien es cierto, la mayor edad puede significar una disminucion en las capacidades fisicas de la persona esto no tiene que ser igual para todas. Incluso el tener mayor edad podria colaborar a un mejor desempeño tanto del individuo como de sus compañeros de trabajo, ya que al ser bombero uno debe de poder trabajar en equipo y poder contar con lideres experimentados. Lo que finalmente decide si el trabajador es apto para el puesto es un buen proceso de seleccion que garantize un buen desempeño y se respete ante todo los derechos como ser humano del postulante. Todo esto debe estar establecido en el perfil de puestos diseñado por el empleador.Es en este documento donde se podran indicar todas las pruebas (fisicas y mentales) que el postulante debe poder cumplir para ocupar el puesto.
Por otro lado en cuanto al limite de edad para los dentistas la situacion me parece que es bastante similar ya que no por tener mas de 68 años el dentista va a dejar de tener un buen desempeño profesional. En mi opinion se le deberian hacer pruebas que puedan verificar que este sigue haciendo un trabajo optimo y solo si presenta una enfermedad que ponga en peligro la integridad del paciente o muestra una considerable baja en su rendimiento se le debera apartar del area laboral.Es en estas situaciones donde el TDJ debe intervenir y poder ver si se esta haciendo efectiva esta prueba o revision por parte de la empresa.
Finalmente cabe decir que la edad no es necesariamente un indicador del buen desempeño laboral sino todas las competencias y habilidades con las que cuenta la persona.
Jorge Pazos Ortiz
Seccion 605
desde mi punto de vista , me parece que la decisión tomada por el TDJ sobre la edad limite de los bomberos, es una manera de proteger a los mismos contra las enfermedades laborales que puedan sufrir al estar expuestos al trabajar demasiados años en contacto directo con la labor de apagar incendios, esto lo podemos ver como un punto a favor de esta decisión. Por otro lado, pienso que a los 30 años de edad, un bombero bien entrenado y en buenas condiciones físicas no se merece ser desplazado por uno menor y con menos experiencia, mas bien podrían complementarse de buena manera; creo que una decisión mas justa seria que a partir de los 30 años se evalúe el rendimiento y el estado de salud de los bomberos, para saber cuales siguen siendo aptos y cuales no. Recordemos que cada persona es diferente y que podríamos estar perdiendo de manera apresurada a personal valioso.
con respecto al limite de edad de 68 años para los dentistas, me parece que es un límite de edad prudente ya que en mi opinión para ejercer como dentista se necesita mucha precisión y buen pulso, características que muchas personas pierden al llegar a esa edad. Pero si lo vamos a ver de ese punto de vista tendríamos que darnos cuenta que no es la única profesión con la que se deben de tomar estas medidas.
Mariana Zegarra Murias
sec. 605
Estoy en desacuerdo con estas medidas tomadas por El Tribunal de Justicia de la UE (TdJ) ya que no se está respetando la igualdad de oportunidades sin discriminación establecida dentro de los principios constitucionales laborales, en todo caso si es que se quiere asegurar un buen desempeño en el caso de los bomberos la forma más adecuada sería realizándoles cada determinado tiempo una evaluación física y de destrezas ya que no todos tienen las mismas habilidades y la edad no es una manera eficaz de asegurar un buen desempeño laboral en estos casos. Por otro lado en el caso de los dentistas se deberían tomar otras medidas como realizar evaluaciones constantes de desempeño y también de salud ya que no todas las personas llevan un mismo ritmo de vida y puede que algunas conserven sus habilidades por un mayor tiempo que otros siendo este límite de edad un caso claro de discriminación.
En conclusión el tribunal de justicia no debería haber fijado un límite en cuanto a edades si no fijar estándares de desempeño que deban cumplir todos por igual.
Claudia Flores Nieto
Sección: 605
En cuanto a estas dos sentencias que ha ejercido el TdJ, son de suma importancia ya que afectan a la comunidad. Por ejemplo, en el caso de que la edad maxima para trabajar como bombero sea de 30 años, me parece un poco unjusta, ya que a pesar de que una persona sea mayor a los 30 años aun puede tener las condiciones fisicas para seguir ejerciendo tal profesion, por lo que no deberian tener un limite tan temprano de edad, mas bien considerar las condiciones fisicas antes de la edad, debido a q estas son lo mas importante para ejercer dicho trabajo.
Por otro lado, el tema de ejercer la profesion de dentista hasta los 68 años me parece adecuado, ya que esta carrera requiere de mucha concentración, precisión, asi como en el manejo del instrumental medico.
