viernes, 15 de abril de 2011

Relaciones Laborales

La Justicia blinda al empleado poco productivo, agresivo y rebelde

Parece el mundo al revés, pero son ya varios tribunales los que han respaldado a los trabajadores agresivos, rebeldes o poco productivos en el último año.

Por asombroso que pueda parecer, pegar al jefe, insultarle, acudir al trabajo con droga o visitar páginas porno desde el portátil de la empresa no son conductas suficientes para justificar un despido.

La normativa laboral disciplinaria es la que deja unos huecos que permiten a los jueces realizar interpretaciones flexibles y cuestionar el poder de dirección de los empresarios. Al moverse en un margen amplio para calificarlas, los jueces han optado por no considerar ciertas conductas de entidad suficiente para la máxima sanción laboral.

Lo cierto es que el empresario se encuentra bastante limitado para prevenir tales acciones, porque incluso en alguna de las sentencias no se han tenido en cuenta los protocolos y advertencias de la empresa. Se trata de sentencias con una doctrina límite que conviene no desdeñar.

Los juristas critican esta nueva corriente doctrinal, creada por varios tribunales superiores de justicia. Y la polémica reside en que, si bien para unos este tipo de sentencias erosionan la figura del empresario, para los jueces que han estudiado estos casos son conductas que no revisten la suficiente gravedad para despedir a un empleado o bien se trata de actos que no afectan en sí a las tareas profesionales.

El caso más gráfico es el que estudió el Tribunal Superior de Andalucía, en el que un empleado, en el momento de entregarle la carta de despido, comenzó a insultar al jefe, llamándole “cobarde, sinvergüenza, ladrón” y posteriormente le empujó con fuerza varias veces. Algunos de los presentes le sujetaron porque “lanzaba al aire patadas de kárate” con la intención de alcanzar al empresario.

Conductas no relevantes

La sentencia declaró que a tal comportamiento no le correspondía “la sanción del despido, que es la más grave que existe en el ámbito laboral”. En otras palabras, que no se trató de una conducta tan relevante.

En otro caso estudiado por el Tribunal Superior de Madrid, expresiones como llamar “ladrón e hijo de …” al superior “no pueden ser entendidas ni de un modo literal ni en su significación plenamente semántica”. Además, precisaba, los insultos han de ponerse en conexión con la “extrema tensión y conflicto laboral existente en la empresa” y con “la situación de ansiedad” del trabajador.

En otro llamativo supuesto, también estudiado por el Tribunal Superior de Cataluña, se decidió que el trabajador que acude al trabajo con estupefacientes no justifica el despido porque “la mera posesión de droga, no acompañada de consumo en el transcurso de la jornada laboral, no tiene incidencia ni repercusión alguna en el quehacer profesional”. Es decir, que para aplicar el despido es necesario que la conducta incida negativamente en el trabajo –ver EXPANSIÓN del 21 de marzo de 2011–.

Tampoco se puede echar a un empleado por visitar páginas porno en el portátil de la empresa. Incluso, y esto es lo más llamativo, aunque ello contravenga los protocolos internos de la compañía para el uso de dispositivos móviles y que el trabajador debía conocer. En el juicio, la empresa pudo demostrar que efectivamente el empleado había visitado páginas pornográficas ya que su terminal fue examinado por la posible existencia de un virus.

Finalmente, el Tribunal Superior de Madrid entendió que si bien el trabajador había desobedecido las instrucciones de la empresa en lo relativo al uso del ordenador, tal conducta no era suficiente para justificar el despido porque no existió un “perjuicio notorio para la compañía”. Sí concurría un perjuicio, pero de carácter potencial, en el sentido de que la visita a tales páginas podría haber infectado a la red informática, lo que no sucedió.

No todo cae en contra de las compañías. Para rizar el rizo es el caso que estudió el TSJ de La Rioja, que sí confirmó el despido disciplinario de un conductor de autobuses que en el libro de rutas escribió “puta empresa explotadora” o que “esto está lleno de hijos de …”. Es decir, se puede insultar a los jefes pero no a las empresas.


Una lluvia fina que va calando en los tribunales

La nueva oleada de sentencias que cuestiona las facultades directivas de los empresarios ha cobrado especial fuerza en los últimos doce meses. Se trata la denominada “Jurisprudencia Menor”, pero no por ello menos importante cuando se observan sus efectos prácticos. Por ejemplo, es difícil que el Tribunal Supremo estudie estos casos para unificar doctrina. Hay precedentes de este tipo de decisiones judiciales. El Tribunal Superior de Madrid tampoco consideró en 2005 como causa de despido las expresiones como “estoy hasta el coño de esta … empresa”. Para los jueces, se trató de un “desahogo verbal” tras conocer un cambio de puesto de trabajo. www.expansion.com- 14 Abril 2011

38 comentarios:

Anónimo dijo...

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Anónimo dijo...

Es increible como pueden haber este tipo de trabajadores en la actualidad. Estos son trabajadores que nunca debieron ser considerados por alguna empresa.
Ellos deben estar totalmente agradecidos a la organizacion en la que trabajan, deben tener en cuenta que la familia que tienen a cargo vive gracias al sueldo que se les paga.
Por otro lado, es lamentable que en un pais de "primer mundo" como muchos lo llaman tengan estos tipos de problemas y esos tribunales ya sea en Madrid, Andalucia o cataluña. Es obvio que con una gran economia no se puede comprar el agradecimiento, respeto y criterio.

seccion:604 alumno: german diaz
codigo:20070344

Anónimo dijo...

