lunes, 12 de enero de 2015

Relaciones Laborales

NUEVO RÉGIMEN LABORAL JUVENIL

Fuente. www.elcomercio.pe

El nuevo régimen laboral juvenil, que busca reducir el desempleo y la informalidad que afecta con mayor crudeza a los jóvenes de entre 18 y 24 años -de acuerdo con el ministro de Economía y Finanzas,Alonso Segura-, su creación ha despertado la indignación de muchos sectores que consideran que desprotege laboralmente a este sector de la población. 
Pese a que, como toda norma, es perfectible, muchas de las críticas que han llovido sobre la norma laboral muestran desconocimiento sobre algunos puntos de la Ley 30288, que vale la pena aclarar para que el debate se centre en si reducir los costos laborales es suficiente incentivo para efectivamente combatir la informalidad y el desempleo.
 
Pero, antes que nada, es importante aclarar que el régimen no es obligatorio y que dentro de la negociación entre el trabajador y el empleador se puede determinar que este último goce de más beneficios. 

1. Se despedirá a mayores de 25 años para contratar a jóvenes

El artículo 22 de la norma prohíbe expresamente el despido de trabajadores para que sean sustituidos, en el mismo puesto y funciones, por jóvenes contratados bajo el nuevo régimen laboral juvenil.

El incumplimiento del empleador de esta prohibición es considerado como falta muy grave en materia de relaciones laborales, por lo cual, cualquier trabajador que sufra un despido por este motivo puede presentar su denuncia ante el Ministerio de Trabajo, por teléfono (al 315-6000) o en su página web. El empleador que se encuentre culpable de esta falta recibirá una sanción de S/.76.000.
Asimismo, se especifica que una empresa solo podrá tener bajo el régimen laboral juvenil como máximo al 25% de su planilla.

2. Los jóvenes no tienen ningún beneficio laboral
Aunque la norma, efectivamente, determina que los jóvenes de entre 18 y 24 años que acepten incorporarse a una empresa bajo el nuevo régimen laboral juvenil no puedan recibir CTS ni gratificaciones y solo cuenten con 15 días de vacaciones al año, no es cierto que no tengan ningún beneficio laboral y, por lo tanto, no tengan ningún incentivo para dejar la informalidad.

A diferencia de lo que sucede en el sector informal, los que ingresen al nuevo régimen tendrán acceso a un seguro de salud (Essalud), a un sistema de pensiones y tendrán derecho al pago de horas extra, a un descanso semanal obligatorio y en los días feriados.

Asimismo, se especifica que en caso de despido injustificado recibirá una indemnización equivalente al sueldo de 20 días. Aunque esta es menor a los 45 días que se pagan en el régimen general, representa una cierta protección contra este tipo de abusos.

3. Es un régimen más abusivo que los vigentes
Como muestra el cuadro elaborado por el área laboral del Estudio Miranda & Amado, el régimen laboral juvenil es bastante similar a los que se crearon para la microempresa y los trabajadores agrarios, e incluso en algunos casos, como las indemnizaciones por despido, las condiciones son mejores.


4. Se les quitará beneficios a los jóvenes que están trabajando actualmente

La Ley 30288 determina que el nuevo régimen laboral juvenil solo podrá aplicarse a aquellos jóvenes de entre 18 y 24 años que estén desempleados, es decir, que nunca hayan estado en una planilla o que hayan pasado más de 90 días desocupados.

Además, se especifica en el artículo 3 que este régimen no se aplica a los jóvenes que ya tengan un contrato bajo las reglas de juego del régimen general, quienes conservarán los beneficios que estipula su contrato. Asimismo, señala que tampoco se aplica a los jóvenes que estén contratados bajo el régimen general que cesen con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley y que sean contratados por la misma empresa.

5. Las empresas no los capacitarán si no les apetece

En el artículo 19 de la norma se especifica que es una obligación de las empresas capacitar a los jóvenes para el trabajo, de modo que se incremente su productividad y empleabilidad.

Para hacerlo, pueden aprovechar los beneficios tributarios que ofrece el Gobierno en el artículo 20, que le permite a las empresas dejar de pagar impuestos por cada sol que inviertan en capacitar a los jóvenes bajo el régimen laboral juvenil hasta por el equivalente al 2% de la planilla, es decir, de su gasto total en pago de personal.

Este es uno de los aspectos más importantes de la ley, pues asegura que los jóvenes, una vez dentro del mercado formal, adquieran habilidades que le permitan conseguir un empleo con mayores beneficios dentro del régimen general.

Asimismo, el empleador deberá exigir a los jóvenes que no hayan terminado la secundaria que regresen a las aulas antes de que se cumplan dos meses desde la contratación.

22 comentarios:

Anónimo dijo...

“El régimen no es obligatorio y dentro de la negociación entre el trabajador y el empleador se puede determinar que este último goce de más beneficios”.

Para las empresas grandes que buscan buenos empleados y que intentan mantener un buen clima laboral, esta dará más beneficios que el mínimo que dicta la ley, como siempre ha pasado; sin embargo, estas empresas grandes no son el problema de la informalidad en el Perú. El problema se encuentra en las pequeñas empresas, y en este país, si la empresa no está obligada a pagar más por el trabajador, probablemente no lo haga. Hay más oferta de trabajadores que demanda, y en muchos casos estos aceptarán el sueldo básico con tal de obtener el trabajo.