Daniela Marruffo
Sec. 604
Desde mi punto de vista, considero adecuadas las medidas adoptadas por el Tribunal de Justicia al establecer, en el caso de los bomberos encargados de la extinción de incendios, la edad maxima de 30 años para laborar. Esto debido a que es un servicio que requiere de arduo esfuerzo físico, el cual definitivamente es superior en personas mas jóvenes. Por otro lado, es posible afirmar que dicha medida no significa un acto de distriminación, sino que demuestra una gran preocupacion por los trabajadores buscando asi preveer cualquier problema de salud que se pueda presentar.
En el caso de los dentistas, considero pertinente establecer un límite de edad de 68 años para ejercer, debido a que la capacidad de las personas se va deteriorando con el paso del tiempo. Sin embargo, me parece muy buena la opción de que puedan transimitir sus conocimientos a nuevas generaciones luego de superar dicho límite de edad.
NICOLE SANTA MARIA
SECCIÓN 604
En mi opinión, el hecho de establecer un límite de edad a las personas que se desenvuelven en un campo determinado no es una mala idea, sin embargo no estoy totalmente de acuerdo con el TdJ.
En el caso de los bomberos, la edad de 30 años no me parece justa. Esto es una medida muy drástica ya que una persona de 30 años no se diferencia mucho de una persona de 31 años, además no todas las personas somos iguales puede que algunos envejezcan más rápido que otros y eso está comprobado. Si su objetivo es mantener el bienestar en la población una solución sería que a partir de los 30 años de edad se hagan ciertas evaluaciones médicas y psicológicas para corroborar que ese bombero está apto para realizar actividades riesgosas como lo es enfrentarse al fuego.
Mientras que en el caso de los dentistas la edad de 68 años me parece prudencial, sin embargo hay posibilidad de que existan personas que al ser mayor de 68 años puedan ejercer su profesión sin ningún problema, es decir, me parecería más justo que se realizaran ciertas pruebas psicomotoras para determinar si un dentista seguir trabajando como tal.
Karen Yomona Quiroz
sección: 604
Yo creo que antes de imponer edades limites para algunas profesiones debemos tener en cuenta los beneficios y las dificultades, si bien es cierto el oficio de un bombero, a quienes admiro desde muy pequeña , es una tarea difícil y sacrificada de cumplir, es necesario seguir un entrenamiento completo sin embargo no creo que la edad cronológica sea un impedimento para que una persona menor a 30 años que ha seguido el mismo entrenamiento no pueda desempeñarse como tal, me parece algo injusto, a su vez también puedo rescatar que trabajando con personas mayores a los 30 años se podría asegurar en mayor proporción el objetivo de proteger la salud ya que se reconocería la experiencia, no obstante no me parece una medida justa. Luego, con respecto a los dentistas mayores a 68 años creo que esta medida es correcta ya que le da oportunidad a jóvenes dentistas que buscan plaza y así se pueda asegurar el mismo objetivo.
CLAUDIA MORENO
SEC 605
Estoy de acuerdo con las medidas tomadas por el Tdj, pues uno de los deberes de cada organizacion es proteger la salud y la vida de sus trabajadores. En el caso de los bomberos establecer los 30 años como edad limite es muy importante para ser eficientes en el cumplimiento de su labor, la misma que requiere del pleno uso de las capacidades fisicas. Con respecto a los dentistas, el objetivo de establecer los 68 años de edad como limite para ejercer esta pofesión es la sadud de los clientes.
Darwin Llatas Coronel
seccion: 604
Yo Pienso que estas medidas tomadas son buenas hasta cierto punto ya que son en pro de la población, sin embargo pienso que no debe ser una medida definitiva. Ya que probablemente hay muchas personas que a pesar de sobrepasar las edades limites (30 años para el caso de los bomberos y de 68 años para el caso de los dentistas convencionados) son aun mas capaces que otras que si cumplen este requisito de edad.
Por tanto creo que aunque la sentencia si se debería mantener, se debería agregar una clausula en la cual se brinde la posibilidad de que los que pasen la edad limite y quieran (y se sientan capaces de seguir realizando la actividad) estén obligados a pasar exámenes rigurosos por lo menos una vez al año para poder seguir ejerciendo el cargo y así no pierdes buenos trabajadores y te aseguras que nadie se pueda sentir discriminado ya que al momento que alguno no pase las pruebas tendrá que dejar el cargo.
Pienso que eso seria un poco mas justo para todos.
Manuel Anticona Bracamonte
Seccion: 605
Cod: 20091994
En mi opinion estas medidas que fueron tomadas respecto al limite de edad en las profesiones dejaran un mal presedente, si bien es cierto estas medidas buscan el buen desarrollo de las actividades propias de la profesion y el bienestar de los consumidores; en el futuro si estas medidas son extendidas hacia otras profesiones, exists el riesgo de poder ser usadas como justificAciones para actividades no eticas dentro de la administracion del personal como por ejemplo la discriminacion en el reclutamiento y seleccion de personal o despidos arbitrarios.