A traves de este artículo podemos darnos cuenta cuan importantes pueden ser las normas y politicas laborales.Es importante que el trabajador tenga las reglas del juego, referidas al ámbito laboral, muy claras para evitar en un primer lugar cualquier proceso legal que quisieran iniciar contra la empresa donde han laborado.
Sin embargo parece que aun estas normas tienen espacios en blancos, poseen un margen amplio de interpretacion que las vuelve algo flexibles ante las autoridades , como en los casos presentados en el articulo.Esto nos hace pensar o crea una interrogante acerca de cuan limitada tiene que ser la normativa laboral?.Creo que ni para la mayotia de empresarios o trabajadores resultaria beneficioso regirse por una normativa con tal limitacion que terminarian ahogandolos en su propio ambito.
Actualmente, las empresas han mejorado el tema de las normas y politicas pero como sabemos siempren habran personas,cuyos pensamientos y conductas pierden la objetividad del caso.

Karla Rojas Castillo
sec.604

Talía Castañeda dijo...

El presente artículo nos refleja la falta de objetividad de los tribunales de Justicia, la desconsideración de los empleados para con la empresa y, sin quitarle parte de la culpa a las organizaciones, la falta de estas en preocuparse poco por la idónea selección de su personal.
Cómo ese tipo de conductas no pueden ser sancionadas? Qué confianza podrían tener las empresas en realizar sus normas y políticas para que luego la Justicia los pase por alto? En mi opinión este problema debe ser solucionado de raíz y para eso las empresas deberán incidir aún más en la selección del personal. Deberán preocuparse por contratar a personas íntegras, con valores bien definidos, pues a estas alturas no solo importa el logro de los objetivos organizacionales por parte del trabajador, sino que estas acciones vayan de la mano con conductas moralmente aceptadas. Esto llevará a un mejor clima laboral, donde el trato entre empleador y trabajador será sinónimo de respeto y lealtad.

Talía Castañeda
Sección 703

Anónimo dijo...

En una empresa lo más importante son los trabajadores ya que ellos son los que la integran y representan, por consiguiente si son ellos mismos los que no tienen disciplina a la hora de trabajar agreden a sus superiores jerárquicamente, se drogan o hacen usos inadecuados de sus portátiles, no contribuyen a que haya una buena cultura organizacional en la empresa en cuanto que se incumplan ciertos valores de respeto y ética entre ellos mismos y que cada quien puede hacer lo que quiera, dejando del lado todo tipo de norma y reglamento, en sí esto si perjudica a que se cumplan los objetivos de la empresa.Yo creo que comportamientos como estos si deberían ser razón de despido y es realmente increíble que las tribunales respalde a aquellos trabajadores.

Pamela Infantas
Sec 604

Gonzalo Mendizabal dijo...

Definitivamente, se debe realizar una evaluación de la actual corriente doctrinal por medio de una manera distinta de interpretación de hechos o jurisprudencia.
Según lo señalado por el artículo, muchos trabajadores están realizando faltas graves en el lugar de trabajo, tales como agresiones, insultos, etc. Sin que sean despedidos del centro laboral, lo cual es sumamente dañino para la organización, ya que si los trabajadores evaden la sanción máxima, seguirán trabajando ahí, distorsionando el clima laboral, incitando de manera directa o indirecta a compañeros de trabajo a realizar actos similares y poniendo en duda la autoridad del empleador, lo cual quiebra la relación laboral en el centro de trabajo.
Habiendo dicho esto, los jueces deben tomar en cuenta la supremacía de la realidad en estos hechos, ya que si bien no afecta directamente su tarea profesional, sí afecta en grandes proporciones el clima laboral, lo cual definitivamente debería ser causa de despido por las acciones cometidas, es un tema básico de criterio.

Sección: 606

Linda Rojas dijo...

Es evidente que tanto los empleados como los empleadores buscaran siempre su conveniencia. Es necesario como empresa tener las cartas del juego bien establecidas, ya que de esta manera se puede evitar futuras demandas, se debe elaborar cuidadosamente un reglamento interno dejando la menor cantidad de espacios en blanco que puedan favorecer a que se formulen diversas interpretaciones.
Es necesario tambien como empleados, hacer respetar los derechos que nos corresponden, pero asi mismo tambien debemos respetar nuestras obligaciones y buena conducta hacia la empresa.
De ambas partes, se deben respetar los derechos y obligaciones, mantener siempre un ambiente laboral calido y estable, que permita lograr los objetivos de la empresa.
Cabe recalcar tambien que el sistema judicial debe mejorar, estudiar los casos a detalle y defender de manera justa los incidentes.

Linda Rojas
Cód. 20061966
Sección 606

Anónimo dijo...

Este articulo nos muestra la falta de objetividad de los tribunales de justicia y el vacío legal en las políticas laborales actuales. Si bien es cierto, una falta de respeto no implica un despido inmediato, implica una sanción acorde a la gravedad de la falta según la escala de sanciones por parte del empleador (amonestación verbal, amonestación escrita, despido) ya que no afectará directamente a la compañía pero afecta el clima laboral, la productividad de los demás colaboradores e indirectamente a la compañía.

