lunes, 12 de enero de 2015

Administración de Remuneraciones

NUEVO RÉGIMEN LABORAL JUVENIL

Fuente. www.elcomercio.pe

El nuevo régimen laboral juvenil, que busca reducir el desempleo y la informalidad que afecta con mayor crudeza a los jóvenes de entre 18 y 24 años -de acuerdo con el ministro de Economía y Finanzas,Alonso Segura-, su creación ha despertado la indignación de muchos sectores que consideran que desprotege laboralmente a este sector de la población. 
Pese a que, como toda norma, es perfectible, muchas de las críticas que han llovido sobre la norma laboral muestran desconocimiento sobre algunos puntos de la Ley 30288, que vale la pena aclarar para que el debate se centre en si reducir los costos laborales es suficiente incentivo para efectivamente combatir la informalidad y el desempleo.

Pero, antes que nada, es importante aclarar que el régimen no es obligatorio y que dentro de la negociación entre el trabajador y el empleador se puede determinar que este último goce de más beneficios. 

1. Se despedirá a mayores de 25 años para contratar a jóvenes

El artículo 22 de la norma prohíbe expresamente el despido de trabajadores para que sean sustituidos, en el mismo puesto y funciones, por jóvenes contratados bajo el nuevo régimen laboral juvenil.

El incumplimiento del empleador de esta prohibición es considerado como falta muy grave en materia de relaciones laborales, por lo cual, cualquier trabajador que sufra un despido por este motivo puede presentar su denuncia ante el Ministerio de Trabajo, por teléfono (al 315-6000) o en su página web. El empleador que se encuentre culpable de esta falta recibirá una sanción de S/.76.000.
Asimismo, se especifica que una empresa solo podrá tener bajo el régimen laboral juvenil como máximo al 25% de su planilla.

2. Los jóvenes no tienen ningún beneficio laboral
Aunque la norma, efectivamente, determina que los jóvenes de entre 18 y 24 años que acepten incorporarse a una empresa bajo el nuevo régimen laboral juvenil no puedan recibir CTS ni gratificaciones y solo cuenten con 15 días de vacaciones al año, no es cierto que no tengan ningún beneficio laboral y, por lo tanto, no tengan ningún incentivo para dejar la informalidad.

A diferencia de lo que sucede en el sector informal, los que ingresen al nuevo régimen tendrán acceso a un seguro de salud (Essalud), a un sistema de pensiones y tendrán derecho al pago de horas extra, a un descanso semanal obligatorio y en los días feriados.

Asimismo, se especifica que en caso de despido injustificado recibirá una indemnización equivalente al sueldo de 20 días. Aunque esta es menor a los 45 días que se pagan en el régimen general, representa una cierta protección contra este tipo de abusos.

3. Es un régimen más abusivo que los vigentes
Como muestra el cuadro elaborado por el área laboral del Estudio Miranda & Amado, el régimen laboral juvenil es bastante similar a los que se crearon para la microempresa y los trabajadores agrarios, e incluso en algunos casos, como las indemnizaciones por despido, las condiciones son mejores.


4. Se les quitará beneficios a los jóvenes que están trabajando actualmente

La Ley 30288 determina que el nuevo régimen laboral juvenil solo podrá aplicarse a aquellos jóvenes de entre 18 y 24 años que estén desempleados, es decir, que nunca hayan estado en una planilla o que hayan pasado más de 90 días desocupados.

Además, se especifica en el artículo 3 que este régimen no se aplica a los jóvenes que ya tengan un contrato bajo las reglas de juego del régimen general, quienes conservarán los beneficios que estipula su contrato. Asimismo, señala que tampoco se aplica a los jóvenes que estén contratados bajo el régimen general que cesen con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley y que sean contratados por la misma empresa.

5. Las empresas no los capacitarán si no les apetece

En el artículo 19 de la norma se especifica que es una obligación de las empresas capacitar a los jóvenes para el trabajo, de modo que se incremente su productividad y empleabilidad.

Para hacerlo, pueden aprovechar los beneficios tributarios que ofrece el Gobierno en el artículo 20, que le permite a las empresas dejar de pagar impuestos por cada sol que inviertan en capacitar a los jóvenes bajo el régimen laboral juvenil hasta por el equivalente al 2% de la planilla, es decir, de su gasto total en pago de personal.

Este es uno de los aspectos más importantes de la ley, pues asegura que los jóvenes, una vez dentro del mercado formal, adquieran habilidades que le permitan conseguir un empleo con mayores beneficios dentro del régimen general.

Asimismo, el empleador deberá exigir a los jóvenes que no hayan terminado la secundaria que regresen a las aulas antes de que se cumplan dos meses desde la contratación.

7 comentarios:

Christian Giha dijo...

xxx

Anónimo dijo...

En mi opinión esta ley va en la dirección correcta porque es una gran OPORTUNIDAD para que los jóvenes se empleen, obtengan experiencia y se capaciten en tanto puedan conseguir un trabajo con más y mejores condiciones en el futuro, recalco el término oportunidad puesto que tampoco es que sea una situación indefinida para los mismos.

Hay que recordar que el gran problema del País reside en la informalidad, el subempleo y el desempleo y estos existen porque las trabas y los sobrecostos que deben afrontar los empresarios, sobre todo los pequeños empresarios, exceden a su capacidad.

Es muy posible que sin esta ley los jóvenes se demoren muchísimo más tiempo en conseguir un trabajo que les sirva de puente para abrirse a más oportunidades.