David Landa Romero
20092366
Secc. 604
A mi parecer, la discriminación por rango de edades no se debe de dar en los trabajos ya que si bien en la actualidad se buscan personas jóvenes por que esto de cierto modo indica que tienen potencial, lo cual le conviene a las empresas, las personas con más edad tienen mayor experiencia y si tienen la habilidad de adaptación pueden ser igual de productivas que los jóvenes. Por otro lado, en el caso se mencionan dos casos, el de los bomberos que ponen como edad limite 30 años por un tema de salud y estado físico, yo creo que por un lado es correcto, pero por otro lado si una persona de 40 años desea trabajar en esta profesión no debería ser rechazado sino hacerle una serie de pruebas que indiquen que esta en optimas condiciones o no para la labor. En el caso del dentista, yo creo que si se trata por seguridad del cliente, deberían hacerle exámenes a todos los dentistas de todas las edades ya que nadie esta libre de poder tener cualquier enfermedad, no necesariamente por ser una persona mayor se esta condenado a tener problemas con la salud que pongan en riesgo al paciente.
Alessandra Erazo S.
Sección 605
No me parece bien que se ponga límites de edad, porque creo que la edad no define el desenvolvimiento de una persona y a parte el hacer esto sería una forma de discriminación.
En el caso de los bomberos, creo yo que se les debería medir por estado y rendimiento físico, y no por la edad que tengan. Es claro que una persona de 20 años no tendrá el mismo rendimiento de una persona de 40, pero esta ultima puede complementar el menor físico con experiencia. En mi opinión para que un bombero deje de serlo debería de mostrar un impedimento físico o falta de este.
Y en el caso de los dentistas, creo que es diferente, porque el límite de edad que ponen es un poco más alto. No digo que no puedan trabajar por eso, porque eso sería discriminatorio, pero sí creo q a partir de esa edad ya se puede jubilar sobre todo por lo de repartir el empleo entre generaciones.
Valeria Ramírez Torrealva
Sección: 605
Estoy en desacuerdo con lo establecido por el Tdj, esta decisión tiene aspecto discriminatorio y en mi opinión no me parece necesario imponer límites de edad para estas profesiones; sería injusto que a una persona le impongan este tipo de límites cuando tenga toda la capacidad para realizar tanto el oficio de bombero como la profesión de dentista eficientemente.
Asi mismo, no me parece conveniente para la sociedad, por ejemplo; en el caso del oficio de bombero, existen personas que pasados los 30 años de edad se encuentran en un excelente estado físico como para cumplir con esta labor y no necesariamente tienen que ser excluidos de este trabajo por su edad, ya que cuentan con las capacidades y habilidades requeridas; y sobre el caso de la profesión de dentista, es un trabajo que requiere de mucho conocimiento y experiencia; por lo que pasados los 68 años de edad, si la persona aun conserva la capacidad para desempeñarlo correctamente, esta puede seguir ejerciendo su trabajo con gran desempeño y eficiencia, sin necesidad de ser retirado.
Mayra Colquicocha Sarria
Sección 605.
No estoy de acuerdo con las medidas tomadas por el TDJ de la UE debido al que el limite de edad que esta poniendo para el primer caso de los bomberos 30 años me parece descriminatorio ya que al pasar esa edad no implica que la persona sea ineficiente para seguir desempeñando el trabajo, deberia tomarse la medida de evaluar a la persona si esta en condiciones para seguir desempeñando el puesto eficientemente si no fuera el caso recien ahi retirarlo de la institucion, y en el caso de los dentista convecionados o no si debe deben pasar por el mismo proceso de evaluacion para ver si sigue en condicones de ejercer todavia su trabajo... pero en este caso la edad me parece mas pertinente debido tambien a que ya estan cerca tambien a una edad mas cercana a la jubilacion y del retiro laboral.
El articulo en cuestión por las medidas tomadas por el TdJ no esta falto de polémica y controversia. Tomar una postura generalista no seria lo mas conveniente ya que cada profesion tiene sus características.
Decir que todas las profesiones deben tener un limite de edad no seria lo mas adecuado, si no que estaríamos perjudicando a muchas mas ya que estas podrían verse perjudicadas o excluidas por motivos no justificados.
En los casos concretos que menciona el articulo queda claro que tiene sentido, a mi parecer, el limitar el ejercicio de la profesion a un periodo de anos. Como ejemplo adicional y que también refleja claramente las limitaciones de la edad tenemos el caso de los pilotos de aviacion civil y militar.