Anónimo dijo...

Me olvide de poner mi sección...

Christopher Landauro A.
Sección 604
Relaciones Laborales

Anónimo dijo...

El respeto por los demás es un valor necesario en una sociedad, y mas aún dentro de una empresa, que supone ser un ambiente formal. Las relaciones interpersonales en el trabajo han cambiado mucho; cada vez se vuelven más informales. A pesar de que esto ha impactado de muchas maneras de forma positiva a las relaciones laborales (como por ejemplo dinamizar la comunicación; ésta se ha vuelto bilateral y promueve el intercambio de ideas y opiniones), también ha tenido consecuencias negativas, como por ejemplo las mencionadas por el artículo.
Me parece que los tribunales de justicia están tomando muy a la ligera ciertos comportamientos. Por un lado, yo también defendo la libertad de expresión y creo que la confianza se debería de promover dentro de la empresa, pero siempre respetando los límites y siguiendo las políticas y reglas dentro del trabajo. Me parecen inaceptables las conductas que describía el artículo; es obvio que las malas relaciones interpersonales, los insultos, los golpes, el portar drogas y vistar páginas pornográficas, van a afectar negativamente a la organización, aunque el impacto sea indirecto.
Por otro lado, también considero que el empleador o en este caso, el encargado de RRHH no puede ser absuelto; deberían tener más cuidado al evaluar a sus trabajadores e intentar estar informados de su descontento con la organización antes de que llegue a esos extremos.

Lucia Carreño
Sección 606

Anónimo dijo...

En mi opinion creo que la imagen de la empresa tambien va de la mano con los trabajadores ya que son ellos los que la representan y creo q en ninguna empresa pueden haber trabajadores con estas actitudes por mas exaltados tensos por dicha situacion ya que ahi se ven los valores , la educacion y la clase de gente que estan contratando.
Por otro lado las empresa tiene que hacer respetar las normas y que nadie las desobedezca ya que sino todos pondrian normas y serian en vano y todas las empresas terminarian en caos con los empleados.

Manuel Guzman tan Jun / sec 604

Anónimo dijo...

Creó que es inaudito que los tribunales sean tan “suaves” con las acciones como pegar al jefe, insultarle, acudir al trabajo con droga o visitar páginas porno desde el portátil de la empresa, y no ser suficiente para que sean despedidos que sería lo más razonable, ya que estas acciones atentan contra la integridad física de la persona lo cual es una falta muy grave, por otro lado, ingresar al trabajo con droga la cual es ilegal en el Perú debería obligar al trabajador a salir automáticamente de la empresa al contar con sustancias ilícitas.
Opino que en el caso por el tribunal superior de Madrid la “tensión extrema” no justifica la falta de respeto a los superiores y que merece un llamado de atención como advertencia por si ocurre en oportunidades posteriores tomar cartas en el asunto. Creo que no es justo que el tribunal tome las decisiones tan a la ligera ya que ellos esperan que se perjudique a la empresa de manera seria en lugar de sancionar las faltas pequeñas para que los trabajadores se den cuenta de sus errores y los tomen en cuenta para ser mejores personas y reflejen de manera positiva la empresa donde ellos desempeñan sus labores.

Fernando Gonzalez Seccción:604

Anónimo dijo...

Hoy en día las empresas estas optando por tener un comunicación mas flexible entre los integrantes de las organización, con la finalidade que se puedan alcanzar niveles más elevados de resultados.

Pero esto, sin duda , no es pretexto para que los colaboradores de una organizacion abusen de la confianza otorgada por parte de sus superiores. Está descontado que debe existir siempre un mínimo indispinsable de respeto asia al prójimo y más aún en e centro de labores, ya que es en este campo donde las personas pasan un proporcion importante de horas al día y es necesario tener las mejores condiciones en cuanto ambiente laboral se refiere.

Yo creo que los encargados de llevar a cabo el proceso de selección de personal tienen que tomar en cuenta ciertos patrones al momento de evaluar a los futuros empleados y poner más enfasis a los problemas expuestos en el caso . Así como el mayor control a los problemas que se puedan presentar en e camino.

Estefano Palacios
Sección 606

Anónimo dijo...

Actualmente en toda empresa los empleados están sujetos a una relacion laboral con sus empleadores quienes al registrar el ingreso de nuevo personal a su empresa les entregan el muy conocido "Reglamento Interno de Trabajo" que tiene por objeto normar y regular la relacion con sus trabajadores dentro del marco de los valores, cultura y principios de la compañía sujetos a las disposiciones legales vigentes, dejando claramente descrito cualquier escenario que pueda darse por amba partes y que pueda conllevar a un despido inmediato evitando con ello que el empleado lleve su caso a un tribunal y se aprovechen de la lectura entre líneas q permita sacarle la vuelta a las normas prviament estipuladas en el contexto laboral. Asimismo esto no excluye a que los trabajadora se asocien y conformen un sindicato en defensa y promoción de aus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral a través de ellos los empleados piren negociar con sis empleadores lo referente a salarios y condiciones de trabajo dando lugar a un contrato colectivose trabajo dejando en claro cualquier circunstancia o escenario que ocasione un despido sin opción a reclamo siendo una de las soluciones mas clara ante lo descrito en la lectura.