1. Se despedirá a mayores de 25 años para contratar a jóvenes.

Si en algún momento la empresa se plantea el contrato de un joven para reducir siquiera un poco sus costos, y esta necesita el despido de un trabajador, buscará la forma y el momento idóneo para hacerlo sin ponerse en evidencia. Esta ley probablemente no afecte en gran medida a los trabajadores mayores de 25 años que ya laboran en la empresa, pero si la empresa quiere, maneras hay.

2. Los jóvenes no tienen ningún beneficio laboral

Si bien quedan algunos beneficios básicos, como el seguro de salud, el derecho de pago de horas extra (que muy pocas veces se da en la mayoría de empresas), y “un sistema de pensiones” por no decir que han dejado la AFP que personalmente me parece un robo, han quitado la CTS, las gratificaciones y han reducido las vacaciones así como la indemnización en caso de despido.

3. Es un régimen más abusivo que los vigentes

Las microempresas de por sí son muy pequeñas y tienen otras obligaciones. Acá la diferencia de beneficios se encuentra en el régimen de contrataciones de jóvenes en las PYMES, el cual sí es más abusivo que el que había anteriormente. El problema del empleo informal es otro y la reducción de los beneficios no va a solucionarlo.
El 75% del empleo informal, se da en el sector informal. Reducir los beneficios laborales de los jóvenes entre 18 y 24 años, no va a formalizar la empresa. Y en el caso de ese 25% de empresas que son formales y cuentan con empleo informal, probablemente cuando contraten a estos jóvenes no van cambiar su sistema ni empezar a pagarles seguros o los pocos beneficios que tengan. ¿Cuál es el incentivo? No digo que no haya empresas que lo hagan, pero pienso que el cambio no va a reducir en gran medida el empleo informal, y más va a perjudicar a los jóvenes que busquen empleo.

Rodrigo Campodónico

Anónimo dijo...

Se puede analizar que el nuevo régimen laboral juvenil tiene beneficios para cierto tipo de sector en este caso el "empresarial",pero por otra parte una gran desventaja para el sector juvenil ya que en este no cuenta con algunos beneficios como el de las gratificaciones y reducción de vacaciones.Por otro lado,el caso que despidan a jóvenes mayores de 25 años de edad es algo que podría estar en contra del sector empresarial ya que este personal contribuye con cierto tipo de conocimientos que carece el nuevo joven que reemplazaría ese puesto de trabajo.Desde mi punto de vista deben de reformar algunos aspectos del nuevo régimen laboral juvenil para que no se desarrolle cualquier tipo de problemas en el ámbito laboral.

Andres Peña Urbina

Anónimo dijo...

El fin es hacer crecer el mercado formal dándoles beneficios a los trabajadores y empleadores; es dirigida a jóvenes entre 18 y 24 años, para desaparecer el desempleo y la informalidad. Cabe recalcar que es voluntaria, solo pueden acogerse las empresas que no deban multas al Ministerio de trabajo, y pueden tener como máximo el 25% de su planilla bajo este régimen.
El trabajador entre 18 y 24 años ahora tendrá los beneficios que antes no porque en el mercado informal no existen, y luego de dos meses de prueba estará en planilla, tendrá seguro social y de salud, las horas extras, el salario mínimo y 15 días de vacaciones, estarán contratados por un año como mínimo y máximo tres, luego pasaran al régimen general.
A comparación del régimen general, no tendrán CTS, ni gratificaciones y 15 días menos de vacaciones. Esto produciría que el nuevo régimen sea más barato que el otro, y perjudicaría gravemente la demanda laboral de las personas mayores a 25 años. También ocasionara que muchas empresas se aprovechen para tener costos más bajos opten por la nueva ley; sin embargo, es una grave falta acompañada de una multa de S/. 76,000, si se despide a una persona con el régimen general para contratar a otra con el régimen juvenil, pero si el estado no supervisa ni fiscaliza de manera correcta y contundente, habrán muchos problemas y abusos.
Los empleadores evidentemente preferirían contratar a jóvenes bajo este régimen, por el costo y porque al capacitarlos tendrán beneficios tributarios como dejar de pagar impuestos. Cabe recalcar que el costo de estos trabajadores es mucho menor porque son muy improductivos, falta de experiencia, poca educación, etc.; por ello esta ley obliga a capacitarlos. Sin embargo, no es mejor que el gobierno enfatice más en la educación y que salgan del colegio especializados o tendiendo una carrera técnica, lo que incrementaría su productividad y por ende el valor de sus servicios.
Esta ley es discriminatoria en edad de los trabajadores, pero no a los empleadores. Desde la empresa más pequeña a la más grande pueden acogerse a la ley, muchas empresas grandes que pueden pagar el salario normal ahora preferirán pasarse al nuevo régimen
Otro punto es que ya se han realizado dos leyes en el periodo de gobierno de Alejandro Toledo y Alan García con el mismo fin de desaparecer la informalidad, y no han funcionado.

Anghelo Marmolejo

Anónimo dijo...