Este ejemplo ilustra ademas que tal limitación debería existir tanto por corta como excesiva edad.
Mauricio Ore
Sección:604
De acuerdo a la Profesión u oficio que realicen las personas se requerirán ciertas Habilidades Operacionales, Habilidades Físicas y otras que aseguren un adecuado servicio a la comunidad.
Las personas tienen derecho y libertad para trabajar sin ser discriminados, ponerles una valla por la edad se estaría incurriendo en ello, que es lo que establece el estado federado de Hessen. La solicitud debería ser atendida y pasar por una seria de exámenes siendo las más importantes las pruebas físicas y la de examen médico que finalmente determinará si la persona esta apta para desempeñar labor de bombero.
En el caso de los dentistas, si estoy de acuerdo con establecer una edad promedio, en este caso 68 años para jubilarse,en el sector público, con todos sus derechos laborales,dando pase a nuevas generaciones, sin que ello signifique que no pueda continuar ofreciendo sus servicios profesionales en el ámbito privado.
Fabián Novoa G
Sección 605
El límite de edad para los bomberos se basa en la capacidad física que debe tener alguien que actúa en situaciones de riesgo y con necesidades de resistencia y habilidades físicas especiales, también podría aplicarse a policías o paramédicos.
En cuanto al dentista, 68 años debe ser un límite adecuado, pero no debería ser diferente si trabaja para el seguro o no.
Adriana De Romaña Rojas
Seccion 605
Me parece bien que el TdJ trate de garantizar el desempeño de los bomberos y dentistas, pero la opción de determinar una edad, me parece, la incorrecta. De alguna manera, estas restricciones pueden interpretarse como una discriminación para aquellas personas que no cumplan con el rango de edad, pues estarían impedidas de realizar estas actividades. Tal vez si plantean, nuevamente, estas limitaciones, podrían mejorarlas con el fin de que bomberos y dentistas, ofrezcan un buen servicio.
Angel Vera Venturo
Sección: 604
En mi opinión son dos puntos importantes a desarrollar, primero es el caso de los bomberos, que a mi parecer estoy en total desacuerdo que les impongan como edad límite los 30 años, puesto que a esa edad han logrado conseguir una mayor experiencia en su profesión y todavía cuentan con la suficiente fuerza física e intelectual como para seguir ejerciendo su labor eficientemente y con ello seguir colaborando con la institución. Pero también creo conveniente que se hagan pruebas que evalúen dicha capacidad física de los trabajadores, ya que toda persona es diferente y cada uno puede reaccionar de distinta manera.
Por otro lado está el caso de los dentistas que en mi opinión depende mucho del estado de salud en que se encuentre la persona ya que muchos antes de los 68 pueden presentar distintas enfermedades que los impidan de seguir desempeñando su ocupación, así como también después de los 68 pueden estar muy bien de salud. Es por todo ello que al igual que los bomberos se les debe de aplicar distintas pruebas o exámenes generales que verifiquen el buen estado físico y mental de cada trabajador.
Con todo lo expuesto se puede llegar a la conclusión que no se debería de imponer un limita de edad para estas y otras profesiones ya que a lo único que nos lleva a pensar es una discriminación basada en la edad.
Eliana Salazar Rivas
Seccion: 605
Con respecto al articulo la postura del El Tribunal de Justicia de la UE (TdJ) al referirse a la edad limite para los bomberos pienso que deberían evaluar a los candidatos a este puesto ya que para realizar este tipo de trabajo se necesita destreza física y habilidad para desarrollar esa actividad, eso debería ser el filtro para decidir que persona ocupa ese puesto y no debería ser la edad.
Por otro lado para los dentistas pienso que 68 años es una edad bastante razonable para jubilarse y así de esa manera nuevos profesionales pueden ejercer ese campo.
Gina Huaynate Porteros
Sección 605
Creo que las limitaciones de edad en el caso presentado se pueden interpretar de dos maneras distintas, como por ejemplo, los bomberos que están en contacto directo con el fuego requieren ciertas características físicas que les permitan reaccionar de manera efectiva ante cualquier situación no prevista que pueda presentarse, mientras que en el caso de la limitación para los dentistas no estoy de acuerdo en que los dentistas convencionados solo puedan ejercer hasta los 68 años de edad, mientras que los no convencionados no tienen limitación alguna.
Dicho esto, puede decirse también que dentro del perfil de cada puesto se pueden detallar ciertas características o ciertos requisitos a cumplirse para que las funciones de dichos profesionales no se vean afectadas por la edad o por las tareas que deben realizar, lo que ayudaría a evitar la discriminación por edad y se basaría únicamente en el cumplimiento de los requisitos necesarios para el desarrollo eficiente de la labor.