Raisa Cancho
Sec. 501

ANTONIO LOZA G. dijo...

El artículo publicado nos hace reflexionar acerca de la importancia del proceso de seleccionar y reclutar al personal. Así como también la importancia de crear un clima laboral favorable para todos de la organización. Es muy probable que muchas de éstas personas actuaron de tal manera debido a que existen leyes que los amparan, pero éstos actos no contribuye a nada bueno para la CIA ni al empleado. Es por eso la importancia de crear un clima organizacional favorable para evitar los incidentes antes publicado.
REL.LABORALES (606)
ANTONIO LOZA GELDRES

Ivan Maximiliano dijo...

PODEMOS VER EN ESTE ARTICULO UN CONFLICTO ENTRE LO LEGAL Y LO ETICO, LAS CONDUCTAS DE LOS EMPLEADOS MENCIONADOS SON ETICAMENTE REPROCHABLES(SOBRE TODO EN EL CASO DE LA PORNOGRAFIA PIENSO) PERO PARECE QUE PARA LOS TRIBUNALES NO ES ILEGAL, ASI QUE DAN FALLOS A FAVOR DE LOS EMPLEADOS POR EL SIMPLE HECHO DE QUE JURIDICAMENTE NO ESTA ESTIPULADO, A MI PARECER GOLPEAR AL JEFE ES UNA FALTA GRAVE. POR OTRO LADO CREO QUE LAS EMPRESAS PUEDEN PROTEGER A TODOS LOS EMPLEADOS DANDO POLITICAS MAS ESPECIFICAS QUE NO ATENTEN CONTRA LA LIBERTAD DEL TRABAJADOR PERO QUE MARQUEN UN LIMITE ENTRE LO QUE LA EMPRESA CONSIDERA COMO UNA CONDUCTA APROPIADA EN EL TRABAJO. ADEMAS LOS MANUALES DEBEN ESTIPULAR NORMAS CLARAS Y SANCIONES ESPECIFICAS CON RELACION A TEMAS DE PORNOGRAFIA Y CONDUCTA VIOLENTA, QUE EN EFECTO NO DAÑAN LA PRODUCCION DE LAS EMPRESAS PERO SI QUE LASTIMAN EL BUEN CLIMA LABORAL.
IVAN MAXIMILIANO
SECC 604

Anónimo dijo...

Podemos darnos cuenta del vacío sustancial que existe entre los intereses de las empresas por mantener su dignidad como tal, y el estado como defensor de tal propósito. Creo que un principio la intención de proteger al trabajador contra el abuso de su empleador fue una buena acción. Pero ahora, tornar cada mala acción cometida por los trabajadores en un juego de palabras, hace que se pierda el sentido de transparencia.
No es posible que se llegue a extremos de considerar que una expresión ofensiva hacia los superiores sea tan solo un "desahogo verbal". Esto rompe todas las reglas de respecto entre los trabajadores y la empresa.
Si bien es cierto que muchos de estos trabajadores no pueden ser removidos, el ambiente laboral que se genera luego de una situación despido-apelación, debe asegurar la incomodidad de todo el equipo de trabajo. Estoy segura que después de un tiempo, el mismo trabajador se sentirá forzado a retirarse de la empresa por propia voluntad, además que sería probable que al postular a otro empleo, sus antecedentes sean revisados y sea rechazado por esta nueva empresa que preferiría ahorrarse el mal rato con esta persona.


Ximena Caballero
Sección 604

Anónimo dijo...

En el artículo podemos comprender lo importante que son las áreas de recursos humanos para soporte de en una empresa.
Considero que Reclutamiento y Selección debe de contratar personas no solo capaces para el puesto; sino también estables emocionalmente para que sepa entender las decisiones de la empresa y pueda actuar inteligentemente ante una situación problemática o de injusticia.
La comunicación constante es un arma para combatir cualquier situación confusa y que ayuda a los colaboradores a actuar de manera adecuada.
Otro punto importante es el de la ética del trabajador, se debe actuar de manera moralmente aceptada en una empresa, no se debería de actuar de tal manera que el comportamiento de uno incomode u ofenda directamente al compañero de trabajo.


Víctor Espinosa
20052605

Luis Lara Narváez dijo...

En este artículo se pueden ver algunos casos en que la justicia se muestra muy suave protegiendo al trabajador que ha cometido cualquier acto indebido dentro de la empresa. Por tal motivo, los empresarios deben definir detalladamente los reglamentos de la empresa para evitar que su imagen de autoridad se vaya erosionando ante cualquier intento fallido de despedir a un trabajador que no rinde en la empresa o comete una falta grave. Además, se debe tener pruebas que comprueben que un trabajador cometió una falta, ya que éste se defenderá ante una justicia que suele ser flexible ante acusaciones de despido. En caso de no ser despedido, se generará posteriormente una mala relación laboral, como también que la productividad de la empresa baje.

Luis Lara Narváez
Sec. 604

MAURICIO RUIZ dijo...