En mi opinión aunque es entendible la preocupación del gobierno por el incremento de desempleo en el país no me parece que las medidas tomadas para evitar esto hayan sido las más eficaces para resolver dicho asunto. La nueva norma fue creada para lograr reducir los costos laborales y de este modo evitar el trabajo informal. Sin embargo se ha dejado atrás algunos derechos importantes que tenían los contratados formalmente. Si bien esta ley no necesariamente es obligatoria en las empresas de escasos recursos se podrá utilizar como manera de establecer un mínimo suficiente que deben cumplir. Dejando en desventaja a los trabajadores dentro del rango de 18 a 24 años quienes trabajan por necesidad y como bien ha sido aclarado al haber un incremento en el desempleo a comparación a los previos años alguna otra persona estará dispuesta a tomar el puesto por obtener ese mínimo de salario por necesidad. Es por esto que vale aclarar que esta ley si bien no está dejando en desventaja a los trabajadores más buscados por empresas grandes quienes buscan tener a la fuerza laboral más eficiente y preparada disponible en el mercado al resto de los trabajadores entre 18 y 14 años si los coloca en una peor posición. Fue temida la idea de que puedan llegar a despedir a mayores de 25 años para contratar a jóvenes pero en realidad este tema no es necesariamente tan alarmante ya que probablemente los mayores de 25 años no compitan por el trabajo que compiten los trabajadores entre 18 y 24 años. Esto es porque probablemente los trabajadores de 25 años tengan una mayor experiencia mientras que los de 18 a 24 estén empezando a ganarla y por esto están en distintas categorías. Además en el caso que serían iguales dejarían de contratar a los de 25 porque pueden contratar a alguien de uno o dos años menos por un menor precio. Es injusto en todo sentido que les corten a los jóvenes beneficios laborales que reciben otros empleados de las empresas tan solo por la edad que tienen sin medir necesariamente cuanto trabajan. Por otro lado es importante ver con qué tipo de regímenes se compara a la hora de ver los tipos de indemnizaciones por despido. Puesto a que no nos podemos guiar por microempresas que trabajan de manera más independientes que las grandes empresas. Si bien no se les quitara beneficios a los jóvenes que están trabajando actualmente si se les quitara a los que están desempleados en el momento y buscan trabajar por ningún motivo valido, solo por la edad que tienen. En esta ley los que salen más beneficiados son los empresarios quienes podrán obtener el mismo servicio que recibían previamente por un menor costo. En mi opinión no es justo discriminar a los jóvenes por tener una cierta edad. No me parece justo que les corten derechos por estar en un rango de años puesto a que esto no está necesariamente vinculado con el rendimiento de estos jóvenes.
Maria Alejandra Altet

Anónimo dijo...

Para tener un panorama claro de la situación debemos partir de la premisa de que este nuevo régimen laboral juvenil ha sido creado principalmente para combatir la informalidad y el desempleo, ambos son problemas que afronta nuestra sociedad desde hace un buen tiempo , pero nada nos puede asegurar que esta ley funcione , es más si lo analizamos más profundamente , puede que se susciten nuevos problemas en las organizaciones dada esta nueva ley , que más adelante detallaré , pero viendo la ley del lado del gobierno , es todo color rosa , se busca que las empresas informales con bajos recursos puedan incorporarse a la formalidad dado los nuevos “bajos costos “ de lado del empleador , además que puedan capacitar a sus trabajadores para así tener beneficios tributarios y así reducir los altos índices de informalidad y desempleo , pero ¿es así la realidad? ¿Es tan simple como eso? Para mí , la respuesta es no , como vemos en la publicación del blog , hay una parte que dice : “El artículo 22 de la norma prohíbe expresamente el despido de trabajadores para que sean sustituidos, en el mismo puesto y funciones, por jóvenes contratados bajo el nuevo régimen laboral juvenil” Si señores , lo prohíbe pero en la realidad dudo mucho que suceda así , es más , para mí , esto podría suscitar problemas de hostigamiento laboral , que por cierto es un as bajo la manga de los MALOS empleadores.
Entre esta y otras cosas si vemos de manera un poco más general el asunto podemos observar que con este nuevo régimen los costos laborales de los empleadores pasan de 50% a 15% aproximadamente y, además, hay una reducción en su carga tributaria , pienso que con esta nuevo régimen los empleadores ganan sí o sí y los jóvenes … eso está por verse , pero ¿habrán intereses creados por el sector privado ? ¿ El señor presidente estará acomodando sus fichas para el 2016 ? aun no lo sabemos , lo cierto es que cada dia vemos marchas llenas de protestas y violencia , esa no es la solución , estoy en contra de cualquier manifestación violenta , hay que ser un poco más inteligentes y sentarnos a hablar , esta ley sin duda pone muchos jóvenes en una situación incómoda , hace poco escuche las declaraciones del presidente diciendo “Demos el beneficio de la duda “ dada toda esta coyuntura socio-económica del país no es justo que nos pongan en esta incertidumbre , pero nada justifica la violencia.


Luigi Barrientos Mackthon

Anónimo dijo...