Mi conclusión es simple, no es como muchos lo pintan o tratan de hacerlo ver injusto para los jóvenes que recién se integran al mercado laboral ( porque como bien dice el artículo si bien se les cortaran algunos beneficios no es que ello suponga un total y completo atropello a todos sus derechos en materia del tema).

lo cierto es que se trata simplemente de una ley que intenta beneficiar a todos, porque además de darle una oportunidad a los jóvenes, representa un incentivo a la inversión aliviando los sobrecostes laborales de las empresas y buscando estimular el desarrollo del país.

José Carlos Solis

Anónimo dijo...

Para mi este nuevo régimen juvenil sería una buena iniciativa si esta se adaptara más a la realidad del país.
Si bien es cierto existe una gran mayoría en el sector laboral que aun operan bajo un sistema informal. Por esa razón es una buena idea tratar de combatir esta informalidad pero en mi opinión aun este régimen está lejos de una equidad en las empresas con respecto a los jóvenes, no se puede combatir un problema generando otro.

Muchos sectores de la población afectada: universitarios y partidos políticos han realizado marchas en contra de esta nueva ley generando violencia y manifestando su descontento. ¿Es en ese ambiente la situación ideal para realizar un trabajo? ¿No afectaría el desempeño de estos jóvenes en sus puestos? Por supuesto que sí. Un trabajo debe realizarse bajo condiciones en las que tanto el empleador como el contratado estén de acuerdo con las especificaciones de su contrato y que este último este motivado para realizar la función del puesto.

SI bien el régimen propone una serie de cambios en los beneficios de los jóvenes para así poder reducir costos en las empresas, me parece que aún podrían hacer algunas modificaciones. Por ejemplo en el tema de la duración del contrato: no debería ser mayor a 2 años ya que es tiempo suficiente para que la persona pueda adquirir los conocimientos y la experiencia necesaria. Así mismo el uso de la capacitación debería ser obligatorio por las empresas ya que uno de los beneficios más importantes para las personas jóvenes es adquirir más conocimientos para generar más valor en sí mismo. Este es un beneficio que se debería explotar para que los jóvenes vean este régimen como una oportunidad de aprendizaje y al mismo tiempo que no sea por un largo periodo.

Rodrigo Jordan E.

Pilar Pérez Garay dijo...

Como sabemos las remuneraciones tienen una importancia estratégica que ayuda al crecimiento y cumplimiento de objetivos de la empresa por parte de los trabajadores, en el nuevo régimen laboral juvenil esta remuneración se ve afectada.

La remuneración total tiene 3 componentes, la remuneración básica, los incentivos salariales y los beneficios. El componente más afectado por el nuevo régimen laboral sería el de los beneficios (remuneración indirecta), ya que se reducen las vacaciones en 50% a comparación del régimen general, siendo 15 días de vacaciones al año, además de no recibir gratificaciones ni CTS.

Si bien las empresas no están obligadas a cumplir con más beneficios ofrecidos por el nuevo régimen, estas pueden otorgar beneficios en los contratos de trabajo como una estrategia de motivación para conseguir personas competitivas en la empresa y aumentar el nivel de eficiencia.

Unknown dijo...

Este nuevo régimen laboral juvenil evidentemente reduce los costos laborales ya que a comparación con el régimen general, estos jóvenes van a contar con menos días de vacaciones,No contarán con CTS,ni con gratificaciones. Por lo tanto el costo de las remuneraciónes van a disminuir y probablemente muchas empresas empiecen a contratar a una mayor cantidad de personas aprovechando esta disminución.
En mi caso, yo estoy de acuerdo con esta nueva ley, ya que va a dar la oportunidad de trabajar formalmente y sin explotaciones a muchos jóvenes que Hasta la actualidad no lo hacían, ellos se sentirán más a gusto con sus trabajos y esta ley será un incentivo para que trabajen con un mayor compromiso y eficientemente. Por otro lado se tiene el conocimiento que esta ley no es obligatoria y pienso que las grandes empresas de prestigio probablemente no hagan uso de esta nueva ley ya que tienen otras maneras de beneficiar a todos sus trabajadores sin excepción de edades, también es importante el hecho de que estas empresas tienen que capacitar a sus trabajadores por lo tanto no creo que sea una disminución notable del costo laboral ya que estas capacitaciones también tienen un costo.

SANDRA MENDOZA CÁMAC

Anónimo dijo...

Con la nueva ley del régimen laboral juvenil, se ha provocado una gran controversia entre los jóvenes afectados, y esto es debido a falta de investigación por ellos mismos.

Por mi parte, encuentro al nuevo régimen como algo positivo ya que a pesar de no gozar con las primas u otros beneficios, ahora los jóvenes podrán gozar del seguro integral de salud de manera gratuita y no solo eso, sino que también serán libres de escoger recibir capacitación o no, lo cual les ahorraría mucho tiempo sin contar el dinero que usualmente les descontarían para empezar un nuevo empleo.

Bien es cierto que lo anterior incomodará a muchos, pero la verdad es que ahora las leyes están cambiando de tal manera que el peruano empiece a dejar de lado la informalidad y empiece a trabajar según las leyes dispuestas por el Estado y recibir a su vez los beneficios brindados.

Freddie Alvarez Cadillo

Anónimo dijo...

El Nuevo Régimen Laboral, en mi opinión, va a reducir las tasas de desempleo juvenil que tiene actualmente nuestro país, también mejorará la economía, debido a la reducción de gastos. Como se menciona en el artículo, han estado habiendo problemas por la promulgación de esta nueva ley y es debido a la falta de información sobre estos cambios. Por otro lado, las empresas se van a beneficiar también debido a la mano de obra más barata por la contratación de gente joven, aparte de ciertos beneficios que han excluido, por lo que existe también un ahorro económico importante.
Para concluir, pienso también que la falta de ciertos beneficios excluidos van a empezar a generar conflictos internos, relacionados a la motivación, ya que se van a sentir explotados por la mano de obra barata.

Christian Giha