No es posible que en estos casos la justicia se ponga del lado del que cometió una falta grave y que perjudique a la empresa debiado a que si no tienen la facultad de poder despedir a una persona porque no acata las reglas y hace lo que quiere dentro de la organización se esta dando un mal ejemplo a todos los empleados ya que van a pensar que pueden hacer lo que se le pega la gana en la organización sin tener consecuencia alguna.
Estoy de acuerdo con que se pueda proteger a un trabajador de un despido injusto, pero si se comete una falta grave como en los casos que se a mencionado es justificable el despido sin lugar a reclamo.

Felipe Rodriguez dijo...

Este artículo es muy interesante ya que nos permite ver como hay trabajos de conducta deprochable y que no representan, a diferencia de otros, parte del capital humano de la organización.

Pero también es importante ponernos en el contexto del artículo es decir el contexto de la normativa laboral del país de origen, en este caso: España.

Todos los casos comentados en el artículo tienen su origen en España y en todos el trabajador salió bien librado, esto seguramente se debe a una muy buena labor por parte de sus abogados acompañados de una situación netamente de legislación laboral en la que sin duda se puso sobre la mesa muchos derechos de los trabajadores pero también obligaciones(cumplimiento de políticas internas) y en el balance general de las mismas el juez decidió fallar a favor del empleado.

Lo que nos debe de importar más aya de si lo que hicierón los trajadores estubo bien o mal, es que hubiera pasado si dicho comportamiento lo realizaba un trabajador aqui en el Perú.

Por ejemplo que pasa si un trabajor de una empresa nacional comienza a insultar de manera interrumpida a su jefe, acto seguido este lo despide y entonces comienza toda la batalle legal.
Punto 1: En las políticas internas no específicaba nada acerca de insultos. (Quizas por un tema de obiedad pero nunca se específico)
Punto 2: La empresa califica dicha situación como falta grabe dentro de la organización, no solo si la hace dicho empleado, si no de manera general. Es decir no esta discriminandolo.
Punto 3: En el proceso legal se presentan una serie de artiículos de legislación laboral por ambas partes entrando en un conflicto netamente judicial.

¿Qué sucedería?, Si luego de diversas seciones el juez decide que de las diversas normas presentadas se pueden derivar muchas interpretaciones, termina favoreciendo al empleador.

Es decir que aquí en el Perú y dentro del marco de la ley también pueden ocurrir dichas situaciones evidentemente todas bien cubiertas por un buen dominio de la legislación laboral.

Es por eso que es fundamental implementar un proceso muy intenso de selección que evite pasar por esos problemas.

Felipe Rodriguez Vargas.
Aula 604
Relaciones Laborales
sw

Evelyn Galdos dijo...

Definitivamente al leer el artículo como empleador, genera un gran sentimiento de desazón, en donde el empleador es el “malo de la película”, el que abusa de sus trabajadores y es el único beneficiado en la relación.
Sin embargo, el artículo no hace más que reflejar el sentimiento de que el empleado es un ser “débil”, el cual tiene permiso y aprobación para portarse de manera irresponsable e irrespetuosa. Menciono la palabra débil entre comillas, porque si existe un sistema de protección, es porque se entiende que el empleado se encuentra en desventaja, ya que es el que no posee poder dentro de la compañía o en todo caso, posee poder en un grado menor. Pero el artículo refleja esta característica bajo un marco de debilidad orientada a acciones siempre justificadas por la presión del trabajo o la sobre exigencia del mismo. Razones a mi parecer insuficientes para incurrir en actitudes irreverentes e irrespetuosas.
Por otro lado, el artículo refleja la necesidad de clarificar y desarrollar la legislación vigente, para que no de pase a malas interpretaciones o “sacadas de vuelta” a la ley y permita que todos los juicios o casos se desarrollen de manera correcta y clara, con un empoderamiento balanceado para ambas partes.

Evelyn Galdos - 20040492 - Sección 606

Anónimo dijo...

Me pareció sorprendente leer sobre estos casos que han ocurrido en España últimamente, aunque el artículo se baso sólo en exponer lo sucedido sin ver ningún argumento departe del empleado ni del empresario. Me pareció un poco ambiguo y general como para poder unirme a algún bando ya sea el de estar en desacuerdo con el poder judicial o defenderlo.
Por un lado me parece que hay una falta de educación, formalidad y profesionalidad departe del empleado. Una persona con buena moral y sentido de clima organizacional, no debería estar viendo pornografía ni insultando a su jefe. Esto no solo crea problemas en el espacio laboral sino también crea conflicto. Por respeto a sus demás compañeros de trabajo, por seguir las normas y respetar a la empresa que tuvo la confianza de contratarlo, no debería expresar tal comportamiento.
Por otra parte, la empresa puede hacer bastantes cosas para evitar tales accidentes. Un buen jefe de área o empresa tiene la responsabilidad de tratar con respeto, paciencia y justicia a sus empleados. Me imagino que estos empleados que insultan a sus líderes es por algo. De repente el trabajo es demasiado pesado, no los tratan bien y los explotan, o su jefe los puede maltratar e insultar. Un humano no puede tolerar este tipo de estrés ni falta de respeto y tiene la autoridad y libertad de actuar ante ello. Habrán consecuencias pero hacerse respetar es primordial. Ha habido bastantes casos en el que el jefe es el que maltrata de bastantes maneras a sus empleados, y no estaría sorprendida si es que este fuera el caso.
Otra de las razones por la cual la empresa pueda tener la culpa es por falta de una norma de conducta, o manual de funciones. Sin estas bases un empleado puede tener la confianza de sentirse en casa y hacer lo que el o ella guste. Sabiendo cuales son sus barreras, que esta permitido de hacer y que esta estrictamente prohibido hacer, el empleado esta siendo advertido a no actuar de la manera contraria o sino puede ser despedido.
En el caso de los jueces ellos deben tener razón de porque no haberlos suspendido o despedido. No creo que estén actuando de defensores del pueblo, o derepente no quieren mas desempleo ya que España esta en una situación crítica en relación al desempleo y económicamente.