Por otro lado, el tribunal de justicia de la UE debe tener en cuenta que todas las personas tenemos el derecho a la libre competencia, por lo que si una persona mayor quiere presentarse al puesto de bomberos debería estar en todo su derecho de hacerlo y luego, en entrevistas o evaluaciones, se tomará la decisión de contratarlo o no, basándose en las características del postulante en contraste con los requerimientos del puesto, lo que también aplica a los dentistas, para los cuales no debería existir diferencia, ya que si hay una ley para unos, esta debería aplicarse para todos aquellos que tengan la misma profesión.
En conclusion, hay otras formas de realizar un filtro sin necesidad de recurrir a la discriminacion, ya sea por edad o por otras variables, que solo generan polemicas y podrian terminar en mayores problemas para quien discrimina.
Daniel Escudero Alcalde
Sección 605
Yo pienso que las medidas tomadas por la tdj son discriminatorias ya que toda persona de cualquier edad es capaz de realizar el mismo trabajo siempre y cuando este apto fisicamente.
Es decir si una persona tiene 45 años pero fisicamente esta totalmente apto para poder ejercer su labor entonces lo puede realizar.
sinemabrgo tambien pienso que toda labor tiene que tener su respectiva evaluacion continua para verificar el desempeño .
seccion 605
astrid rojas
Con respecto al tema, si bien la TdJ busca dar una garantía y la optimización del personal en los respectivos rubros ya sea bomberos y dentistas, por una parte es una muestra de responsabilidad y un anhelo de brindar lo mejor, en el caso de los bomberos es delicado ya que una persona sin las capacidades físicas necesarias, no podría desempeñarse de la misma manera que una persona joven con la fuerza necesaria, al igual que un dentista quizás con la edad avanzada su visión de la situación del paciente no sera la misma que un joven fresco y con las aptitudes necesarias, por ese lado estoy de acuerdo, pero por otra parte los bomberos son personas con un sentimiento filántropo y con las ganas de ayudar a las personas, entonces discriminarlas por su edad no es lo más apropiado lo conveniente seria ponerlos a capacitar a otros jovenes voluntarios o tener una buena comunicación con el mismo para que se desenvuelva en otro ámbito ya que si bien a tenido tiempo como bombero posee la experiencia necesaria que puede ser aprovechada por otros, lo mismo con los dentistas, lo ideal seria no dar algo así de manera impulsiva debe haber un buen dialogo, para llegar a soluciones de la mejor manera sin que las personas se vean afectadas o discriminadas.
Jimmy Matienzo
Sección: 604
Relacionando el articulo a la clase, colocar una edad para acceder a un trabajo, es abordar un tema de discriminación, debido a que se deja de lado una persona capaz para realizar una tarea específica, pero existen trabajos que ameritan estas restricciones como es el de los bomberos en el cual estoy de acuerdo, porque en ese caso puntual como existen pocos, es necesario contar con un personal preparado muy bien en el tema físico, el cual se relaciona mucho con la edad por la exposición de la integridad al brindar el servicio que da un bombero. Por otro lado el caso de los dentistas podría complementarse con un control para aquellos dentistas mayores de la edad permitida con el fin de asegurar el desempeño de estos, ya que un dentista puede alcanzar su mejor desempeño o etapa a esa edad como podría ser antes y estaría mal discriminarlo por ese motivo, cuando puede evitarse con un examen o un control que asegure la integridad de los pacientes.
Francisco Seabra Campodonico
Seccion: 605
Creo que la desicion del tribunal es errada; puesto que, las personas pueden realizar diferentes actividades sin importar la edad e incluso de manera mas optima que una menor que está. En el caso de los bomberos creo que el límite de edad deberia ser de 40 años, ya que en otros paises del mundo en este rango siguen en condiciones fisicas optimas acompañado de una debido entrenamiento fisico. En cuanto a los dentistas creo que la experiencia la das los años y o necesariamente la juventud puede realizar de mejor manera sus funciones. Todo depende en todas las profesiones de que las personas encargados se encuentren en un optimo estado fisico y mental además.
Patricio Reinoso
Seccion 605
Estoy de acuerdo con que el TdJ proponga una edad limite como en el ejemplo de los bomberos los cuales requieren de una fuerte actividad física para lo cual establecen una edad máxima de 30 años.
Por otro lado, también estoy de acuerdo con el límite de edad en los dentistas, que es la de 68 años ya que su labor principal es la de brindar la máxima calidad de servicio a sus pacientes, sin que estos sufran algún daño.
Sin embargo, este tema se puede discutir ya que si estos dentistas mayores de 68 años pueden acreditar su buen estado de salud física y mental, según lo requerido por esta profesión, puedan desarrollarse en su plenitud.