El régimen debe ser mejor planteado, considero que no se les puede quitar las gratificaciones y CTS a los jóvenes, lo cual puede ser un poco discriminante. En todo caso como es un régimen para fomentar la formalidad del trabajo y los más afectados serian los empleadores de las micro y pequeñas empresas, se debe plantear que en ese caso la gratificación y la CTS se paguen aunque sea un monto menor, y de esa forma no les afecte tanto a los empleadores. Por otro lado me parece radical las manifestaciones realizadas por los jóvenes para la derogación de este régimen, pienso que la mayoría de estos jóvenes están siendo mal asesorado o se les debe haber mal informado sobre este régimen, no cabe duda que la violencia no suma nada. Se debe informar en mejor manera a todo sobre el régimen y plantear una pacifica solución porque no es un régimen del cual las grandes empresas abusen.
Luis Quintanilla

Sebastian Alvarado dijo...

En mi opinión, el nuevo régimen laboral juvenil busca reducir los costos por parte
de los empresarios al no darle CTS ni gratificaciones a los jóvenes entre 18 y 24
años de edad, además de reducir sus vacaciones anuales a 15 días. También se
podría decir que no es rentable otorgar esos beneficios a los jóvenes ya que no
tienen mucha experiencia en el mercado, y que por lo tanto solo se le debe de dar
el sueldo acordado y nada más.
Al cambiarle el esquema a los jóvenes diciendoles que no tienen esos beneficios,
puede crear mala armonía en el trabajo, disminuyendo la motivación que tenían
antes los jóvenes al esperar recibir ese “plus” de dinero. se concepto de
motivación del personal es bien importante, por eso creo que varias empresas no
contratarían bajo ese nuevo régimen laboral hasta que se pula para ser mejor
planteada y encontrar un punto de equilibrio entre el trabajador y el empresario
para que así ambos estén conformes.
Aún así, este nuevo régimen laboral es difícil de aceptar para los jóvenes que son
padres de familia ya que le estás quitando liquidez al hogar y por eso es la queja
de gran parte de ellos.
Por otro lado, todos los empresarios informales al ver que no les cuesta mucho
dinero pasarse a la formalidad, se van a animar a contratar al personal bajo ese
nuevo régimen laboral.
l tema de las capacitaciones es bueno, ya que los jóvenes le pueden sacar
provecho para así aprender y cuando tengan otra entrevista de trabajo les pueda
servir como refuerzo.
n cuanto al tema de discriminación, en mi punto de vista no creo que se esté
discriminando a la población más joven al aplicar la ley a ese rango de edad, ya
que estas personas son las que tienen menos experiencia laboral (o ninguna), por
eso cuando estén fuera del rango al cual se aplica la ley, ya van a poder recibir los
demás beneficios laborales porque esas personas van a tener más conocimiento
lo cual también es positivo para la empresa que contrata y sí estarían de acuerdo
en otorgar los demás beneficios laborales.


Sebastián Alvarado

Anónimo dijo...

En mi opinión, la idea de crear el régimen laboral juvenil tuvo como principal propósito reducir el trabajo informal y beneficiar a los sectores bajos que al no tener una educación completa se encuentran en desventaja para obtener buenos puestos de trabajo, por lo que debían conformarse con trabajos informales. Ahora con la nueva ley, se les beneficia ya que por el mismo trabajo que han estado realizando tendrán la posibilidad de acceder a mayores beneficios, tales como seguro social, reconocimiento de horas extras entre otros.

El problema a mi parecer es quien va a controlar el cumplimiento de la ley, si el ministerio de trabajo no cuenta con la infraestructura, personal suficiente para controlar a las empresas constantemente, lo que podría terminar en una ley más de todas las que se dictan, cuya efectividad se diluye por falta de cumplimiento, fiscalización. Quien va a controlar por ejemplo, que no se despidan a mayores de 25 para reemplazarlos por jóvenes bajo el régimen juvenil. Quien va a controlar que se le den las capacitaciones adecuadas a los jóvenes. No lo considero discriminante, al contrario, creo que el régimen está enfocado principalmente en dar una nueva oportunidad a jóvenes que antes no tenía posibilidades de estar en planilla.

Con respecto al rango de edades al que aplica la ley (18-24 años) no es discriminatorio porque los jóvenes a esta edad en su mayoría todavía no cuentan con experiencia laboral, mediante vayan adquiriendo mayor conocimiento podrán ir accediendo a mayores beneficios.

Nicole Chirinos
20120332

Anónimo dijo...

La ley 30288 se enfoca básicamente en disminuir el costo de contratar a un trabajador joven de 18-24 años de edad con escasa empleabilidad, quienes podrán tener acceso al mercado laboral y a la protección social.

Tratan de promover el empleo a los jóvenes sin experiencia laboral, con o sin estudios completos, el poder estar en planilla e indemnización por despido arbitrario. Cabe resaltar que esta nueva ley es de carácter opcional, es decir, una alternativa más de contrato de trabajo para la empresa; sin embargo, existe una gran posibilidad de que las empresas dejen de usar el Régimen General por esta nueva ley. Además está la duda de que ¿las empresas no despedirán a antiguos trabajadores para contratar a jóvenes? En mi opinión, no tendría sentido, dado a que no sería rentable reemplazar a alguien con experiencia con alguien que no la tiene, así mismo la sanción no sería favorable para la empresa.