Gabriela Ibarcena
20082269
604

Anónimo dijo...

A veces la justicia toma decisiones que uno no llega a entender. En este artículo vemos una serie de casos en lo que increíblemente no se ha llegado a despedir al empleado (máxima sanción al trabajador), porque, según la justicia, no había pruebas suficientes. En mi opinión el empleado merece ser apoyado por la justica, porque las empresas, generalmente informales, abusan del empleado; sin embargo, debería hacerse lo mismo con los empleadores. Así como los empleados tienen derecho, los empleadores también tienen sus derechos. Recordemos que el empleado está subordinado al empleador, por ello debe cumplir con lo que el jefe diga. Cuando hay problemas en la empresa y el empleado agrede verbalmente e incluso físicamente al empleador, sin duda, se debe despedir al empleado, porque se estaría violando la política de la empresa y el contrato de trabajo.

Sección: 604
Julio Reyes Sánchez

Diego Rojas dijo...

Es evidente que en nuestros días, el concepto de buena conducta laboral y sobretodo la muestra de moral se está perdiendo cada vez más, ya que a los trabajadores de diferentes organizaciones les importa trabajar para beneficiarse sin considerar otros aspectos importantes como su modo de tratar a los demás, el lenguaje comunicativo apropiado y el buen uso de todo lo que le corresponde a la empresa.
En la actualidad vemos que no es nada alarmante ver a los trabajadores en sus oficinas actuando con conductas inmorales que lo único que conllevan es la pérdida de tiempo y sobretodo de productividad.
Podemos darnos cuenta de que cada vez se sancionan con menor frecuencia el hecho de que un trabajador actúe de manera indebida en sus centros de labor, por ejemplo, fumando cigarrillos en exceso, hablando por teléfono más de la cuenta en asuntos fuera de lugar, utilizando las computadoras para chatear e incluso ver contenidos pornográficos, consumir alcohol, drogas, entre otras actividades que darían motivos para despedir al trabajador pero hoy en día el único castigo es no hacer nada.
Este mal comportamiento genera que los trabajadores tengas actitudes de rebeldía, soberbia y menosprecio e incluso llegan a generar conflictos hasta el punto de insultar o actuar agresivamente frente a sus compañeros de trabajo, subordinados y altos mandos.
Debemos tomar conciencia para no repetir estos errores y tratar de corregir estas malas actitudes o malos hábitos que cada vez son más notorios en muchos integrantes de una organización, en definitiva, debemos tener en alto que si queremos ser buenos profesionales, a la vez debemos ser buenas personas.

Diego Rojas
Sec 606

Alejandro Wong dijo...

En este articulo podemos observar como el ámbito legislativo, en este caso Español, blinda al trabajador en caso de que el contratador quiera despedirlo por diversos motivos, como los mencionados en el caso (Agresión física y/o verbal, portación de droga, ver pornografía), no solo teniendo en cuenta: a quien se lo hace, sino también en el contexto en el que se lo hace, ya que eso se puede alegar como “tensión laboral” ó “ansiedad” entre otros.
Todo esto debido a que las leyes protegen al trabajador ante cualquier caso de duda en el contexto en el que el incidente ocurre, con un trabajador o con el mismo jefe, al mismo tiempo en cualquiera de estos casos, no se puede ocasionar el despido, a menos que sea de fuerza mayor ó que este agreda física y/o verbalmente a la misma empresa que dentro de este contexto se podría referir a esta como un ente mayor, ya que la empresa es una Persona Jurídica y que esta es el contratador real; y por eso, el jefe también es un empleado.

Alejandro Wong secc 604

kenji arakaki dijo...

Me parece realmente increíble como la normativa laboral disciplinaria de la corte suprema de diferentes países puede ser tan permisiva y muy tolerante con comportamientos que están muy fuera de lugar y son hasta vulgares y obscenos. A este paso me parece en mi opinión que las normas y políticas en cada empresa están de adorno porque ni siquiera el orden normativo mayor que son los jueces, promueven que se respete y que esta prácticamente prohibido incumplirlas. Si sigue así, esto a largo plazo formara un caos en los centros laborales y muchos problemas entre el empleador y el empleado que quiere hacer lo que quiera ya que se siente respaldado por la ley.

En conclusión pienso que los jueces deberías ser mas imparciales, mas justos con los empleadores y mas estrictos con los trabajadores.

Kenji Arakaki
Sec : 604

Anónimo dijo...