Mirko Castillo Berdon
sec. 605
Desde mi punto de vista, la posicion del Tribunal de Justicia (TdJ) de la UE no respeta los derechos de igualdad de oportunidades, ya que, al restringir con un limite de edad las profesiones, estan quitando la posibilidsd a las empresas de retener candidatos aptos para el puesto. No deben apartarlos de sus labores teniendo en cuenta un requisito q no necesariamente mide su capacidad de desempeno pues esto podria tomarse como una discriminacion.
Para el caso de los bomberos en contacto con el fuego existen requerimientos fisicos y mentales, para cumplir con estos, una medida justa seria evaluar a los colaboradores para determinar si son aptos para realizar las labores, teniendo especial consideracion a los mayores de 30 anos. Esta seria una manera de proteger tanto al trabajador como a los que socorren, cuidandolos de posibles accidentes o enfermedades ocupacionales
Con respecto al caso de los dentistas mayores a 68 años, si el objetivo es proteger la salud del paciente, las medidas que se tomen para los dentistas convencionados deberian ser las mismas para los no convencionados. Sin embargo, estariamos hablando nuevamente de discriminacion y crearia una incertidumbre laboral en los trabajores que se esten acercando a la edad mencionada, limitandolos a no ejercer mas su profesion pudiendo ser profesionales con la misma capacidad o incluso mayor debido a su experiencia.
Ana Paula Davila Iriarte
Relaciones Laborales
Seccion 605
En mi opinión el Tdj debería de poner rangos de edades para ejercer ambas profesiones, porque si bien es cierto una persona de 50 años no va a rendir igual físicamente que una personas de 30 o 35 años y como su labor es (en el caso de los bomberos) apagar incendios, obviamente esto significa tener una destreza física y motora óptima para ejercer tal servicio.
Ahora en el caso de los dentistas, si bien es cierto con el paso de los años uno va adquiriendo experiencia pero también nuestros sentidos se van desgastando, por ejemplo la vista.
Lo que se podría hacer en este caso es una evaluación a todos los dentistas que estén laborando y que tengan 68 años, para poder medirlos en su labor y así determinar de una forma mas exacta si es que esta persona esta lo suficientemente apto para poder ejercer su profesión a pesar de tener 68 años.
Luis Enrique Carrillo Sotelo
Sección 605
Esta noticia presenta un caso donde no se cumple la igualdad de oportunidades en el trabajo. Si bien se trata de mostrar un punto en el que la decisión es por el bien de la comunidad, esta es una practica de discriminación. No se puede definir a alguien como apto para un trabajo solo por la edad, se consideran otros factores; en el caso de los bomberos, no se puede afirmar que al ser menores de 30 años, estarán en mejores condiciones para cumplir su trabajo.
Respecto al límite de edad para los dentistas, si bien es un tema también relacionado a la edad de jubilación, no dejan en claro la razón por la que aplican esta determinada edad a los dentistas y no a otros profesionales de la salud. La edad no es un criterio fundamental, pero las edades para la jubilación deberían aplicarse no solo a una profesión específica.
Jessica Vargas
Sección 604
Estoy totalmente en desacuerdo con El Tribunal de Justicia (TDJ), ya que se está violando el derecho de la igualdad de oportunidades sin discriminación que poseen las personas dentro de sus derechos laborales.
En el caso de los bomberos, se puede ver que una persona mayor de 30 años todavía tiene las condiciones de desempeñar las funciones de un bombero por tener una corta edad, dentro del promedio. La solución que me parece ser la correcta es de realizar pruebas físicas y psicológicas a partir de esa edad para poder verificar si sigue cumpliendo con las habilidades que se requirieron inicialmente, además de brindarles capacitaciones sobre cómo auxiliar a las personas en caso de incendios para así lograr el buen desempeño al momento de salvar vidas.
Luego, en el caso de los dentistas el límite de edad de 68 años tampoco impide el buen desenvolvimiento de su profesión. La solución que me parece ser la correcta es que cada uno se dé cuenta cuando será el momento indicado para retirarse, ya que no todos se encontraran en las mismas condiciones al llegar a esa edad. Unos podrán encontrarse con deficiencias en la vista, pulso el cual impedirá que este siga laborando. Otra solución, podría ser que al momento de cumplir esa edad puedan seguir laborando, pero guiando constantemente a otro con menor experiencia y conocimiento de la odontología.
Karina Yon
Sección 605
Pienso que definitivamente existe discriminación laboral de acuerdo a la edad , pero aún así el TDJ en los argumentos que presenta tienen coherencia con la realidad .