No obstante, esta nueva ley ha originado una cierta polémica en algunos sectores, debido a las desventajas como la reducción de número de días de vacaciones al año, el no contar con CTS, gratificaciones, ni utilidades, las cuales considero discriminatorias junto con el rango de edad, dado a que algunos dentro de esa edad puede que tengan la experiencia suficiente para el puesto y esta reducción de beneficios laborales seria injusta porque todos los trabajadores deben contar con los mismos derechos, de la misma forma existen personas que superan el rango de edad actualmente están desempleadas.

El principal problema de la empleabilidad es la educación, la poca capacitación de las personas que originan una baja productividad; es por ello que las empresas deben capacitar a los nuevos para que tengan un mejor desenvolvimiento. Por último, esta nueva ley, a pesar de generar una forma de estabilidad para que los jóvenes adquieran experiencia mínima, debe ser corregida.

Andrea Montoya
20110816

Anónimo dijo...

Voy a analizar las 3 perspectivas que están involucradas: El estado, el empleador y los jóvenes que quieren trabajar.

El estado al promulgar la ley desea promover la formalización de los jóvenes en el mercado laboral.Ya que con el régimen general hay mucha informalidad, saca una nueva ley para los jóvenes y así éstos sean formales pero a la vez dándoles pros y contras para éstos como la protección para cuando cumplen 25 años no sean renovados por un trabajador más joven, y quitánndoles el CTS y gratificación para que sea más atractivo para los empleadores a que formalicen a su gente joven.

Desde las eprspectiva de los empleadores todo es a ganar ya que principalmente tendrán que pagarle menos a sus trabajdores jóvenes y al instruirlos (gatándo plata que tal vez iban a gastar igualmente, osea se la ahorran)compensan con una disminución tributaria.

Desde las perspectiva de los jóvenes que desean trabajar, si bien están más protegidos al ser legales ya que pertenecen a Essalud y pueden hacer valer sus derechos antes los despidos y vacaciones de 15 días, ellos aprecian más los beneficios económicos y es por eso que se generan huelgas casi cada 15 días.

Ahora aplicando los conocimientos del curso daré mi comentario:
Yo creo que la ley nace con muy buenas intenciones de querer apoyar a formalizar a los jóbvenes y que los empleadores sean responsables con sus trabajadores jóvenes y no los exploten o evadan impuestos.
Según lo aprendido en clase hay dos principios constitucionales que se están contraponiendo quer son la igualdad de oportunidades sin discriminación(ya que por ser jóvenes no deberían separarlos de la lay general)y el principio de carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la constitución y la ley(que nos dice que se debe acatar el reglamento), acá habría un problema pero yo creo que la clave está en que la primacía de la realidad de que los jóvenes en nuestro país deben ser formalizados y tratados de la manera correspondiente para los empleadores que suelen no reconocerle derechos. Ahora si tendrán protección contra el despido y Essalud principalmente que antes tal vez ni gozaban porque eran informales y solo les importaba la cantidad de dinero.

Walter Alonso Luna LLamosas

Anónimo dijo...

Si bien esta ley lo que busca es reducir el desempleo y la informalidad pueden darse puntos a favor como también puntos en contra. Para comenzar no creo que sea una ley discriminatoria, porque según las estadísticas entre este rango de edad de 18 a 24 años la informalidad y el desempleo es mayor, lo que se busca es formalizar a estos jóvenes y que el estado esté enterado están laborando bajo este régimen y así no existan despidos arbitrarios. Pero pueden haber casos en que a estos jóvenes les convengan acogerse a trabajos informales ya que estos les puede brindar más beneficios como mayores salarios, más vacaciones, gratificaciones en donde hay un acuerdo entre el empleado y el empleador pero que no está formalizado. Y sobre el tema que se despidan a los mayores de 25 años para contratar a jóvenes bajo este régimen lo veo poco probable si es que el estado hace un buen seguimiento y se fiscaliza de manera adecuada que no hayan despidos injustificados, además que a las empresas no les convendrá despedir a su gente más experimentada para contratar a más jóvenes. Aunque si se trata de querer reducir costos a como dé lugar, la empresa puede buscar “maneras” de despedir. Sobre los beneficios laborales yo pienso que al menos debería incluirse la CTS, porque como el nombre lo dice es una “compensación” por el tiempo laborado y serviría de sustento al menos por un breve tiempo en caso de ser despedido o finalizado el contrato, se puede decir que por este lado si es discriminatorio. En conclusión yo creo que lo que se debe reforzar es la educación, porque esta ley no beneficia a la gran mayoría de los jóvenes, muchos de ellos ya son padres y son el sustento de su familia y una ley como ésta afectaría sus ingresos. El único argumento del estado es que ahora el trabajo será formal, pero eso no garantiza que tengan una mejor calidad de vida.
Guillermo León

Anónimo dijo...