La armonía entre un empleado y un empleador es importante dentro de una empresa, como también el cumplimiento de los pincipios constitucionales laborales. En este caso esta muy bien aplicado el tercer articulo: interpretacion favorable al trabajador en caso no sea entendible una norma de la empresa. Incluso los jueces en casos como (pronografia, violiencia fisica y verbal, consumo de drogas) brindan una justificacion favorable al trabajador asi que las empresas no tienen mucho que objetar.

Ahora mi opinion con respecto a este caso es la falta de respeto que se esta dando en algunas empresas, si bien se esta cumpliendo con los principios del trabajador, se atenta a la integridad y los derechos de la persona.
En relacion a los jueces creo que tratan de buscar la sin razon en casos como los expuestos o la mala intencion que tienen contra las empresas, deberian titular a peronas mas serias y con mayor criterio.
Y en cuanto a la empresa, pueda ser el caso que sus normas y politicas no esten bien redactadas, asi deberian darle mas enfasis al tema "induccion" para no llegar a estas ultimas instancia desfavorables para la empresa.

Relaciones Laborales
Secc.: 604
Nombre: Rodrigo Hidalgo Bellina
20060545

Cinthya Vela dijo...

El caso nos muestra un claro ejemplo de la relacion entre la productividad del trabajador y los aspectos personales que hay en ellos, si bien es cierto que la vida privada de los trabajadores es un tema muy personal de cada uno, esto no tiene por que incidir en el desempeño laboral si este es muy eficiente. Este tipo de conductas deberian ser calificadas como sanciones severas siempre y cuando no afecte la productividad del trabajador ni la imagen directamente de la empresa y por tanto la percepcion con el cliente.

Cinthya Vela Murga
20052238
seccion: 604

Anónimo dijo...

En realidad no es tan jalado de los pelos, el trabajo muchas veces es estresante y en realidad las personas bajo estres o situaciones muy incomodas puedes reaccionar de manera equivocada y no amerita la pena maxima, por otro lado creo que la violencia fisica si podria ser una causa mas que suficiente de un despido si este ya tiene antecedentes.
Por otra parte con respecto a lo de las drogas o las visitas a paginar pornograficas, creo que se pueden evitar con una mejor seleccion de personal ya que con test psicologicos o alguna otra herramienta se pueden detectar esas desviaciones que a la larga le pueden dar mala imagen a la empresa si se hace publica.

Alumno: Daniel Fernandini
Codigo: 20061552
Sec: 604

Cinthia Acosta dijo...

Dan mucho que hablar estos casos, donde nos damos cuenta de cuan importantes son las normas y politicas de la empresa, pues los empleados deben estar muy informados sobre la conducta y reglas que deben cumplir para que puedan estar en un ambiente armonioso con sus empleadores. En estos casos, para mi los jueces son muy flexibles y cuestionan demasiado el poder de direccion de los empresarios. El que un colaborador falte el respeto a su superior es una falta muy grave y;sin embargo, los empresarios se encuentran limitados a prevenir dichos actos indisciplinarios. Puede ser que estas conductas se creen a partir de la extrema tension y conflicto laboral dentro de la empresa, pero esto no las justifica. Lo mas importante es que los empleados tengan las reglas muy claras, pues la disciplina laboral es escencial para que se pueda tener un ambiente en armonia.

Cinthia Acosta Adanaque.
20082010
sec. 604

Cinthia Acosta dijo...

Dan mucho que hablar estos casos, donde nos damos cuenta de cuan importantes son las normas y politicas de la empresa, pues los empleados deben estar muy informados sobre la conducta y reglas que deben cumplir para que puedan estar en un ambiente armonioso con sus empleadores. En estos casos, para mi los jueces son muy flexibles y cuestionan demasiado el poder de direccion de los empresarios. El que un colaborador falte el respeto a su superior es una falta muy grave y;sin embargo, los empresarios se encuentran limitados a prevenir dichos actos indisciplinarios. Puede ser que estas conductas se creen a partir de la extrema tension y conflicto laboral dentro de la empresa, pero esto no las justifica. Lo mas importante es que los empleados tengan las reglas muy claras, pues la disciplina laboral es escencial para que se pueda tener un ambiente en armonia.

Cinthia Acosta Adanaque.
20082010
sec. 604

Cinthia Acosta dijo...

Dan mucho que hablar estos casos, donde nos damos cuenta de cuan importantes son las normas y politicas de la empresa, pues los empleados deben estar muy informados sobre la conducta y reglas que deben cumplir para que puedan estar en un ambiente armonioso con sus empleadores. En estos casos, para mi los jueces son muy flexibles y cuestionan demasiado el poder de direccion de los empresarios. El que un colaborador falte el respeto a su superior es una falta muy grave y;sin embargo, los empresarios se encuentran limitados a prevenir dichos actos indisciplinarios. Puede ser que estas conductas se creen a partir de la extrema tension y conflicto laboral dentro de la empresa, pero esto no las justifica. Lo mas importante es que los empleados tengan las reglas muy claras, pues la disciplina laboral es escencial para que se pueda tener un ambiente en armonia.

Cinthia Acosta Adanaque.
20082010
sec. 604

Diego Cardenas dijo...

increíble, no pensé que esto ocurriera en la practica. felizmente por lo visto solo en España o en Europa. yo creo que una falta, por ejemplo, el insultar o agredir a un jefe o superior puede y debiera ser considerado causa o motivo para la separación momentánea o definitiva de la empresa, con respecto a las leyes deberían ajustarlas un poco mas para que no perjudiquen a las compañías y por otro lado tampoco perjudiquen a los trabajadores sino, que allá un equilibrio entre las dos partes.