Por ejemplo , un bombero mayor de 30 años podría tener problemas de rendimiento en las continuas emergencias que se presentan y por ende podría verse limitado en algunos aspectos sobre todo físicos ante su labor , sin embargo considero que lo más conveniente sería realizar evaluaciones periódicas a fin de garantizar que el cuerpo de bomberos se encuentre en óptimas condiciones de trabajo sin necesidad de llegar a imponer algún tipo de límite de edad.
Por otro lado , personalmente estoy en total desacuerdo con la determinación que indica que los dentistas mayores de 68 años no deben seguir laborando , aquí me parece que se comete un abuso ya que un dentista por tener 68 años , generalmente cuenta con experiencia y reconocimiento por lo que garantizaría mejores resultados a los clientes , es muy diferente si el dentista presenta algún tipo de enfermedad o discapacidad que le impida laborar de manera eficaz . Por ello se debería evaluar continuamente a los dentistas no a los 68 años sino a partir de los 45 años ya que incluso de esta edad podrían tener problemas.
Bruno Castellanos - Sección 604
Analizando el artículo de dos posturas diferentes, como trabajador no creo que la edad sea un factor determinante para seguir desempeñándote en alguna actividad, sino factores como la salud física y la capacidad mental, si bien en cierto, estas capacidades se van deteriorando a través de los años, no existe una fecha establecida en la que uno las pierda.
Por otro lado, analizando la postura del Tribunal de Justicia de la UE es correcto asegurar que el servicio que se ofrece hacia las personas sea de calidad, sobre todo si se trata de un oficio como el de un bombero que busca la seguridad de las personas o un servicio de cuidado de la salud como el de un dentista, es entendible se busque que las personas que ocupen estos puestos se encuentren en capacidad óptima.
Yo apoyaría la decisión del TDJ en la de imponer límites de edad a ciertas profesiones siempre y cuando, como lo menciona el artículo, están sean coherentes y aseguren que el servicio que se ofrece sea el mejor posible.
Javier Acurio T.
Sección: 604
Me parece interesante la nota, puesto que al limitar ciertas profeciones teniendo como maximo una edad se estaria protegiendo al consumidor asi como tambien al que ofrece el servicio o trabajo. En el caso de los bomberos se estaria tratando de asegurar el bienestar de estos puesto que el trabajo que realizan es de alto riesgo por el hecho de combatir el fuego, por otro lado al limitar la edad de los que trabajan en el seguro estatal se estaria protegiendo el bienestar de las personas que acuden que se les de el servicio de dentista. En el caso de Peru seria una buena idea poder implementar estas regulaciones puesto que muchos trabajos con bastante esfuerzo fisico son realizados por personas de edad avanzada puesto que la pension que reciben no es suficiente para mantener a su familia o por no contar con una AFP imposibilita la opcion de no trabajar o jubilarse. Sin embargo seria muy dificil optar por esta opcion en nuestro pais puesto que muchas personas tienen trabajos informales el cual les impide de tener afiliacion de AFP puesto que su pago no es en planilla, lo cual imposibilita tener una "jubilacion" temprana puesto que no tendrian una pension. Para poder optar por este cambio en el Peru se deberia primero regularizar las normas de trabajo y tratar de contar con la mayor cantidad posible de empleados en planilla asi contar con un fondo de pensiones. En conclucion, me parece adecuada la opcion que estan proponiendo.
Luis Horruitiner
20080487
El Tribunal de Justicia de la UE al poner un límite de edad para desempeñarse como bombero esta incumpliendo con el principio de oportunidades sin discriminación, ya que no se puede asegurar que las personas mayores de 30 años no cuentan con las capacidades fisicas necesarias para desarrollar las actividades que el ser bombero requiere. Lo que se deberia hacer es un proceso de selección intensivo poniendo a prueba las destrezas fisicas requeridas y solo seleccionar a aquellos que cumplan estrictamente con el perfil del puesto, ya que la labor que realiza el bombero es muy cansado tanto fisica como psicologicamente.
Con respecto al caso de los dentistas, la situación que se describe es parecida con la de los bomberos, solo que aquí se ve el tema de la jubilación. No me parece correcto discriminar la capacidad que puede tener un dentista por la edad, al contrario, esto puede significar experiencia.
Me parece que seleccionar a una persona basandose en la edad, no es el mejor criterio. Se debe tomar en cuenta otros aspectos importantes al momento de la selección como son la experiencia, capacidad tecnica, etc.
Geraldine Pazos Raymundo
Sección 604
El imponer un limite de edad suele ser discriminatorio pero considero que en algunos casos es necesario, en el caso de los bomberos tal vez 30 años sea muy poco; a mi parecer se podria extender hasta los 40 ya que con ellos los mas jovenes tambien ganarian experiencia. en el caso de los dentistas deberian someterse a un examen en el que demuestren que aun estan aptos para ejercer su profesion y asi no seria necesario este tipo de politicas discriminatorias.