El nuevo régimen laboral tiene como finalidad reducir la informalidad y el desempleo. No considero que sea discriminatoria por la edad porque este régimen laboral va dirigida a la mayoría de jóvenes de los sectores informales que nunca han tenido un empleo o que tienen poca experiencia laboral es decir que se encuentran entre las edades de 18 a 24 años por lo general. En el caso de los practicantes se encuentren en ese rango de edad para ellos existe el Régimen Laboral de Practicantes que también tiene sus pro y contras. Desde el punto de vista de algunos empresarios que están deacuerdo con esta ley se puede resaltar la preocupación que tienen ellos por saber qué pueden ofrecer los jóvenes que nunca en su vida han trabajado, qué pueden aportar a su empresa si tienen muy poca experiencia o no la tienen pero que aun así buscan tener todos los beneficios y utilidades. Al no ser un régimen obligatorio, las empresas tienen la opción de contratar al 25% de la planilla por esta modalidad tampoco pueden despedir a un trabajador para reemplazarlo por otro bajo este régimen por que se consideraría como una falta grave. Si bien la Ley aplica a un sector de jóvenes que trabajan en total informalidad y que jamás han recibido ningún tipo de beneficio como CTS, seguro de salud, gratificación ni vacaciones por ser informales y que en algunos casos trabajan hasta 12 horas sin ningún contrato de por medio, nada garantiza que los empleadores cumplan con la ley. Al legalizar el régimen no se acabará con la informalidad total pero los empleadores que capaciten a sus trabajadores, según el Estado se les reducirá el pagos de impuestos lo que permitirá que los trabajadores por intermedio de la capacitación se vuelvan más eficaces, mejoren sus habilidades, aporten más a la empresa, tener un certificado de trabajo y poder conseguir un mejor empleo en el futuro dentro del Régimen General de Trabajadores.


Eliana Ticlla

Anónimo dijo...

En mi opinión la ley laboral juvenil en teoria es una muy buena propuesta ya que busca combatir la informalidad y el desempleo en un sector etario cuyo índice de desempleo rodeo el 18%;sin embargo, digo en teoria pues seria necesario luego de aplicarla revisar si realmente cumplió su cometido, finalmente como usted señala como toda norma es perfectible.Existen una serie de críticas a esta ley una de ellas es que es anticonstitucional pues señalan que es discriminatoria, es necesario recordar que existe jurisprudencia con respecto a este tema tanto el regimen especial agrario, el de CAS y el de las mypes y en los tres casos se declararon constitucionales, el TC ha señalado que no hay discriminación al establecer regímenes especiales. Las demás críticas como los despidos a mayores de 25 para contratar a jóvenes bajo este régimen, el recorte de beneficios a jóvenes que se encuentran trabajando actualmente o el que sea un régimen más abusivo que los vigentes carece de fundamento. Yo creo que si se ejecuta de la manera correcta tanto los jóvenes como los empresarios se verán beneficiados, pero es necesario fiscalizar el cumplimiento de esta para evitar atropellos en contra de los jóvenes. Carmen Paucar Pilares

Anónimo dijo...

Este nuevo régimen laboral no solo implica una violación a nuestros derechos constitucionales, ya que separan a las personas por edad (18 a 24 años) bajo la excusa de que disminuirá la informalidad en el país con esta ley. La informalidad no solo está en el sector juvenil sino, más bien, en todos los sectores de la sociedad. No puedo negar que la intención del Estado es buena ya que busca promover un mayor empleo de los jóvenes, pero le pone muchos límites a un sector que busca igualdad ante todos. Las empresas van a querer aprovechar esta nueva ley para disminuir sus costos operativos aunque solo puedan tener bajo esta régimen al 25% de sus trabajadores y a pesar de eso buscarán reducirlo más manteniendo la informalidad camuflada como siempre lo han hecho; adicionalmente será bien complicado que una empresa quiera contratar a un joven que este en ese rango de edad en un régimen laboral normal. Además no es justo que pierdan sus beneficios como la CTS o gratificaciones y que sigan recibiendo el sueldo mínimo como remuneración mensual (no creo que las empresas quieran pagar más de esa cantidad a los jóvenes) ya que personas que solo tengan 25 en adelante recibirán todos los beneficios sin excepción, sin mencionar que los jóvenes tendremos menos tiempo de descanso por haber trabajado el mismo tiempo que una persona de 25 años. Todos tenemos derecho a recibir lo mismo sin distinción.

Miguel Ayala

Anónimo dijo...

Con respecto a la nueva Ley del Nuevo Régimen Laboral Juvenil, considero que trata dos temas importantes que son la reducción de los sobrecostos para así flexibilizar la contratación laboral de jóvenes de 18 -24 años y estimular la capacitación de de los mismos mediante una serie de exoneraciones tributarias.

En mi opinión, esta ley sí va a ser beneficiosa para los jóvenes de dichas edades a los que les es muy difícil conseguir un empleo porque no han tenido la posibilidad de realizar estudios superiores por falta de recursos y, además, debido a la gran oferta de egresados de universidades e institutos.

Por otro lado, aparte del desempleo, la nueva ley también intenta atacar la problemática de la informalidad que se vive en nuestro país (3 de cada 4 jóvenes son trabajadores informales)*. Para estos trabajadores informales lograr obtener beneficios sociales como seguro de salud, vacaciones (50%), indemnización por despido, entre otros, los ayudará económica y psicológicamente porque son muy pocas las veces que se pueden sentir protegidos por el Estado.

Sin embargo, es necesario que el ente encargado de fiscalizar y controlar el cumplimiento de la ley y, sobretodo, el Estado tomen las medidas necesarias para que los puntos que son explicados en el artículo y son los que más preocupan a las personas que han salido a protestar a las calles no se lleguen a cometer.

*Fuente: inei.gob.pe

Gonzalo Gil Piedra
20120551

Anónimo dijo...