Diego Cardenas
secc: 604
20062383

Anónimo dijo...

Es evidente que aún quedan muchos aspectos que tallar en cuanto a normas y reglas laborales. Si bien los empleados tienen derechos y existen principios constitucionales que los respaldan, esto no debería aminorar la facultad de las empresas de dirigir y establecer politicas y normas que demuestren su poder de direccion, control y fiscalización en cuanto a sus subordinados.

No puede ser que aún con pruebas de que los trabajadores estan incumpliendo las politicas y sus deberes, en muchos de estos casos, e incluso violando los derechos de los empleadores (Constitución Política del Perú 1993 - Articulo 2º.- Toda persona tiene derecho: a su integridad moral - Nadie debe ser victima de violencia moral, fisica y psiquica) insultándolos y atentando físicamente en contra de ellos. Estos trabajadores sean reintegrados a las empresas. deberian ser despedidos con toda razón y justificación.

En mi opinión, al no despedirlos, estarian causando nuevamente conflictos laborales, ya que la confianza y la imagen de ese trabajador no sera la misma para los empleadores y jefes. El clima laboral se ve afectado y evidentemente no es bueno para le empresa entera.
Por tanto, creo que se debe realizar ajustes en las normas y leyes laborales PRO-trabajador. Y evaluar el grado al que éstas pueden favorecer a los trabajadores.

Andrea Cuentas Torres
SECC: 604
COD: 20090305

diana iris alvarez calderon dijo...

es importante que se definan muchos supuestos, desde que es agresion fisica y verbal, hasta si la accion cometida daña a la empresa. por ejemplo en el caso de que el trabajador acuda al trabajo con estupefacientes hay una clara incidencia y repercusión en la tarea que este trabajador pueda desempeñar, y se tuviera que analizar hasta que punto la empresa misma es la responsable de estos hechos porque esta claro que la empresa tiene un estricto control sobre el reclutamiento, ese es trabajo de recursos humanos, aun asi, si se escapa de las manos, las empresas tienen politicas que deben ser presentadas a los trabajadores a la hora de contractarlos, es necesario que exista en la empresa una clara definicion de los hechos que una trabajador hace y que pueda ser sancionado. creo que la parte esencial esta en definir las politicas de la empresa de que comportamientos son los adecuados,tambien es necesario una definion clara de los perfiles de puesto y que tareas y roles cumplen y que comportamientos son sancionados. es importante que el tribunal tenga leyes mas complejas que puedar abordar casos en los cuales los trabajadores no necesariamente tengan la razones, o que incluyan sus limites. para que haci haya mas igualdad en el trato que se le da al trabajador y a la empresa.
es necesario que haya un organismo que se encargue de estudiar casos especiales que requieren de analisis para dar una sentencia.
diana alvarez

Unknown dijo...

Lo primero que habría que tener en consideración es que no habría un muy buen desempeño del área de Relaciones Laborales. Si bien suena casi ridículo hacer un comentario de ese tipo con los ejemplos de trabajadores que se nos presentan en el artículo, algo que habría que reconocer es que sin duda hay una total carencia de buen clima laboral en el ambiente de trabajo. Por otra parte, el hecho del incumplimiento de las leyes está presente, siendo pues la agresión a otro compañero, aunque sea la personas encargada de despedir a uno, resultaría se motivo de presentar como menos una denuncia.

Por otra parte, si bien es cierto que es importante darle al empleado la protección necesaria y capacidad de defenderse así mismo, no puede ser que la empresa no cubra puntos particulares en la formación de contratos individuales o colectivos de trabajo, dejando una cierta libertad de interpretación de la constitución y de los derechos del empleado.

Si bien el empleado es el "bien" mas valioso de una empresa, la compañía debe defenderse también de la mejor manera, protegiendo además la integridad de los demás empleados, el buen uso de sus capitales, la imagen de la empresa, etc. No permitir que ideas como "tenía drogas pero no las iba a usar en horarios de oficina" sean viables para defender una falta grave válida incluso para despido.

Establecer normas de trabajo, pautas claras, reglamentos rígidos y cláusulas invariables, no implica, no simepre al menos, una empresa mezquina o abusiva, implica un interés por llevar por el mejor camino una compañía que merece respeto de todos los miembros de la misma.

Sección 604. Víctor Larrea

Anónimo dijo...

En este artículo se puede dar uno cuenta de los excesos que toman los trabajadores en su lugar de trabajo, sin importarle la conducta apropiada quedebería tener en su área de trabajo. Si bien hay un Manual de Normas y Conducta que debería haber en toda empresa sobre todo en las empresas grandes; el estado a través de su Tribunal Constitucional debería hacer respetar las normas de conducta establecidas por la empresa, sino no tendría sentido su existencia. En las leyes Peruanas se da el beneficio de duda hacia el trabajador empero se debe analizar cuidadosamente el caso que se presente, porque no sería justo que el trabajador cometa un falta grave hacia la empresa y luego el Tribunal falle a favor del trabajador y este sea repueso a su cargo.
Maritza Pereda
20091791
Sección 608