Aracely Vega Vera
seccion 605
A mi me parece que en ciertas profesiones si es algo conveniente quizá no poner un límite de edad pero sí medir las competencias de los trabajadores.
Por ejemplo como menciona el caso, para ser bombero es cierto que se necesita un buen estado físico y mental ya que hay mucho desgaste y hay que ser capaz de cargar objetos pesado y tratar de respirar en situaciones difíciles. Todo ello quizá en complicado luego de haber cumplido cierta edad. Sin embargo no todas las personas son iguales, hay algunas que siguen manteniendo un buen estado tanto físico como mental aún a los 40 años, por lo tanto lo más pertinente en estos casos sería, una vez cumplida cierta edad, tomar pruebas que midan las capacidades de los bomberos.
Por otro lado en lo referente a los dentistas, esta es un profesión que necesita mucho cuidado y ser meticuloso, por lo tanto a cierta edad ya la vista no es tan buena y los movimientos no son tan precisos. Sin embargo al igual que en el caso anterior, esto es muy relativo ya que depende de la persona.
Me parece que están en lo cierto al considerar este tipo de restricciones como discriminatorias y que no deberían implementarse.
Lucía Rivera
sección 604
Me encuentro de acuerdo con el establcimiento del límite de edades, estoy seguro que la intención no es discriminar sino ofrecer al publico y a los que ejecuten estos cargos una mejor calidad de vida y seguridad. Ya que algunos puestos de trabajo como los que se mencionan en el caso exigen algunas cualidades físicas e intelectuales determinadas, lo único que se está haciendo es resaltarlas para un mejor funcionamiento de ambas.
Gonzalo Nolazco Vergara
Sección: 604
Yo no estoy de acuerdo con un límite de edad de 30 años para los bomberos, ya que el hecho de que tengan esta edad no implica que no cuenten con las condiciones físicas necesarias para un desempeño adecuado. Por otro lado, es posible afirmar que los bomberos de 30 años o más son precisamente los más experimentados, por ende, se estarían desaprovechando sus conocimientos y la capacidad de éstos para enseñar a los nuevos integrantes.
En cuanto al límite de edad aplicado a los dentistas convencionados, opino que 68 años es un límite razonable, sin embargo, debe aplicarse esta medida para todos.
Ernesto La Rosa
Sección 604
Mi opinión acerca de este tema es dividida puesto que por un lado entiendo la intención de estas dos medidas, que es la regulación de una restricción de edad en dos oficios que en la práctica podrían ser sensibles a esto por la necesidad de ciertas habilidades físicas (en el caso de los bomberos) y el cuidado del público (en el caso de los dentistas). Por otro lado creo que hay una falta en contra del derecho constitucional de la no discriminación puesto que si bien es cierto estas regulaciones darían garantías no serían justo para los postulantes puesto que se les está excluyendo por su edad y no por una evaluación real de cuáles son sus facultades físicas y/o mentales.
Mariano Venero Cayssials
seccion : 604
En lo personal no estoy muy de acuerdo en un limite de edad para que te puedan contratar pero, en el punto de vista de los bomberos, siendo sincero un bombero tiene que estar en plena condición física para que pueda realizar ese trabajo, es decir, extinguir fuego directamente bien por el hecho de que exige alta exigencia,sin querer sonar redundante, por otro lado es una ridícula, disculpen la exprecion, que uno pueda ser dentista mayor de 68 años en algunos casos y en otros no eso es una discriminación no puede ser que por que estoy convencionado no puedo si pero si no lo estoy si, no tiene mucho sentido, si se va a hacer eso por el bien del paciente tiene que realizarse para todos los dentistas convencionados o no.
Es importante y fundamental que el Tribunal de Justicia de la UE muestre una preocupación por la seguridad y por el cumplimiento de aptas condiciones para seguir ejerciendo una profesión específica. Respecto al límite de edad, se tendría que establecer una política que al llegar a una edad específica se tengan que evaluar el desarrollo, los conocimientos y las capacidades de la profesión que cada empleado en funcionamiento realiza. Por que no sería justo atentar contra el trabajo de las personas que laboran con plenos conocimientos y que están realizando eficientemente sus funciones. Esto implica que al haber profesionales con aptas condiciones para seguir laborando, los clientes no necesariamente estarían corriendo un riesgo. Todas estas limitaciones de edad, tienen que estar debidamente respaldadas por estudios y pruebas que aseguren por ejemplo que a partir de los 30 años los bomberos ya no tendrían el funcionamiento esperado como profesionales.
SECC 604
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