Realizaré un análisis en base a mi opinión por cada uno de los puntos planteado:

1)Se despedirá a mayores de 25 años para contratar a jóvenes

Si bien se plantea que no se despedirán trabajadores para contratar jóvenes, nada impide que la empresa pueda realizar prácticas discriminatorias indirectas o de hostigamiento para finalmente cansar al trabajador y hacer que se retire de la empresa; estoy puede suceder en caso que se necesiten puestos con un perfil juvenil.

2)Los jóvenes no tienen ningún beneficio laboral

Por un lado es cierto que no se han retirado del todo los beneficios laborales a los jóvenes de 18 a 24 años, pero por otro lado el simple hecho que hayan retirado 2 beneficios importantes como la CTS y las gratificaciones del año representan un golpe a la dignidad del jóven como persona que quiere ingresar al mercado laboral, pues ni el acceso al seguro de salud (EsSalud) ni el pago de las horas extra o el descanso semana (dicho sea de paso también lo tiene cualquier régimen laboral que respete al trabajador) son suficiente para suplir esas 2 carencias.

3) Es un régimen más abusivo que los vigentes

Es complicado comparar los diferente regimenes laborales, pues cada uno de ellos ya sea de una MYPE o del régimen agrario tienen sus propias estructuras organizacionales que hace difícil la comparación, en dicho caso una pequeña empresa tiene que solventar con otros gastos y que además su rentabilidad no es comparable con el de una empresa grande que contrata jóvenes por lo que no hay coherencia que en la segunda se abstenga de pagar beneficios laborales por un nuevo régimen laboral que supuestamente beneficie a los jóvenes. En base a eso el beneficio parece ir más para el lado de las grandes empresas que se ahorrarán costos en esos beneficios laborales.

4) Se les quitará beneficios a los jóvenes que están trabajando actualmente

En este punto estoy de acuerdo con lo que dicta la ley 30288, pues es importante que no se desconozca los contratos previamente acordados entre empresa y trabajador.

5)Las empresas no los capacitarán si no les apetece

Este punto me parece el más importante pues refleja el interés por ampliar la experiencia de los jóvenes en el mercado laboral y además las empresas se verán motivadas para hacerlo pues dicho mecanismo les aligerará la carga del pago de los impuestos, además de reducirlos.

Anthony Allan Rojas Ricasca

Unknown dijo...

Definitivamente pienso que es un tipo de discriminación indirecta y bastante cautelosa ,pues se apoya en eliminar la informalidad a través de una fuerte reducción de beneficios en casi mas del 50% . Si bien es cierto, habrá mas trabajo, pero el fin no va dirigido a los jóvenes sino a las empresas. Esta es una realidad que no se hace notar en la ley.
Y que pasa con los jóvenes entre 18 - 24 años que tienen carga familiar??, tampoco tendrán asignación familiar,a pesar del gran porcentaje de padres jóvenes. Es decir, van a recibir menos Cuando necesitan más.
En diferentes industrias o sectores donde requieren mano de obra no calificada, van a preferir contratar estos jóvenes para reducir sus costos.

De esta forma estaría afectando a quienes no cumplen con el rango de edad, porque?, debido a que el grupo de jóvenes de 18 a 24 años sera mucho mas competitivo por precio. Tampoco es viable invertir en capacitación pues son solo labores operativas, como los call center.
En el caso de los call center se tiende a contratar personas de todas las edades. Pero ahora, preferirán no requerir personas que estén fuera del rango, a pesar de que exista un limite de porcentaje en su planilla con dicha ley. En 3 años no bastará para que puedan supervisar todas las empresas existentes en el Peru. Ni la contraloría, ni el gobiernos llegaran a todas las empresas, o simplemente buscaran otro motivo para despedir a las personas que estén en el régimen general.


Por otro lado, si recordamos la ley que se quiso promulgar sobre los trabajadores independientes y el aporte obligatorio a las AFP'S ,y le sumamos este nuevo régimen es facil darse cuenta que los que "nunca pierden" son ellos.
Y si nos basamos en los derechos constitucionales individuales, al establecer un rango de edad se esta discriminando ,y esta ley tiene menos peso que la constitución. Entonces, por prioridad debería respetarse la igualdad de oportunidades sin discriminación y el carácter irrenunciables a los derechos .
En conclusión, la ley afectara a quienes están en planilla a medida que los contratos no se renueven o se produzcan despidos.

Rita Rojas Malasquez

Anónimo dijo...

Si bien es algo positivo que el Estado tome medidas gravitantes para combatir con la informalidad laboral, considero que esta nueva ley no es un camino del todo adecuado pues en mi opinión volverá al trabajador joven menos competitivo. Tomando un ejemplo, supongamos que una empresa que está suscrita a este nuevo régimen contrata a un trabajador cuya edad es de 22 años y lo pone a trabajar en un área en donde hay otro trabajador que cumple las mismas funciones pero tiene 30 años. Ambos realizan las mismas funciones y tienen rendimientos semejantes, sin embargo uno tendrá más beneficios que el otro por el simple hecho de la edad. Esto no es sinónimo de discriminación, pero si es una desventaja en materia de competitividad ya que el beneficio alcanzado no será equitativo.

Por más que este régimen no sea obligatorio, muchas empresas utilizaran esta ley como forma de reducir sus costos, y ahora el otorgar beneficios sociales a los jóvenes en lugar de ser un aspecto de carácter obligatorio será una forma para que las empresas con mayor poder económico tengan ofertas aún más atractivas de trabajo.
Diego Solano

Anónimo dijo...

Claramente se ve como es discriminatorio respecto a la edad de aplicación, y que además presente beneficios para las empresas, restando beneficios a los jóvenes si es que los comparamos con las antiguas leyes.
en conclusión no se entiende el porque de la rapidez del gobierno en lanzar esta ley a la cual le faltan muchos ajustes y una mayor promoción en los distintos medios de comunicación.

MARCOS SEGOVIA ANCULLE

Anónimo dijo...

Claramente se ve como es discriminatorio respecto a la edad de aplicación, agrupando a los jóvenes menores de 24 y permitiendo de esta manera que aparentemente puedan competir con los jóvenes mayores de 24 que son mas empleables, cabe recordar que este grupo posee una tasa de 18% de desempleo, sin embargo el estado olvida que las habilidades y talentos no dependen de la edad, ya que un joven de 20 puede realizar labores iguales a las de un joven de 28 y ello indica simplemente el uso de ciertas habilidades inherentes en las personas; además presente beneficios para las empresas respecto a si se acogen a esta nueva ley o no, restando beneficios a los jóvenes si es que los comparamos con las antiguas leyes donde reconocían beneficios sociales.

En conclusión no se entiende el porque de la rapidez del gobierno en lanzar esta ley a la cual le faltan muchos ajustes y una mayor promoción en los distintos medios de comunicación.

MARCOS SEGOVIA ANCULLE

Anónimo dijo...

Antes que nada me gustraría agradecerle por el blog, el cual me parece que está bastante sólido en cuanto a las fuentes de información y los puntos de vista. Me muy bien que usen estas plataformas como método de enseñanza y en especial discutir algo tan controversial hoy en día como es la que llaman la Ley Pulpin.
Me parece que antes que nada, se debería hacer un estudio cuantitativo de los efectos que el Nuevo Régimen Laboral Juvenil produciría en cuanto a materia económica, es decir, una proyección de cuanto realmente ayudaría a la economía que es muy cierto está en plena desaceleración. Si lo efectos económicos resultados de esta proyección son extremadamente positivos como por ejemplo decir que la economía va a volver a al ritmo de 8% en un año, yo estaría de acuerdo con esta nueva ley porque es un sacrificio a largo plazo. Sin embargo, no creo que sea así en absoluto.
Yo creo que esta es una ley impulsada por el gobierno de manera apurada para tratar impulsar como sea la economía, obviamente el presidente sin tener una base de conocimiento económico sólido y dejarse llevar por sus asesores quienes, al fin y al cabo son empleados de los que manejan el país como les da la gana. Y ese impulso de la economía no sería algo que los jevenes van a ver ni en corto ni en largo plazo.
Respecto al punto que dice que este nuevo régimen no es obligatorio y que los jóvenes pueden negociar con sus empleadores si les pagan cts y gratificaciones tengo que decir lo siguiente: un joven de 18, 19, 20, 21 y hasta 22 tiene muy poca fuerza de negociación frente a su empleador. Las empresas buscan bajar sus costos como sea, y si tienen una oportunidad en frente no van a ser tan “pulpines” de no aprovecharla. Solo muy pocos jóvenes que realmente son buenos van a tener esa capacidad para defender sus precios y negociar cual es el sueldo que desean.
Por otro lado, cuando se dice que las empresas van a ser multadas si es que despiden a trabajadores para traer a jóvenes, me parece algo difícil. Para esto el trabajador tendría que reclamar, lo cual no se va a ver muy bien entre todas las demás empresas que quieran contratarlo, por lo que eso va a ser algo difícil. Además, el simple hecho que te hayan botado para poner a alguien de 20 años es algo que podría dejar a mucha gente en ridículo y no van a querer hacer escándalo por eso.
Por último, lo de la capacitación me parece algo fantástico, si es que se da realmente una buena capacitación, porque dejar de pagar el 2% de toda la planilla es una reducción de costos bastante interesante.
Vamos a ver que pasa al final de este capitulo de la famosa ley “pulpin”.

Aldo Rossi

Unknown dijo...

El Regimen como dice al principio no es obligatorio y puede llegarse a un acuerdo entre el empleado y el empleador pero como se puede apreciar en el Pais a muchas empresas le combiene este regimen para poder pagarles menos ya que no se les va a pagar CTS, NI GRATIFICACIONES y encima han reducido las vacacionesa 15 dias. Muchas empresas para poder entrar a este nuevo regimen pueden despedir personas que esten bajo la modalidad de contrato por periodo de practica o si son jovenes ponerlos a este nuevo regimen que parece que les combiene en su totalidad. Encima las empresas van a capacitas si quieren eso no deberia ser una opcion si no una obligacion para con los empleados para que asi puedan tenere mayor conocimiento del campo de trabajo y poder rendir mejor en el dia a dia y poder escalar puestos. En conclusion este regimen no favorece casi nada que digamos a los jovenes de 18 a 24 años que van a entrar a trabajar a empresas que en su mayoria van a poner en practica este regimen y van a poder ahorrar mucho dinero

Fortunato Junco Bellido
20110609